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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a mfmelo
    -
    #4640
    06/02/16 07:26

    Y tan de oficio a esas horas un sábado... Que no dormís??? O es que volvéis de fiesta??? Cebeda cambia de abogado!!! Si no te gastas las pelas en nuestro caballo ganador (Jotaerre), primero, las probabilidades son menores y segundo que nos quedamos sin la historia bien explicada. Ahora en serio, procura que tu abogado te informe de todo bien y te envíe todos los escritos, es una manera muy justa y limpia de trabajar.

  2. en respuesta a Jotaerre
    -
    #4639
    06/02/16 06:30

    Pues Alopezcalle tenía razón, ha actuado de oficio.
    Saludos.

  3. en respuesta a alopezcalle
    -
    #4637
    06/02/16 06:11

    ;D "De oficio", muy bueno ;D
    Hombre, puedo confirmar que no fue una tercería de dominio, pues ésta sirve para levantar el embargo cuando aún no ha habido adjudicación.
    Dicho lo cual, la decisión sobre la tercería tampoco tiene fuerza de cosa juzgada, así que puede plantearse una demanda como la que tratamos.
    Sobre la viabilidad o no de recurrir, no puedo pronunciarme, más que por no conocer todo el pleito, porque Cebeda ya tiene su abogado.
    Saludos,

  4. en respuesta a alopezcalle
    -
    #4636
    06/02/16 01:12

    Yo si lo de la literatura deja dinero, pues dime cuando empiezo, pero si no deja dinero, yo soy muy cortito de vista y sólo pienso en el dinero. Ya lo decía Don Francisco de Quevedo y que bonitos versos:

    PODEROSO CABALLERO ES DON DINERO

    Madre, yo al oro me humillo,
    Él es mi amante y mi amado,
    Pues de puro enamorado
    Anda continuo amarillo.
    Que pues doblón o sencillo
    Hace todo cuanto quiero,
    Poderoso caballero
    Es don Dinero.

    Nace en las Indias honrado,
    Donde el mundo le acompaña;
    Viene a morir en España,
    Y es en Génova enterrado.
    Y pues quien le trae al lado
    Es hermoso, aunque sea fiero,
    Poderoso caballero
    Es don Dinero.

    Son sus padres principales,
    Y es de nobles descendiente,
    Porque en las venas de Oriente
    Todas las sangres son Reales.
    Y pues es quien hace iguales
    Al rico y al pordiosero,
    Poderoso caballero
    Es don Dinero.

    ¿A quién no le maravilla
    Ver en su gloria, sin tasa,
    Que es lo más ruin de su casa
    Doña Blanca de Castilla?
    Mas pues que su fuerza humilla
    Al cobarde y al guerrero,
    Poderoso caballero
    Es don Dinero.

    Es tanta su majestad,
    Aunque son sus duelos hartos,
    Que aun con estar hecho cuartos
    No pierde su calidad.
    Pero pues da autoridad
    Al gañán y al jornalero,
    Poderoso caballero
    Es don Dinero.

    Más valen en cualquier tierra
    (Mirad si es harto sagaz)
    Sus escudos en la paz
    Que rodelas en la guerra.
    Pues al natural destierra
    Y hace propio al forastero,
    Poderoso caballero
    Es don Dinero.
    Pues Don Francisco murió en la mas absoluta miseria y si a ese fenómeno le paso eso, imaginate a mi.
    Saludos y gracias por tu piropo.

  5. en respuesta a Cebeda
    -
    #4635
    06/02/16 00:18

    Esperaremos el dictamen de Jotaerre si es que se decide a actuar de oficio.

  6. en respuesta a mfmelo
    -
    #4634
    06/02/16 00:15

    Primero decirte que me lo paso estupendamente con tus comentarios y anécdotas, igual debieras ir pensando en dedicarte a la literatura cuando te canses de las subastas.
    Respecto al asunto que nos ocupa he visto que ahora en alguna certificación registral el registrador hacer constar que no existe ninguna petición de información notarial sobre la finca. Eso debiera garantizar por lo menos desde que los notarios se comunican telemáticamente con el registro que no existen compraventas sin registrar. Igual por mayor seguridad sería conveniente a la hora de pedir la nota simple, pedir también expresamente que se haga constar la circunstancia de si se ha pedido o no información notarial en algún momento, lo que podría despertar nuestras sospechas de que se ha podido producir transmisión no registrada.
    Gracias y un saludo.

