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Subordinadas caja duero

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#4138

Re: Subordinadas caja duero

Uff, entonces hay que confiar en el buen hacer del abogado. Yo iba (o voy ya no sé) ir a juicio, pero después de leer las últimas páginas del foro igual me hecho para atrás.

#4139

Re: Subordinadas caja duero

A mis padres, agricultores jubilados de 80 años les pillaron 15000 y me acabo de enterar. ¿Alguien puede recomendarme algún abogado para poner la demanda en el juzgado de Piedrahita (Ávila)?

#4140

Re: Subordinadas caja duero

Tu respuesta para mí es muy determinante, te lo agradezco sinceramente , pero ¿en qué te has basado para esta contestación tan tajante?.
Crees que esta omisión puedes ser tan fundamental, como para invalidar la compra de este producto?

#4141

Re: Subordinadas caja duero

Una de las obligaciones en la venta de estos productos, que ahora sabemos que son complejos y con riesgo es que hay que informar. La Entidad debe demostrar que se te informó con suficiente antelación. Ley 47/2007 Artículo 79 bis. Obligaciones de información.
"2. Toda información dirigida a los clientes, incluida la de carácter publicitario, deberá ser imparcial, clara y no engañosa. Las comunicaciones publicitarias deberán ser identificables con claridad como tales."

En los juicios que las personas que demandaban han perdido el Juez interpretó que la Entidad había informado con suficiente tiempo al Cliente y le había explicado el producto.

Si en tu caso no encuentran el documento, está tipificado como "vicio de consentimiento". Es decir, te fiaste de la palabra de la Entidad sin ver ningún folleto informativo. Pero es una mala práctica.

No obstante, acláralo con el Abogado. Si tuvieras una estimación positiva del simulador sería además otro punto a favor.

#4142

Re: Subordinadas caja duero

Ojo con este tema, no nos vayamos a confundir aquí todos y vamos a dejarlo siempre en manos de los profesionales (y ojo, que en los abogados hay profesionales buenos o malos).
Una cosa es la nulidad por vicio de consentimiento (estabas pensando que contratabas un plazo fijo y para ello es necesario que haya información deficiente), y otra muy diferente es una reclamación patrimonial como consecuencia de una mala praxis (contratase una deuda subordinada tal y como dice el contrato pero no ejecutaron correctamente la orden de compra porque no te habían facilitado la información regulada en la ley y como consecuencia de ello te han originado un perjuicio patrimonial).
En algunos casos se quiere justificar la mala información con la mala praxis, pero siendo conceptos muy cercanos no son idénticos, y por lo tanto un concepto sirve para apoyar al otro, pero no se pueden mezclar. Este es uno de los problemas de los foros, que se oyen veinte términos diferentes y sin llegar a conocer en profundidad sus implicaciones y significado ya se explican a todos.
Y además tienen algunos efectos colaterales sobre todo por la prescripción. Las acciones de nulidad prescriben a los 4 años de que el contrato haya finalizado sus efectos (y en estos casos la doctrina indica que no finalizan los efectos hasta que no haya amortizado la deuda subordinada).
Creo que es importante contar con un abogado de confianza que te explique bien los pros y los contras, y lo malo de estas cosas es que para explicarlo bien primero se lo tienen que estudiar. Un buen profesional vale su peso en oro. Un mal profesional te hace un gran agujero. Lo malo es que todos cobran prácticamente lo mismo y de antemano no sabes cómo diferenciar.

#4143

Re: Subordinadas caja duero

Al indiacar que es "UNA MALA PRACTICA",¿quieres decir que no llega a ser suficiente para viciar el consentimiento?
Te recuerdo que fui la tercera persona en este foro que salió NO APTO , justificándome en la sucursal, que se debia a un fondo de inversion, pero que el simulador no distinguía entre garantizados o no. Por supuesto el mío es garantizado 100%.
Quiero mantenerme estos días, un poco al margen de los abogados porque ellos si que lo tienen muy claro "es su trabajo".Por eso agradezco todas las opiniones recibidas.
A fecha de hoy mi intención es dar la vuelta a la estimacion de la maquinita.

