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Participaciones del usuario Rucko

Rucko 11/04/26 16:46
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
En ese caso no hay bloqueo de minusvalias. 
Rucko 11/04/26 16:00
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Tendrás que ver los movimientos para determinar qué pérdidas están bloqueadas, si la venta fue en 2026 liberará las pérdidas cautivas en 2026, no antes. 
Rucko 11/04/26 15:53
Ha respondido al tema Venta de piso AYUDA
No tiene nada que ver eso. Hay otro problema. Prueba a rellenarlo entrando y saliendo a ver si aparece. A mí el simulador me ha hecho cosas raras y también desaparecía. 
Rucko 11/04/26 13:51
Ha respondido al tema ¿Transferencias periódicas a hija Erasmus son consideradas donaciones? - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Sin olvidar el 39.3 de la Constitucion. 
Rucko 11/04/26 08:42
Ha respondido al tema Venta de piso AYUDA
Lo diste de alta en los bienes inmuebles?
Rucko 11/04/26 08:28
Ha respondido al tema Alquiler siendo inquilino
A nivel estatal no. La otra parte depende de la comunidad y tu situación. 
Rucko 11/04/26 08:25
Ha respondido al tema Venta de piso AYUDA
Confirma que has rellenado 1824 y 1825. 
Rucko 11/04/26 01:27
Ha respondido al tema Venta de piso AYUDA
Rucko 11/04/26 00:30
Ha respondido al tema Deducción por hipoteca anterior a 2013 no se aplica por defecto y mensaje de aviso
Es doctrina del TEAC, es de obligado cumplimiento para Hacienda. No es una sentencia de un tribunal ordinario. Preocupación 0. 
Rucko 10/04/26 23:30
Ha respondido al tema ¿Transferencias periódicas a hija Erasmus son consideradas donaciones? - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Cómo te han dicho, solo son bulos malintencionados. Código Civil:Artículo 142.Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto. en cuanto no estén cubiertos de otro modo.Artículo 143.Están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente:Los cónyuges.Los ascendientes y descendientes.Los hermanos sólo se deben los auxilios necesarios para la vida cuando los necesiten por cualquier causa que no sea imputable al alimentista, y se extenderán en su caso a los que precisen para su educación.