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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a flormar
    -
    Top 100
    #5340
    15/07/16 08:35

    Es lo mismo, pero si ahora piden su renovación parece obvio que no lo habían alzado

  2. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5339
    15/07/16 00:03

    perdona ,pero yo pense que era lo mismo alzar un embargo que cancelarlo

  3. en respuesta a flormar
    -
    Top 100
    #5338
    14/07/16 23:57

    Ese embargo no estaba Cancelado

  4. #5337
    14/07/16 23:26

    Hola Tristan ,hace un par de años me subastaron dos propiedades ,dicha subasta quedo desierta y el banco no se adjudico los bienes ,en ese momento solcite el alzamiento de embargo de las mismas ,hoy he recibido una notificacion de mi procuradora en la cual el banco solicita ante la caducidad de la anotacion de embargo de mis propiedades una prorroga de las mismas ¿esto es posible ?.
    Yo pensaba que un embargo cancelado no se podia prorrogar .
    A la espera de tu ayuda ,Gracias

  5. en respuesta a Kapandji
    -
    #5336
    03/07/16 11:26

    De nada; aparte de personarse con abogado y procurador, puedes enviar los escritos por correo (administrativo, certificado) o, si lo hablas con el juzgado, por fax o email. Ellos te lo enviarán por correo certificado.
    Saludos,

  6. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5335
    03/07/16 11:18

    hola jotaerre,
    gracias por responder.
    el bien si esta cerca, y podría investigar, pero como obtener los decretos de adjudicación y demás de un juzgado sin poder ir a ese juzgado?.
    un saludo

  7. en respuesta a Kapandji
    -
    #5334
    03/07/16 11:08

    Buenos días, Kapandji, parecidos problemas judiciales a si fuera de la misma provincia; en estos casos la diferencia es si tienes cerca el bien para poder investigar "in situ".
    Saludos,

  8. #5333
    03/07/16 09:59

    hola a todos,
    alguno podría indicarme los problemas a los que me podría enfrentar cuando el juzgado que saca un bien a subasta esta en otra lejana provincia distinta al bien subastados (como conseguir los distintos decretos, etc..)
    gracias

  9. #5332
    01/07/16 23:06

    http://www.fidefundacion.es/agenda/La-nueva-subasta-judicial-Luces-y-sombras_ae402935.html

    Doña Natalia va a hablar de "las bondades y las carencias"...

  10. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5330
    01/07/16 19:44

    Perdón!

  11. en respuesta a Homer69
    -
    #5329
    01/07/16 19:31

    ¿Z?

  12. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5328
    01/07/16 12:17

    Y

  13. en respuesta a Lugan
    -
    Top 100
    #5327
    29/06/16 12:43

    Claro que puedo, Lugan, pero asesorar, así en general, sobre las subastas judiciales, es algo demasiado amplio como para hacerlo en unas pocas líneas. Sin embargo, no habría ningún inconveniente en hacerlo a través de alguna de las consultorías que ofrezco en Subastanomics. Por ejemplo la que yo llamo "Hello, Tristán" , que consiste en una videoconferencia o llamada telafónica sin límite de tiempo.

    Solo por esa vía podría ocuparme de algo así.

  14. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5326
    28/06/16 23:35

    y suponiendo que mi cliente no siga ese consejo ¿me puedes ayudar a asesorarle?. Gracias.

  15. en respuesta a Lugan
    -
    Top 100
    #5325
    28/06/16 20:07

    Ufff, Lugan, ¿asesorarle para participar en subastas? Yo creo que el mejor consejo que le podrías dar es que no se meta en estos berenjenales. No es broma, que aquí los errores se pagan a cien mil el kilo.

  16. #5324
    28/06/16 17:53

    Hola Tristán, soy un letrado de Madrid, que me ha encargado un cliente conseguirle en Madrid acceso a subastas de bienes muebles: me podrías indicar como asesorar bien a mi cliente para participar en subastas de bienes muebles en Madrid. Muchas gracias.

  17. en respuesta a Alberto2010
    -
    #5323
    Anónimo 162119
    28/06/16 15:10

    Herencia ab intestato, viene en el código civil. Lo que se haga depende de la comunidad autónoma, pero si es verdad que no hay herederos, creo que si se comunicaba al Estado la existencia de esta herencia sin herederos, hay derecho a un % de la herencia, no me acuerdo si 5 o 10

  18. en respuesta a Alberto2010
    -
    #5322
    28/06/16 15:07

    Hola, Alberto, pues el sobrante queda en el Juzgado, a disposición de quien tenga derecho a embargarlo (por IBIs atrasados, por ejemplo), y hasta pasar a la cuenta correspondiente.
    Y sí puede aparecer un heredero, claro, pero sin perjuicio para el adjudicatario (salvo mala fé).
    Saludos,

  19. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5321
    28/06/16 13:26

    Pregunta al foro:

    Sale a subasta una vivienda por deudas de la comunidad de vecinos.
    Acreedor = comunidad de vecinos.

    Último propietario falleció hace años y no se han hallado herederos.

    Si en la subasta hay sobrante, para quien seria?

    Puede aparecer un heredero una vez finalizada la subasta?

    Saludos

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