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Participaciones del usuario franjgr - Fondos

franjgr 09/01/22 16:47
Ha respondido al tema ¿Cuál es vuestro porcentaje de rentabilidad en los últimos 12 meses?
He tenido que mirar los conceptos porque no estaba familiarizado con ellos, TWR.Mi porcentaje de RV en realidad es superior, me refería a que tengo sólo un 35% invertido en fondos de inversión de renta variable en exclusiva, pero los fondos de inversión mixtos añaden también más renta variable a la cartera que no cuento dentro de ese 35%.Según el X-Ray, estoy por encima del 42% de RV.
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franjgr 09/01/22 12:15
Ha respondido al tema ¿Cuál es vuestro porcentaje de rentabilidad en los últimos 12 meses?
Veo a la gente con rentabilidades superiores como si tal cosa y yo con mi rentabilidad del 13,07% en 2021 siento vértigo. Sí, vértigo porque ha sido el año en que he obtenido mejores rentabilidades desde que invierto en fondos de inversión, pero también porque mi perfil es bastante moderado, intento mantener siempre los fondos de renta variable, exclusivamente, por debajo del 35% de la cartera.Tanto vértigo siento que con el cambio de año he redistribuido algunos fondos para bajar la exposición a renta variable.Para mí un gran año.
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franjgr 21/12/21 13:09
Ha respondido al tema Subsidio y 52 años e incapacidad permanente requisitos pension
Lo primero de todo, perdón por tardar en responder, pero no disponía de toda la información con un mínimo de seguridad, ahora ya he confirmado los aspectos en los que tenía dudas.Veo difícil que se conceda una incapacidad permanente total en este caso cuando no existe una profesión habitual desde hace 14 años. Este modelo de incapacidad es limitativo sólo para algunas profesiones habituales, que la persona ha dejado de poder realizar.Pero, en caso de que lograra que se la concedieran, existe otra cuestión, debe elegir entre cobrar la incapacidad o el subsidio, ya que son incompatibles con el subsidio las pensiones de seguridad social que no fueran compatibles con un trabajo (aquí no ha habido trabajo con el que compatibilizar esa pensión). En caso de optar por cobrar la pensión, tampoco le vale con trabajar un día y compatibilizarlo con la pensión para volver al subsidio, porque la pensión de incapacidad permanente consume las cotizaciones, por lo que pasaría a tener 0 días cotizados para la jubilación y debería cotizar 15 años de nuevo para poder acceder al subsidio de mayores de 52 años.
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franjgr 19/10/21 12:18
Ha respondido al tema Pensión Compensatoria y ayuda a mayores de 52 años.
El plazo para hacer esta declaración de rentas lleva hasta 15 días después de la fecha de pago del recibo no pagado, así que está en plazo.Pida cita para el SEPE para solucionarlo, haga una presolicitud  escogiendo la opción "declaración de rentas para mayores 52 años" o, si tiene cl@ve o certificado digital, solicitelo a través de la oficina electrónica de la web del SEPE.El mes que viene deberían pagarle doble si lo hace en este plazo
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franjgr 10/10/21 22:37
Ha respondido al tema Pensión Compensatoria y ayuda a mayores de 52 años.
El SEPE paga entre el 10 y el 15. Mire a ver si tiene mañana el dinero en el banco.Es el banco quien lo adelanta y puede cambiar de día o dejar de adelantarlo sin previo aviso.En caso de no tenerlo en el banco mañana pida cita para el SEPE porque algo ha pasado.
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franjgr 14/07/21 10:54
Ha respondido al tema Opiniones sobreRenta 4 Banco
Tiene sus cosas negativas como en todos los bancos, pero en líneas generales estoy contento, más ahora que han incorporado fondos hispanos al integrar a BNP.Si solo tienes fondos de inversión en la cuenta no pagas comisiones más allá de las del propio fondo. Respecto a esto hay algún fondo (pocos) con comisión de custodia a pagar por el cliente y no por el patrimonio del fondo, pero se esquivan sin demasiado problema.Lo poco que he tratado con atención al cliente me han solucionado los problemas, así que también estoy contento en ese punto.
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franjgr 11/05/21 23:06
Ha respondido al tema Pensión Compensatoria y ayuda a mayores de 52 años.
El paro y el subsidio de mayores de 52 años tienen el mismo requisito, no alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Por lo tanto si le cortan el paro a los 65 es porque alcanza la edad ordinaria de jubilación sino se sigue cobrando el paro, y por lo tanto no se puede cobrar tampoco el subsidio.También, uno de los requisitos para acceder al subsidio es agotar el paro y hacer un mes de espera, si el paro no se ha agotado, no se cumple el requisito de acceso al subsidio.En lo que pregunta, la pensión compensatoria no es problema porque no alcanza los 712,50 euros mensuales pero, efectivamente debe declararse mientras un juez no declare la existencia del impago.Y en cuanto al IRPF, lo de dos pagadores es referido únicamente a ingresos de trabajo. La pensión compensatoria no es un ingreso de trabajo. Tendría un único pagador.
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