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Duda básica sobre PIAS

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Duda básica sobre PIAS
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Duda básica sobre PIAS
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#1

Duda básica sobre PIAS

He estado leyendo en qué consiste este producto pero no me queda clara una cosa: según la normativa actual, para que salga ventajoso fiscalmente es necesario que al recuperar el dinero se haga en forma de renta vitalicia, si se recupera todo de golpe no habría beneficio fiscal, vale, pero... ¿quien decide cómo es esa renta vitalicia? es decir, ¿cuanto se podría recuperar cada mes o cada año? ¿Cada entidad lo establece por contrato? ¿lo puede elegir el cliente, o cómo va?
Porque si estás 15 años aportando 500 € al mes y a la hora de recuperarlo sólo pudieras sacar 300 € al mes, parece mal negocio.

Otra duda: ahora mismo, descontando comisiones varias, cuál puede ser más o menos la rentabilidad neta típica de estos productos para un perfil de riesgo bajo?

Gracias!
#2

Re: Duda básica sobre PIAS

La renta vitalicia se calculará el día de cobro, imposible decir hoy lo que se podrá cobrar cuando toque, pues dependerá del mercado en ese momento. Si que se puede tener una idea aproximada con las condiciones de hoy en día. Ahora mismo pocos PIAS hay que sean totalmente garantizados. Y si los hay dudo mucho que la rentabilidad efectiva esté por encima del 0.2-0.3% ya que los tipos dan para lo que dan. Si mal no recuerdo el de Mapfre, es el que conozco por ser mediador, con capital garantizado y revisión de interés cada 6 meses, está sobre el 0.2% .

saludos
#3

Re: Duda básica sobre PIAS

Gracias muros. Pero aunque no se pueda saber exactamente cuánto será la renta vitalicia, supongo que habrá un criterio definido de antemano para calcularla, verdad? (similar a las hipotecas que están referidas al Euribor?). Entiendo que en su día no podrá ser decidido arbitrariamente por la entidad (o no debería...)
#4

Re: Duda básica sobre PIAS

Te puedo decir que lo último que calculé esta semana, para un capital superior a 70.000 €, era muy poco. Tambien te comento que con los actuales tipos de interés, como siga así durante mucho tiempo, la mordida de hacienda puede quedarse en un pellizquito, pues solo afecta a los intereses, nunca al capital aportado.

Saludos

#5

Re: Duda básica sobre PIAS

Hola muros,

Tengo una duda sobre parecida¿ si con 70000& era muy poco, como calculas lo que toca al mes? No si si será algo parecido a a esto: Edad de jubilación - edad de esperanza de vida ? Si es así calculo que por 70000€ te quedan 290€/mes. Realmente un esfuerzo de ahorro para llegar a 70000¿no será mejor hacerlo en fondos de inversión? Cuando llegue tú jubilación lo pones en fondos de reparto y listo y cuando hereden tus hijos o quien sea no pagaría plusvalía al heredar( plusvalía del muerto). Creo que es una solución tb muy buena y quizá más barata ya que estaría exenta de comisiones 

Un saludo 
#6

Re: Duda básica sobre PIAS

En un fondo de inversiones también tienes comisiones, mayores o menores que estos productos, pero las tienes. Es una opción, pero no todo el mundo tiene el perfil para ahorrar en fondos de inversión, hay gente que prefiere sacrificar rentabilidad y que su capital esté asegurado 100%, son diferentes maneras de ahorrar.
También te digo que hace unos 6-7 años la renta vitalicia de 70.000 € podía ser tranquilamente la actual multiplicada por 3 o por 4.

Saludos
#7

Re: Duda básica sobre PIAS

Empiezo por el final.

Jamás contrates un producto de ahorro/inversión a largo plazo buscando garantías o riesgo bajo. 
La inflación es como una termita para el ahorro y la inversión.
Con la inflación en el 2,7%, y las rentabilidades garantizadas por debajo del 1%, cada 15 años, tu dinero habrá perdido un 40,5% de poder adquisitivo.
Inflación 2,7%x15 años= -- 40,5%.
Eso es lo que ofrece la garantía a largo plazo.
Si un PIAS no consigue al menos un 8 % o 9% anual, no tendrá razón de ser.