  7. en respuesta a mfmelo
    -
    #4633
    05/02/16 23:58

    Gracias por tu respuesta mfmelo.
    Anteriormente no comenté que, entre otras cuestiones, el Juez dice en la sentencia que cambia la carga de la prueba y que me corresponde a mi demostrar que actué de buena fe (aunque en la demanda nadie dice que actué sin buena fe).
    De otra parte, creo que la tercería de dominio tiene un tiempo concreto para ser presentada y que una vez dictado auto de adjudicacion y tomada posesión ya no se puede plantear la terceria de dominio. Igual me equivoco, pero creo que es así.
    Bueno ahora la cuestión es recurrir o no a la Audiencia Provincial y ver que posibilidades tengo de conseguir algo.
    Gracias por su ayuda. Saludos,

  8. en respuesta a Cebeda
    -
    #4632
    05/02/16 22:24

    Ese temor de lo que te ha ocurrido a ti lo tenemos todos los subasteros a diario, incluso despues de haber vendido la propiedad, aunque ya la cosa se complica porque intervienen los llamados "terceros de buena fe" como si tú, tanto si eres el acreedor, como si eres su basteror no actuaras de buena fe. La inscripción en los RP, no son obligatorias, por lo que puedo ir a un notario hacer unas escrituras de compra-venta y guardarlas en el cajón, así tengo algunas propiedades y pago los recibos de IBI a nombre de los antiguos propietarios, aunque ya se puede ir haciendo menos esto, ya que la informática ha evolucionado mucho.
    Lo que te ha ocurrido se llama tercería de dominio y es una auténtica putada, encima condenandote en costas, me imagino que todo estaba bien documentado, pero aún asi te quedas como un tonto y aunque parezca una broma, te preguntas por donde está el tren que te ha atropellado, pero no es una broma.
    A veces te planteas por estas cosas el seguir en las subastas o no, ya que te la estas jugando continuamente y lo hacemos como un negocio y vamos tirando porque nuestros aciertos superan a nuestros errores y fracasos, no porque no tengamos pícias.
    Es una película de terror lo que te ha pasado y en verdad he de decirte si te sirve de consuelo, que no me gustaría haber estado en tu situación.
    Lo mejor ha estado en la alta consideración en que te tiene Su señoría del juzgado que te ha condenado: es que actuaste de buena fe. ¿porque no menciona que para que tú puedieras actuar, tanto de mala, como de buena fe, fueron necesarias las colaboraciones de otra Señoría Iluminada y de un RP?. Ellos también son actores necesarios en toda la trama y drama, ya que te dieron además la posesión y te permitieron la inscripción en RP, lo bueno hubiera sido que te dijeran que encima actuaste de "muy mala fe", pero el menda no se para a valorar a sus "compis".
    Recibe un cordial saludo.

  9. #4631
    05/02/16 20:59

    Muy buenas blogueros,
    El 3 de febrero de 2013 bajo el título "Dudas parte actora" Tristán me facilitó la primera respuesta sobre mi consulta, a la que siguieron otras de distintos participantes en este blog. Por resumir el caso os puedo indicar que se trata de una adjudicacion de piso en subasta, pues solo yo asistí a la susbasta y lo hacia como parte actora, pues ningún subastero acudió. El Juzgado emitió 15 meses después el correspondiente auto de adjudicación y varios meses despues se realizó la toma de posesión, sin incidentes, pues el piso estaba vacio. Pues bien, una vez el piso inscrito en el registro de la propiedad y con las llaves en mi bolsillo, aparece un señor diciendo que el piso es suyo, que posee escritura de propiedad y que la misma, no sabe el motivo, esta sin inscribir en el registro, reclamándome le devuelva el piso, al no acceder planteó demanda en Juzgado de 1ª Instancia de la ciudad castellana donde esta ubicada la vivienda.
    Ha salido la sentencia, que es contraria a mis intereses e incluso me condena en costas. Como mas reseñable (sin duda la sentencia tendrá otros aspectos también importantes) aunque reconoce como valida la adquisición "non domino" indica que yo no he actuado de buena fe, pues existió otro embargo anterior, sobre otra propiedad, que fue levantado al presentar su autentico propietario con su escritura, que por error del Registro de la Propiedad, aunque anotaron la hipoteca no así el cambio de nombre y la finca quedó a nombre de la constructora. Nada que ver con mi caso en el cual el propietario por motivos desconocidos no inscribió el piso que compraba (tampoco tiene inscrita su vivienda habitual un piso de mas de 200 metros en el centro de la ciudad) y ahora viene lo mejor, dice el Juez en la sentencia que aunque la mala fe no fue planteada por la demandante él de oficio tiene que analizar este aspecto y que aprecia mala fe, de la que yo lógicamente no puedo defenderme, pues es un tema no planteado en la demanda, ya