#4144

Re: Subordinadas caja duero

Comunicado de las plataformas:

COMUNICADO CONJUNTO DE LAS PLATAFORMAS DE AFECTADOS CEISS

En respuesta a las informaciones ofrecidas por el FROB el viernes pasado a propósito del proceso de canje y arbitraje para los preferentistas y obligacionistas de Banco Ceiss, tenemos que insistir una vez más en que no podemos estar de acuerdo con los datos que el FROB ha divulgado a los cuatro vientos. Pero el hecho de que el FROB tenga capacidad para invadir hasta el último rincón de la prensa nacional y, sobre todo, castellano-leonesa no convierte en verdadero lo que son medias verdades, cálculos cogidos por los pelos y contradicciones flagrantes. Intentaremos explicarlo.
En primer lugar, cuando el Presidente del FROB, señor Restoy, hace los cálculos que luego publica, olvida varias cosas: las cantidades resultantes del mecanismo de revisión (arbitraje), van gravadas con el IRPF. Así, tomando el mismo ejemplo que puso el señor Restoy, para una cantidad de 55.000 € en obligaciones subordinadas, si el arbitraje fuese favorable, el afectado podría llegar a recibir hasta un máximo de 33.666 € en efectivo. Si le aplicamos el IRPF que le descontará Hacienda directamente, quedan algo menos de 24.000 €. Ya se va reduciendo la cifra. Pero si pensamos que el afectado ya pagó la retención fiscal correspondiente y declaró a Hacienda los rendimientos del valor mobiliario por los intereses cuando el producto estaba vivo, vemos que está pagando dos veces por lo que fueron su dinero y sus beneficios. De modo que la supuesta compensación del arbitraje se ve injustamente disminuida. Cosa que Restoy calla.
El canje de los bonos por acciones de Unicaja tampoco es como explica el FROB a través del señor Restoy. Si bien el canje teórico sería de 1 bono Ceiss necesaria y contingentemente convertible (NeCoCo) por 1 acción de Unicaja, en la práctica, el día que se canjeen, las acciones llevarán una prima de emisión de 0’18827 €. Es decir, por cada bono no tendremos 1 acción de Unicaja sino 81 céntimos de acción. Ya hay otra pérdida considerable. Pero al salir a bolsa esas acciones pueden perder una parte de su valor (como sucedió con Bankia). Los afectados que necesiten urgentemente dinero en metálico y tengan que venderlas en el primer momento pueden perder mucho dinero. En el caso de Bankia más del 50% . En cuanto a los bonos perpetuos o PeCoCos, son un dinero cautivo de imposible evaluación y que no podemos tomar como dinero en metálico, aunque el FROB lo hace para cuadrar a martillazos sus cuentas e intentar convencernos de que nos da, según qué día sea o quién haga las declaraciones, el 90% o el 100% (ni entre ellos mismos se ponen de acuerdo). En cualquier caso, se refiere a porcentajes aplicados a la cantidad restante después de la quita de mayo de 2013, que representó una pérdida de entre el 10%,25% y el 61% para los productos híbridos para minoristas y de hasta el 69% para los de mayoristas
De manera que este afectado de nuestro ejemplo, que el 30/06/2009 contrató un producto con el que creía estar ahorrando una cantidad de 55.000 € que recuperaría en el 2019 y que le rentaría una media del 5%, al final va a recibir, en el mejor de los casos, 24.000 € más unos bonos de valor incierto (de momento 14.258€ y no 20.833€ como dice su nota de prensa pagada a los periódicos). Porque en el momento de aceptar el canje nadie le va a garantizar que vaya a recibir lo que la calculadora del FROB le promete. Nadie le va a firmar nada. Eso sí, el afectado sí que tiene que firmar ante Notario la aceptación del canje y la renuncia a emprender posteriormente cualquier acción legal. En las Plataformas nos preguntamos: si el FROB y Unicaja están tan convencidos de la bondad de sus ofertas y de su voluntad de mantenerlas, ¿por qué obligan a quien acuda a ellas a renunciar a reclamar judicialmente si después de todo el proceso se considera engañado o injustamente tratado?
A modo de ejemplo os adjuntamos un gráfico para que comprobéis los datos que os han dado en un papel sin membrete, ni firma y en otros casos de viva voz en las oficinas de Ceiss con la realidad del Canje (número de bonos) y del dinero a recibir en metálico (sin impuestos), si al final os da la razón PWC.