El PIAS es la mejor opción para complementar la jubilación, y lo es porque las plusvalías quedan totalmente libres de impuestos al rescatar en forma de Renta Vitalicia. Pero lógicamente, si no conseguimos una buena rentabilidad, el ahorro fiscal no existirá.

Es importante recordar que a diferencia de otros productos de inversión, (fondos, inmuebles, etc.) las plusvalías conseguidas con un PIAS, están exentas del pago de impuestos en cualquier momento a partir del 5º año de su contratación. Sin esperar a la jubilación.
Es por lo tanto, el mejor producto para elegir cuando nos jubilamos.

Y respondiendo a la consulta de las Rentas Vitalicias, te informo sobre cómo se calculan. 

Después de alcanzar el capital que hayas decidido en tu PIAS, deberás elegir la mejor aseguradora.

Como dice @muros, actualmente las condiciones que ofrece el mercado no son muy "espléndidas", pero si hemos obtenido un buen rendimiento por la inversión, siempre rescataremos bastante más dinero del que hayamos aportado.

El cálculo se realiza dividiendo el capital acumulado, entre los años resultantes desde el momento del rescate, hasta la edad fijada por el INE (Instituto Nacional de Estadística) como Esperanza media de vida. 
Actualmente, la esperanza de vida media en España es una de las más altas del mundo. 83 años para hombre y 85 para mujeres. Como veis, aquí no se aplica la ley de paridad.

El PIAS nos permitiría constituir una renta vitalicia sin tributar por las plusvalías a los 45 años de edad. Lo que ocurre es que en ese caso, la renta para una mujer, se calcularía dividiendo el capital acumulado entre 40, que son los años que faltan hasta los 85, por lo que la cifra resultante sería bastante bajita.

En cambio, si rescatamos el PIAS a los 70, para complementar la pensión pública que ya se habrá empezado a devaluar, habremos acumulado más capital y solo dividiremos entre 15 años.

Así, con 70 años la renta vitalicia resultante de 300.000 €, supondría unos 20.000 € anuales o 1666€ mensuales.
Con 60 años y el mismo capital, la renta vitalicia sería de unos 1000€.
Y con 45 años, la renta sería de 750€.

No obstante me pongo a disposición para cualquier otra aclaración.  
 


#8

Re: Duda básica sobre PIAS

Lo de rescatar en renta vitalicia mes a mes le pasó a mi suegro con una EPSV. Después de tener ahorrados 70.000 euros, adivina como se lo Dan? 17000 euros en capital y luego 100 cada mes. Va con 2 abogados a pedir el resto porque decía ''  Yo no voy a vivir 130 años pa recuperar eso" y nada. No sé moja ningún abogado con esto.Respuesta de la oficina: bueno, lo heredarán los hijos. Jaja. ASÍ VAMOS! Cuidado que no se os esfume el dinero después de años ahorrando para rentas vitalicias. Leed bien los contratos. 
#9

Re: Duda básica sobre PIAS

Entro en la discusión, agradeciéndoos a todos lo que estoy aprendiendo sobre PIAS.
Sigo con grandes dudas sobre la renta vitalicia. Tengo entendido que hay dos opciones, entre las que se ha de elegir en el momento de recibir el PIAS, si es que eliges renta vitalicia en lugar de recibir el capital de golpe. De hecho, mi PIAS sólo contempla la renta vitalicia. 

Opción 1, recibes una renta vitalicia alta. En el caso de que mueras pronto, la aseguradora se embolsa lo que reste de la hucha: tus herederos no ven un euro de lo que queda cuando falleces. En el caso de que seas longevo, la aseguradora pierde, porque te van a acabar dando más dinero del que había en la hucha. 
Opción 2, recibes una renta vitalicia más baja, pero de lo que "sobre" de tu hucha si mueres pronto, tus herederos recibirán una parte.  