  10. en respuesta a Pecks
    -
    #4630
    04/02/16 14:02

    Muchas gracias lo tendré en cuenta! Vaya expertos de la informática por aquí

  11. en respuesta a tonigs
    -
    #4629
    04/02/16 13:16

    También te recomiendo el Firefox. El navegador más completo y seguro que hay. Además de que lo puedes configurar como quieras con las múltiples extensiones que existen.
    Lo llevo usando desde sus inicios, que vienen del antaño Netscape y su rivalidad con el Explorer. En los últimos años ha cogido mucha popularidad el Google Chrome pero si quieres algo fiable y seguro el Mozilla Firefox.
    Y con los certificados es tal como te han dicho. Instala los que quieras, que cuando navegando necesites uno, Firefox te lo solicitará y debes escoger uno de los instalados.
    Saludos.

  12. en respuesta a tonigs
    -
    #4628
    03/02/16 16:55

    Recuerda, Tonigs, que el Mozilla tiene su propio almacén de certificados (no usa el normalizado del SO).
    Un saludo.

  13. en respuesta a mfmelo
    -
    #4627
    03/02/16 16:28

    Buenas tardes mfmelo,

    Muchas gracias esta tarde trastearé un rato con el mozilla firefox.

    Muchas gracias

  14. en respuesta a tonigs
    -
    #4626
    03/02/16 16:17

    Los certificados están todos en el mismo sitio y sólo hay que introducirlos una vez, luego cuando te conectas y te hace falta, te saldrá la pantalla con un desplegable para que escojas el que quieras.
    sino sabes como hacerlo pregunta, que de certificados y sus problemas estoy bien harto, pero una vez los has puesto donde deben estár se acabaron los problemas.
    Saludos.

  15. en respuesta a mfmelo
    -
    #4625
    03/02/16 16:16

    Nada de extras, que la cosa está muy ajustada. Lo convenido es el remate tal cual y así será, Dios mediante.
    ¡Gracias Mfmelo!

  16. en respuesta a chustazo
    -
    #4624
    03/02/16 16:12

    Si es lo habitual, hazlo a través de transferencia bancaria para que quede constancia y ellos luego van contigo al juzgado y te ceden el remate, sin problemas. La mayoría de las veces hay que dar una gratificación "extra" y esa se paga al contado.
    Saludos.

  17. en respuesta a tonigs
    -
    #4623
    03/02/16 16:09

    Yo tengo en el mismo ordenador tres certificados y escojo en cada momento el que me interesa.
    Para estos menesteres el mejor navegador que hay es el mozila firefox, ya que no se basan sus alamcenes de certificados en el sistema operativo.. Utiliza este navegador si tienes problemas con los certificados, si hay que aclararte algo sobre este navegador, te lo aclaro, es muy sencillo, una vez que lo conoces y para mi, el mas completo y yo tengo instalados 5 navegadorees.
    Saludos.

  18. en respuesta a Jotaerre
    -
    #4622
    03/02/16 16:04

    Con un Chustazo hay bastante.
    Si te la adjudicas por una carga posterior si tienes problemas, carga anterior no problemo.
    He de decir que jamás me he preocupado por ello y nunca me ha sucedido nada.
    Saludos.

  19. en respuesta a chustazo
    -
    #4621
    03/02/16 15:46

    El 647.3 LEC sólo obliga a documentar el pago, así que sí, si es lo que exige el banco.

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