PROPUESTA CANJE Y REVISION DEL FROB

EMISION Fecha Tipo Interes medio Capital invertido Bonos Ceiss Bonos Unicaja Metalico Frob neto
ES0215474166 29/12/2003 5ª 2,85% 1.000 € 900 € 129+129=258 484 €
ES0215474232 28/08/2008 7ª 7,50% 1.000 € 900 € 129+129=258 372 €
ES0214854038 30/06/2009 DUERO 5,60% 1.000 € 900 € 129+129=258 472 €
ES0215474240 23/02/2010 8ª 4,15% 1.000 € 900 € 129+129=258 533 €
ES0215474257 29/06/2010 9ª 3,50% 1.000 € 900 € 129+129=258 546 €
ES0115372007 11/11/2004 C 4,32% 1.000 € 393 € 56+56=112 511 €
ES0115474001 19/05/2009 I 8,25% 1.000 € 728 € 104+104=208 438 €
ES0114854005 25/03/2009 DUERO 7,75% 1.000 € 751 € 108+108=216 446 €


Eso nos lleva al siguiente punto: ¿cuántos afectados de Caja España-Duero han aceptado realmente la oferta? Mucho nos tememos que aquí las cifras del FROB y de Unicaja chirrían demasiado. Ambos están contabilizando como personas que hubieran aceptado el canje a muchos que han ido a buscar los papeles informativos, que han regresado a consultar el oráculo de la calculadora del FROB, pero que todavía no se han decidido y no han firmado ante el Notario. Si los datos de una plataforma sirven para hacerse una idea de la tendencia general (aunque no siempre es así, León es la provincia más movilizada de nuestra Comunidad) de cerca de 2.000 socios sólo en un caso un afectado ha firmado ante notario y retirado la demanda del juzgado.
Las guerras de cifras son enojosas y aburridas. Vamos a estudiar otros aspectos del canje-arbitraje que nos parecen relevantes.
El rechazo frontal de las plataformas de afectados por productos híbridos de Banco Ceiss no tiene su origen en una diferencia de porcentajes o de cifras, sino en el hecho de que la inmensa mayoría de esas personas tiene un perfil ahorrador (carecía de conocimientos financieros más allá de la cartilla de ahorros, el depósito a plazo fijo y algún que otro producto extraño que de vez en cuando el director de nuestra oficina nos ofrecía y que no nos dio ningún problema, fuera de una sospechosamente baja o nula rentabilidad, como los Fondos de Inversión, y que aceptábamos porque el director, en quien confiábamos, nos los aconsejaba) y un mal día vio cómo sus ahorros eran secuestrados por el Estado (FROB), confiscados, recortados drásticamente y revendidos, tras un chalaneo vergonzoso que todavía dura, a un banquero codicioso que vio en los apuros de la Administración para desembarazarse del recién creado banco Ceiss la ocasión idónea para sacar tajada. En ningún momento nos han consultado. De todo nos hemos enterado, bien en el BOE, bien en los Hechos Relevantes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
La oposición a aceptar ese estado de cosas se agudizó cuando descubrimos cómo y quién hacía las cosas. ¿Qué es el FROB? Un engendro creado por el Estado para recapitalizar cajas y bancos arruinadas (en más de un caso por ellos mismos). Es un mecanismo diseñado a medida del sector financiero, que necesariamente pasa o intenta pasar por encima de los derechos e intereses de los ahorradores y consumidores.
La desconfianza en las “buenas intenciones” del FROB se iba tornando convencimiento de que había juego sucio con cada uno de los pasos y nuevas medidas que anunciaba. El “Mecanismo de Revisión” o arbitraje nos daba repelús, datos contables aparte, por sus características:
• Sólo para poder solicitarlo y antes de recibir ninguna respuesta favorable o desfavorable era obligatorio renunciar a cualquier acción judicial posterior y retirar cualquier demanda que estuviese en curso.
• El árbitro que iba a juzgar a los que se arriesgasen –el “experto independiente”, como lo llama el FROB, iba a ser la empresa auditora PricewaterhouseCoopers (PwC). ¿Por qué fue ella la elegida? ¿Por ser la 2ª más grande del mundo? ¿O porque el señor Antonio Carrascosa fue desde 2008 hasta 2011 Director de Cumplimiento Regulatorio de PwC, momento en que cesó en la empresa privada para ocupar el cargo de Director General de Política Económica del recién formado Gobierno de Rajoy? En julio de 2012, el señor Carrascosa es nombrado Director General del FROB. ¿Podemos fiarnos de la imparcialidad de PwC con esos antecedentes? ¿Podemos fiarnos de la imparcialidad de cualquier empresa que es contratada por el FROB para sacar adelante un proceso que la parte contratante tiene tantísimo interés en culminar lo antes posible y con el menor coste económico posible? ¿No se parece este caso como una gota de agua a otra a todos los casos de “puerta giratoria” entre la empresa privada y el poder y el poder y la empresa privada?
Donde el FROB miente descaradamente es en las expectativas de los afectados de recuperar sus ahorros. Dicen que el 60% de los que lo solicitasen obtendrían un resultado favorable y recuperarían el 90% o el 100%. Ya hemos visto en cuánto quedaba su 100%. También dice que los criterios para juzgarlo serían los mismos que los de un juez que viera las demandas presentadas por los afectados. Omite dos detalles: los jueces están fallando favorablemente, no en el 60% de los casos, sino en más del 90% . La cantidad que se recupera a través del juicio es el 100% real, más los intereses legales correspondientes y no están sujetos a retención fiscal, al considerarse una restitución de los ahorros del demandante por haber habido vicios en el contrato del producto y se restan los intereses netos recibidos( el IRPF que se lo devuelva a la Caja la Agencia Tributaria).
Hace unos días, Unicaja al recibir una carta del Presidente de la Plataforma de León que en nombre de todas las Asociaciones le pedia sentarse a una mesa de negociación para poder llegar a un arreglo extrajudicial y resolver los dos grandes problemas -el dinero de los ahorradores y los puestos de trabajo de los empleados del Banco Ceiss- en lugar de convocar dicha reunión, negó la que había tenido lugar con el director general adjunto de Ceiss y lanzó una Oferta Complementaria, que va preferentemente para los propios empleados y exempleados de Ceiss y lo vende como que va dirigido para todos los que no den positivo en la “calculadora” y afirma que devuelve hasta el 75% de los Bonos Ceiss actuales o el 64,8% de lo invertido, pues adjuntamos otro ejemplo de ese supuesto.
PROPUESTA DE ACOMPAÑAMIENTO UNICAJA