Ejemplo opción 1. Disculpad mi osadía al inventarme completamente las cifras, es a título explicativo.  Vence mi PIAS a mis 71 años con 130.000€. Impuestos ignorados para el ejemplo (son bajos, por ser yo mayor de 70). Se establece una renta vitalicia mensual de 500€. Si muero al cabo de dos años, habiendo recibidido sólo 12.000€, mis herederos pierden 118.000€ que acumulé para mi jubilación... y que ellos no verán porque se los embolsa la aseguradora. Si muero a los 95, habré recibido 144.000€: la aseguradora ha perdido porque se ha visto obligada a pagarme 14.000€ suyos.

Todas mis dudas se concentran aquí. ¿La aseguradora tiene plenas facultades para decidir cuánto y cómo me da mi dinero? No sé si es que me harán una oferta entre "tanto vitalicio si tus herederos pierden tu hucha" y "tanto menos vitalicio, si quieres que tus herederos reciban un... ¿20, 60, 80%? de tu hucha al morir tú". 

Me rechina enormemente el concepto de apostar contra una aseguradora los ahorros de una vida. Los seguros de vida, los veo... estos PIAS, algo menos. Es decir, ir pagando 300€ al año a una aseguradora (seguro de vida "de toda la vida") para que, si me atropella un tranvía esta tarde, les quede la hipoteca pagada a mis hijos, lo veo; pero dar mis ahorros a una aseguradora (pagando una buena comisión para que los inviertan, claro, ellos se remuneran más que sobradamente) para que mis hijos se queden sin nada si tengo mala suerte... Me cuesta.

He revisado con lupa las 50 páginas de mi contrato PIAS y no se indica nada sobre esto. Dicen "lo que rija en ese momento".  No sé si esto es común a cualquier PIAS o es que en el mío he firmado cosas que no convienen. Me interesa conocer lo que es comúnmente establecido en los PIAS porque estoy pensando traspasar el mío a otra entidad que me cobre menos comisiones.

Gracias por leerme y por cualquier respuesta que eche luz sobre estas dudas.

#10

Re: Duda básica sobre PIAS

En Mapfre puedes elegir, a día de hoy, varios tipos de rentas. La primera que dices tu. Cobras más pero en caso de fallecimiento prematuro pierdes el capital. Una segunda opción con consumo de capital y al fallecimiento, si sobra algo, para tus herederos (siempre va acompañado de la tabla anual de capital a cobrar) y otra opción en la que cobras los "intereses" de esa dinero y tus herederos a fallecimiento cobran el total de lo aportado en tu póliza.

Todo es hacer cuentas cuando vayas a cobrar de lo que más te interesa, porque incluso puede ser rentable para la persona pagar la parte de hacienda y quedarse con todo el dinero líquido. Nunca se sabe lo que vamos a necesitar.

Saludso
#11

Re: Duda básica sobre PIAS

Sí, no había pensado que quizá convenga recibir el capital entero a pesar de la penalización fiscal, según tus circunstancias. Cuesta proyectarse. Muchas gracias por la respuesta. 
#12

Re: Duda básica sobre PIAS

Me temo que tenéis un lío importante entre lo que es un PIAS, y una Renta Vitalicia.
Especialmente @@anna-marya (Luego te explico lo que le ocurrió a tu suegro)

La renta vitalicia (RV) no es una forma de rescate, sino un seguro de inversión diferente, que se contrata con un capital disponible, proceda de donde proceda.
Si la renta vitalicia garantizada se contrata con el dinero procedente de un PIAS, el PIAS queda totalmente exento del pago de impuestos, pero son productos diferentes que se contratan con aseguradoras diferentes.
Por eso, insisto en lo mismo de siempre. No se trata del producto que contratas, signo del asesoramiento que tienes antes y después de su contratación.

El mejor PIAS del mercado puede ser el estrategia 5 de AEGON, y la mejor renta vitalicia de hoy en día puede ser de MAPFRE o de Santa Lucía, pero ahora no importa si no la vamos a contratarla.

