#20881
#20882
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20883
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20884
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20885
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20886
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Anajere, de verdad no te hagas historias raras porque tengas el 4 y el 3 no, no siempre tiene que llevar un orden la conclusión de los puntos, el 4 va por otro camino distinto como han dicho los compañeros es administrativo, no es ni mejor ni peor, simplemente que los que te tienen que concluir el 3 llevarán más retraso. Suerte
#20887
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20888
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20889
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20890
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
En mi opinión yo esperaria al menos a que concluya el punto 2 que significa que la inspección médica ha hecho informe y se lo ha pasado al EVi. Cómo ha dicho None dales unos días todavía. Un saludo
#20891
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si, he leído varias resoluciónes que habéis colgado por aquí y tienen un formato algo diferente que las que nos llegan a nosotros.
También para la discapacidad el sitio donde entregas la solicitud y está el tribunal médico se llama centro base y creo que allí recibe otro nombre. Es la vida.
También para la discapacidad el sitio donde entregas la solicitud y está el tribunal médico se llama centro base y creo que allí recibe otro nombre. Es la vida.
#20892
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20893
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20894
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#20895
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Sobre si eres demandante es fácil, si te has ido al SEPE y te has apuntado estás, si no inicialmente no se activa solo cuando dejas de trabajar, desconozco si actualmente puedes hacerlo telemática mente, pero vamos necesitas la típica cartilla para renovar cada 6 meses.
Sobre el IRPF hasta donde yo se una vez que obtienes el 33% de minusvalia o más pasas a tener retenciones 0. Va más ligado a la Minusvalia que a la discapacidad si lo he entendido bien.
En hacienda los que mejor saben este tema son el departamento de gestión (los que se dedican a hacer la declaración de la renta) porque hay departamentos que no tocan estos temas y si les preguntas a ellos pueden estar más perdidos que tú. Si puedes pide que te atiendan en el departamento de gestión.
Sobre el IRPF hasta donde yo se una vez que obtienes el 33% de minusvalia o más pasas a tener retenciones 0. Va más ligado a la Minusvalia que a la discapacidad si lo he entendido bien.
En hacienda los que mejor saben este tema son el departamento de gestión (los que se dedican a hacer la declaración de la renta) porque hay departamentos que no tocan estos temas y si les preguntas a ellos pueden estar más perdidos que tú. Si puedes pide que te atiendan en el departamento de gestión.