EMISION Fecha Tipo Interes medio Capital invertido Bonos Ceiss 75% valor B.Ceiss valor bonos Unicaja Metalico Unicaja
ES0215474166 29/12/2003 5ª 2,85% 1.000 € 900 € 675 € 257 418 €
ES0215474232 28/08/2008 7ª 7,50% 1.000 € 900 € 675 € 257 284 €
ES0214854038 30/06/2009 DUERO 5,60% 1.000 € 900 € 675 € 257 371 €
ES0215474240 23/02/2010 8ª 4,15% 1.000 € 900 € 675 € 257 391 €
ES0215474257 29/06/2010 9ª 3,50% 1.000 € 900 € 675 € 257 409 €
ES0115372007 11/11/2004 C 4,32% 1.000 € 393 € 295 € 113 103 €
ES0115474001 19/05/2009 I 8,25% 1.000 € 728 € 546 € 209 210 €
ES0114854005 25/03/2009 DUERO 7,75% 1.000 € 751 € 563 € 216 210 €


Todas estas cosas, más la actitud del FROB de amedrentar a los afectados con amenazas poco sutilmente veladas, más la actitud arrogante y odiosa de Unicaja y su insigne Presidente (conocido y expertísimo mareador de perdices para luego terminar disparando hacia otro lado) que si por fin llega a quedarse con Banco Ceiss va a mandar a la calle a otros empleados de Caja España-Duero, nos hacen exclamar: ¡lagarto, lagarto!
¿Cree el señor Medel que los castellano-leoneses le van a recibir con los brazos abiertos, cuando haya entrado en nuestra Comunidad como entraron los hunos en Roma?
La Caja ya ha perdido 700.000 cuentas en el año 2012 (según datos de la prensa) y como siga sin arreglar nuestro problema Medel se va a encontrar con oficinas “desiertas” y viendo pasar sus antiguos clientes a las de la competencia.

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