Será en el momento del rescate, cuando tendremos que elegir la mejor RVG, que no tiene que ser con la misma aseguradora con la que tengo el PIAS.

Una RV, es un IBIP, siglas que en inglés identifican a los productos de inversión basados en seguros.
Cualquier producto gestionado por una  aseguradora que gestione ahorro/inversión puede considerarse un IBIP.
Así, entre los IBIP más conocidos tenemos los PIAS, los Unit Linked, algún SIALP….. y también las Rentas, que pueden ser;
  • Temporal o vitalicia. La renta puede decidir disfrutarla durante un número de meses concretos o a lo largo de toda la vida del titular. ... 
  • Constante o creciente. La cantidad de renta a percibir cada mes puede ser constante o creciente según se prefiera.
  • Con reversión de renta. ... 
  • con indemnizaciones por Fallecimiento.
  • Y otras…

Cuando hablamos de Rentas Vitalicias Garantizadas, (RVG), que permiten la exención total de impuestos por las plusvalías acumuladas en un PIAS, no hablamos de una “decisión”, ni de otros tipos de rentas. Hablamos de RVG. Un seguro diferente. 

Solo en el momento de rescatar el capital, decidiremos si lo rescatamos de una sola vez, tributando por las plusvalías como lo haría un fondo de inversión, o si contratamos una RVG.

Si optamos por la segunda opción, el 100% del capital acumulado en PIAS, quedará exento de impuestos. Dependiendo de la edad, de la aseguradora y de la esperanza de vida en ese momento, la renta DE POR VIDA será mayor o menor. 
La cifra a percibir, se calcula (aprox) dividiendo la cantidad invertida en la RVG, entre los años restantes desde el momento de la contratación  y la esperanza de vida media en ese momento.
Por ejemplo, hoy en España la esperanza de vida está en torno a los 83 años. Entonces, si una persona mantiene su inversión en PIAS hasta los 70 años y decide convertir el capital en una RVG, no tendrá que tributar ni un euro por el capital acumulado en el PIAS.
La renta resultante, será la división del capital invertido en la RVG, y los años que supuestamente vivirá.
Si la persona, superan los 83 años seguirá cobrando su renta, por cuenta de la aseguradora. Y si vive menos de 83 años, los beneficiarios en caso de fallecimiento recibirán el importe que no se haya consumido, en concepto de seguro de vida que también abona a la aseguradora.

Como veis el importe nunca se pierde, y cuanto más vivamos, más beneficios tendremos.

Otra cosa es, cómo tributa la rentas mensual que vamos a percibir, y lo explico.

Por ejemplo;
Si he conseguido acumular 200.000 € en un PIAS y a los 70 años decido convertirlo en RVG, tendré que dividir 200.000€ entre 13 años, porque la esperanza de vida media en España son 83 años. 83-70=13.
200.000/13= 15.384€ anuales, o 1282€ mensuales.
Los 70 años, con la normativa fiscal actual, una renta mensual de 1282 € procedentes de una RVG, estarán exentos de declarar en un 92 %.
O sea que de cada 1282 € mensuales, solo tengo que declarar a hacienda el 8 % que son 102€.
Esos 102 € declarados, tributan al 19 % En concepto de rendimientos del capital mobiliario, y el IRPF a pagar serán 19,48€.
Ese importe supone un 1,52% de impuestos sobre la RVG percibida.

El IRPF a pagar de una RVG puede variar un poco, dependiendo de la edad con la que decidamos rescatar nuestra inversión y contratar la RVG, pero SIEMPRE, el PIAS estará 100% libre de impuestos y la RVG tributará entre un 1,52% los 70 años y un 7,6% a los 41 años.

Lógicamente, como dividimos el capital acumulado entre el tiempo desde la edad de la contratación hasta la Esperanza de Vida, si una persona decide convertir un capital en renta vitalicia garantizada, con 40 años de edad, deberá dividir el importe entre 43 años que es la distancia hasta los 83 años de Esperanza de Vida en España.

Espero que quede claro, que el PIAS es un seguro de ahorro inversión, y las rentas vitalicias son otro seguro de ahorro inversión.

