Obligatorio, por ley, en una hipoteca únicamente es el seguro de incendios del bien hipotecado, que se puede subrogar a favor de la entidad (y no hacerlo con ellos). En la práctica "obligan" a ese tipo de seguros, y además de pago único, y si hay ganas de pelear, por supuesto que se puede.
Siempre hay que fijarse en dos cosas: que esa obligatoriedad conste en los contratos (a menudo "casualmente" no está escrito), y si es así, y encima no se ha hecho una suscripción previa, con la firma de un contrato en el que se recojan los datos del tomador y asegurado (solicitud) y con la entrega de unas condiciones generales y particulares, por otro, en el que se pueda comprobar la letra pequeña (las garantías de este tipo de pólizas tienen unas cuantas exclusiones y generalmente no las explican en las oficinas bancarias), se puede llegar a reclamar por irregularidades en la contratación.
No te recomiendo echar atrás el pago, ya que incumples con tu obligación en el contrato, sino pagarlo y reclamar la devolución conforme corresponde: con una hoja de reclamaciones de la entidad bancaria, bien argumentada, y si no respondieran en plazo, elevar la queja a Banco de España y/o a Dirección General de Seguros. Pero Saludos,