#19216
#19217
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19218
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Punto 1, en teoría la empresa no está obligada a cotizar por ti a partir de los 18 meses, en mi caso cotizaron hasta que me aprobaron la IPT, pasaron casi 22 meses, a partir de ahí la SS. rellena los meses hasta tu jubilación con las llamadas lagunas de cotización, creo que ahora son unos 1280€.
Punto 2, efectivamente cuando llegue tu edad de jubilación ordinaria, cobraras el 100%, de tu base reguladora, pero esta será un poco más baja, ya que las lagunas son más bajas, dependiendo los años que te queden para jubilarte , a grandes rasgos si vas a estar muchos años con la IP, hasta que te jubiles, pues seguramente te quedará menos de pensión de jubilación, que de IP, te darán a elegir cual prefieres cuando llegue tu edad.
Pd. Si te conceden la absoluta, todo lo anterior no vale para nada, siempre va a resultar más beneficiosa la pensión de incapacidad, será el 100%, de tu base reguladora que tienes ahora.
Punto 3, si te dan el alta, los meses que no haya cotizado la empresa por ti , se quedarán como están con las lagunas de cotización, pero en ese momento ya la empresa empezará a cotizar por ti otra vez.
Punto 2, efectivamente cuando llegue tu edad de jubilación ordinaria, cobraras el 100%, de tu base reguladora, pero esta será un poco más baja, ya que las lagunas son más bajas, dependiendo los años que te queden para jubilarte , a grandes rasgos si vas a estar muchos años con la IP, hasta que te jubiles, pues seguramente te quedará menos de pensión de jubilación, que de IP, te darán a elegir cual prefieres cuando llegue tu edad.
Pd. Si te conceden la absoluta, todo lo anterior no vale para nada, siempre va a resultar más beneficiosa la pensión de incapacidad, será el 100%, de tu base reguladora que tienes ahora.
Punto 3, si te dan el alta, los meses que no haya cotizado la empresa por ti , se quedarán como están con las lagunas de cotización, pero en ese momento ya la empresa empezará a cotizar por ti otra vez.
#19219
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19220
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19221
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19222
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19223
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Gracias, mas dudas.
1- La ss rellena las lagunas de cotizacion? es decir, tengo 59 años, y a los 18 meses me dan la IP. La ss rellena algo de cotizacion? entiendo que no. no? se queda con lo que ha rellenado la empresa, es asi?
2- Pero es que entiendo que todo el tiempo que he estado con la IP ya no se ha cotizado por mi, asi que tiene sentido que mi jubilacion ya sea mas baja. no? Si me conceden la absoluta, ademas, no se paga impuestos, no?
3- Te refieres al caso en que hayan pasado los 18 meses, y la empresa no cotice por mi hasta qye por ejemplo a los 24 meses, me den de alta, es asi?
1- La ss rellena las lagunas de cotizacion? es decir, tengo 59 años, y a los 18 meses me dan la IP. La ss rellena algo de cotizacion? entiendo que no. no? se queda con lo que ha rellenado la empresa, es asi?
2- Pero es que entiendo que todo el tiempo que he estado con la IP ya no se ha cotizado por mi, asi que tiene sentido que mi jubilacion ya sea mas baja. no? Si me conceden la absoluta, ademas, no se paga impuestos, no?
3- Te refieres al caso en que hayan pasado los 18 meses, y la empresa no cotice por mi hasta qye por ejemplo a los 24 meses, me den de alta, es asi?
#19224
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Marineta , aqui lo tienes, es algo confuso, pero te aclarara bastante...
https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/si-no-has-cotizado-algun-periodo-de-tu-vida-el-mecanismo-de-integracion-de-lagunas-es-tu-salvavidas.html
Los años que estas de IP, sin trabajar, cotizas 0 patatero, solo que al final, en edad de jubilacion o cuando tu pidas jubilarte es cuando la seguridad social te hara un simulacro y te rellenara esas lagunas con la base minima que este en ese momento, actualmente esta en 1200 y pico, pero solo en ese momento te las insertaran para hacer el calculo de tu pension por jubilacion.