Ningún producto de inversión puede exigir la forma en la que el inversor va a disfrutar de su dinero. Podrá poner condiciones más o menos favorables, pero el titular de la inversión es quien decide.

Espero que haya resultado didáctico.

#13

Re: Duda básica sobre PIAS

Varias aclaraciones.

No tienes que elegir la forma del rescate al contratat el PIAS.
La aseguradora no te puede exigir la forma de rescate. La decides tú.
En el momento del rescate, deberás buscar la mejor aseguradora para contratar la renta vitalicia, y no tiene que tienes porque ser la misma con la que tienes el PIAS.

Una renta vitalicia garantizada, es un seguro de vida.
Si vives más tiempo, Cobras más tiempo. Si vives menos tiempo, tus herederos perciben en concepto de seguro de vida, el capital que no se hubiera consumido. No se pierde como tú dices.

Por mucho que vivas, la aseguradora tampoco pierde. No sufras por eso, porque las aseguradoras ya se ocupan de invertir en Renta Variable el dinero que el asegurado deposita, desde el primer día.
Para que te hagas idea, en los últimos 12 años, la rentabilidad media del mercado inversión diversificado globalmente, superar el 8 % anual. Aplicando la regla del 72, en 12 años tus €144.000 € invertidos en renta variable se habrían duplicado 1,25 veces.
Con tu ejemplo, la aseguradora en 12 años, te habría abonado 14.000€, pero el capital que tu invertiste rondaría los 362.000€, De forma que no le supone ningún problema, indemnizar a los beneficiarios en caso de fallecimiento, con los 130.000€ no consumidos.

Algunos dirán. Entonces mejor dejar el dinero invertido. Por supuesto, pero de lo que se trata es de poder obtener una renta vitalicia complementaria a la jubilación, y si mantienes el dinero invertido toda la vida, se beneficiarán solo tus herederos, y no tu.
Por otra parte, el inversor asume el riesgo de que los mercados fluctúen. El tomador de una póliza renta vitalicia garantizada, no asumirá ningún riesgo, y vivir de la rentas.

Respecto a tu duda sobre si la aseguradora tiene capacidad de decidir, de ninguna manera. Las condiciones se pactan al contratar la póliza, y lo más razonable es que sea como te he explicado.
En la 50 paginas de tu póliza PIAS, no encontrarás nada que se refiera a las condiciones de la renta vitalicia garantizada, porque como ya te he dicho, es otro producto.
La única mención que puede hacer el PIAS, respecto a la RVG, Es lo que establece la normativa al respecto, en la Ley del IRPF (LIRPF), que es lo que acabo de comentar en esta respuesta, y en la anterior.

Respecto al traspaso de tu Pías a otra entidad, por favor no tengas presente solo el cobro de comisiones.

Busca el acompañamiento, el asesoramiento previo y posterior, y el rendimiento.

Hay PIAS a coste 0, Rentabilidad 0 y asesoramiento 0.
Hay PIAS con costes altísimos, Rentabilidad mediocre, y poca transparencia en el asesoramiento.
Hay PIAS, con un coste razonable una rentabilidad excelente, y un asesoramiento antes, durante, y después de la contratación, hasta que llegue el momento de contratar la RVG.

No hay productos caros ni baratos. Lo que hay son cosas que valen menos de lo que cuestan, como parece ser que es el PIAS que tienes.

Cuando algo cuesta lo que vale, tampoco es caro ni barato.

Saludos





#14

Re: Duda básica sobre PIAS

Muchas gracias, efectivamente has arrojado bastante luz sobre estas dudas que traía. 
Me queda pues determinar, según el mercado, qué relación entre comisiones y rendimiento es interesante (o no) en este o aquel PIAS. Ya entiendo que pagar muy pocas comisiones pero obtener muy poco rendimiento no vale la pena, claro. Sigo leyendo. ¡Gracias de nuevo!
#15

Re: Duda básica sobre PIAS

Realmente didáctico, muchísimas gracias.