Y importante hay un tope , para los hombres 48 meses de lagunas al 100% de esa base minima y para las mujeres algo mas...(por el tema de la brecha de genero), y a partir de ahi un numero mas limitado de meses al 50%, ya lo escribi anteriormente, pero mirate el enlace , que seguramente lo explique mejor..
https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/si-no-has-cotizado-algun-periodo-de-tu-vida-el-mecanismo-de-integracion-de-lagunas-es-tu-salvavidas.html
Los años que estas de IP, sin trabajar, cotizas 0 patatero, solo que al final, en edad de jubilacion o cuando tu pidas jubilarte es cuando la seguridad social te hara un simulacro y te rellenara esas lagunas con la base minima que este en ese momento, actualmente esta en 1200 y pico, pero solo en ese momento te las insertaran para hacer el calculo de tu pension por jubilacion.
Y importante hay un tope , para los hombres 48 meses de lagunas al 100% de esa base minima y para las mujeres algo mas...(por el tema de la brecha de genero), y a partir de ahi un numero mas limitado de meses al 50%, ya lo escribi anteriormente, pero mirate el enlace , que seguramente lo explique mejor..
#19225
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19226
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
A ver por lo que recuerdo al leerte, estas en la prorroga de los seis meses después del año, no?, aunque te hayan puesto una fecha anterior a los seis meses no te preocupes, pueden llamarte antes o después de que pasen los 18 meses.
Cuando pasen los 18 meses, puede que tu empresa deje de cotizar por ti, o no, dicen que es obligatorio, pero en mi caso cotizaron hasta el final del expediente. Entonces es cuando la SS, te rellena tus cotizaciones con las lagunas.
Pd.: Y seguira cotizando igual, si te conceden la IP.
2- Pones el tiempo que he estado con la IP, supongo que te refieres a la IT. "corrigeme si me equivoco", pues si no has llegado a los 18 meses, la empresa seguirá cotizando, aunque el pago directo lo haga la mutua o la SS.
Mi consejo es que vayas paso a paso, no sé si tienes expediente de IP abierto con algún punto concluido o tienes que esperar el segundo paso del tribunal. Saludos.
Cuando pasen los 18 meses, puede que tu empresa deje de cotizar por ti, o no, dicen que es obligatorio, pero en mi caso cotizaron hasta el final del expediente. Entonces es cuando la SS, te rellena tus cotizaciones con las lagunas.
Pd.: Y seguira cotizando igual, si te conceden la IP.
2- Pones el tiempo que he estado con la IP, supongo que te refieres a la IT. "corrigeme si me equivoco", pues si no has llegado a los 18 meses, la empresa seguirá cotizando, aunque el pago directo lo haga la mutua o la SS.
Mi consejo es que vayas paso a paso, no sé si tienes expediente de IP abierto con algún punto concluido o tienes que esperar el segundo paso del tribunal. Saludos.
#19227
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19228
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#19229
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Estoy de acuerdo con todo Anlomar, hasta con lo de ir paso a pasoo,, jajaja, pero entiendo que se esta replanteando que le conviene mas , si alta o que le concedan una incapacidad, por tema economico..y yo le diria que lo primero es la salud, lo que la salud le permita.
Lo que no coincido contigo , es que las empresas tengan la obligacion de cotizar despues de los 18 meses, tu has sido un privilegiado si te lo han hecho, eso es a eleccion de la empresa pero lo normal es que no lo haga.
Y por ultimo, yo creo que las lagunas las integran en el momento de tu solicitar la pension de jubilacion, la prueba la tienes que si actualmente tienes IP y no trabajas, descargas las bases de cotizacion y no aparecen los meses de IP ... Pero indiferentemente hablamos de lo mismo , da igual cuando las integren si mes a mes, o al final cuando se pide el calculo, el caso es que las lagunas se rellenan, con un tope, pero se rellenan..
un saludo
Lo que no coincido contigo , es que las empresas tengan la obligacion de cotizar despues de los 18 meses, tu has sido un privilegiado si te lo han hecho, eso es a eleccion de la empresa pero lo normal es que no lo haga.
Y por ultimo, yo creo que las lagunas las integran en el momento de tu solicitar la pension de jubilacion, la prueba la tienes que si actualmente tienes IP y no trabajas, descargas las bases de cotizacion y no aparecen los meses de IP ... Pero indiferentemente hablamos de lo mismo , da igual cuando las integren si mes a mes, o al final cuando se pide el calculo, el caso es que las lagunas se rellenan, con un tope, pero se rellenan..
un saludo
#19230
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ok, muchas gracias. He leído tu caso y creo que te han revisado antes de la fecha (aparte de la coletilla de que "se prevé mejora que permita la reincorporación antes de 2 años") por haber empezado a trabajar. Una vez que con empiezas a cotizar pueden revisar en cualquier momento sin esperar a la fecha indicada en la resolución. Mucha suerte.