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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#3537

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Gracias por tu aclaraciones. Pero es que me indigna de sobremanera que personajes como Todó no sea imputado por vía judicial a pesar de que todos sabemos la clase de política de empresa a llevado a cabo. Y para colmo siga dando conferencias (que supongo que cobrará por ello) como si nada hubiese pasado.
¿No hay en Cataluña ningún fiscal que se atreva a actuar como su compañero de Murcia? http://murciaconfidencial.blogspot.com.es/2012/06/el-abogado-diego-de-ramon-presenta-una.html

Saludos.

#3538

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Saludos, rebus sic stanibus ¿qué opinas de esta vía de un letrado representando a 900 clientes contra los administradores y subsidiariamente contra la entidad?:
http://www.abc.es/20121003/comunidad-valencia/abcp-cuotaparticipes-piden-juez-embargue-20121003.html

Yo me temo que quienes hayan firmado haber leído el tríptico informativo (aunque no lo hubieran leído) o quienes aceptaron estos productos en una herencia, lo tienen muy difícil demostrar en una demanda individual vicio en el consentimiento. ¿No te parece?

#3540

Re: Deuda Subordinada

Hola Cristina Zc,
veras, yo desde el mismo instante que descubrí el engaño del que habia sido presa,inicié una busqueda desesperada de noticias, debates televisivos,personal que se viera en similares circunstancias que las mias y asi comprender un poco que es lo que habia sucedido y como me habian metido en este embrollo.
Dí con este foro y con otros, esté me parecio mas numeroso, mas serio y mas constante, a medida que iva participando y a la véz me sentia mas comoda con alguno/as foreros,se me ocurrió la idea de que podiamos aunar nuestras fuerzas, nuestras ideas y juntos podriamos conseguir mas cosas,convoqué reuniones, hice llamadas a medios de comunicación(unos vinieron,otros no,salimos en radio y tv, y como tu ya sabes, convocamos también algunas concentraciones.Bien por el agotamiento, bien por la falta de resultados, poco a poco el foro se ha ido disgregando,cosa que es totalmente comprensible,respetable y por ende natural.algunos asistentes a las reuniones, proponian esto mismo,dar de alta una asociación y como tal manifestarnos y promover iniciativas y demas,por multiples causas y como ya he dicho,las ultimas concentraciones y reuniones, han sido todo menos masivas,si bien, no puedo darlas por negativas, yo tengo la opinión que algo por pequeño que sea, puede dar buenos frutos y eramos pocos pero consistentes.
Ahora, a estas alturas, y con muchos ya cansados de tanta infructuosidad y ansiedad acumulada por la falta de noticias de CX y con el miedo en el cuerpo de perder lo que legitimamente es nuestro y sentimos nos han estafado,hay poca energia,o al menos asi lo percibo,de todos modos, como te he dicho ya en otros posts, yo particularmente, creo que la unión hace la fuerza pero a estas alturas, no podemos forzar a los que desean ir por libre,estan en todo su derecho. De todos modos, ya te dije, si alguién se brinda a hacer algún escrito denuncia y es factible el llevarla a buen puerto sin que ello sea incompatible con las demandas de los que hayamos tomado este camino, y se agrega personal a esta iniciativa, cuenta conmigo desde ya.

saludos compañera

#3541

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Disculpa. Tenia muchos correos y había pasado por alto tu pregunta. Yo creo que esto no va a ocurrir nunca ya que el RDLey determina que si una entidad no es económicamente viable tras intentar el plan de recapitalizacion sera en el Banco de España y el Frob quienes acuerden su disolución ( de la manera que sea) y tambien establece grandes limitaciones a la gira de recurrir las decisiones. Si ganas la demanda civil lo que ocurre e que el juez dirá que el contrato es nulo pero si antes de ejecutarse la sentencia la entidad desaparece sospecho que no va a haber manera de cobrar. Otra cosa es que haya una transformación en la que no intervenga el Frob. No obstante ocurre como en cualquier asunto en que se condena al demandado a pagar. Si es insolvente, no se cobra

#3542

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola. A lo que se refiere no es a un juicio civil (error en el consentimiento) sino a un juicio penal por ki que la causa puede sin problemas ser una para todos ellos

No obstante estoy de acuerdo contigo en que un error en el consentimiento no puede el juez apreciar lo de firma colectiva. De hecho en Galicia el juez ha rechazado la demanda colectiva del fiscal.

#3543

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola. Gracias por tu respuesta, pero por tu respuesta veo que no me había explicado bien en las dos preguntas inconexas que he hecho, y que te agradecería muchísimo me contestaras:

1. ¿Qué opinión te merece seguir la vía penal de forma conjunta tal como está haciendo el abogado Diego de Ramón con la CAM? Parece que está tomando pasos muy decididos para procurar la recuperación del dinero en caso de que los imputados sean declarados culpables, tales como el embargo de los bienes de los imputados e incluso (según te muestro en el enlace) del patrimonio de la obra social.

2. Si se sigue la vía civil de forma individual, ¿no es cierto que hay casos que lo tienen muy difícil, tales como aquellos que hayan firmado un tríptico informativo (aunque no lo hubieran leído) o quienes hayan heredado las subordinadas o preferentes?

Lo que intento decir es que en muchos casos tal vez la vía penal colectiva de más garantías de lograr la recuperación del dinero que la vía civil individual.

La demanda colectiva del fiscal en Galicia era civil. Efectivamente el juzgado número 11 de A Coruña la ha rechazado:
http://www.ausbanc.es/web/La_Justicia_gallega_rechaza_las_demandas_colectiva_201210192616.asp
Aunque el Fiscal lo recurrirá y existe la amenaza con un colapso de los juzgados si no prospera el recurso:
http://www.farodevigo.es/galicia/2012/10/04/treinta-mil-afectados-preferentes-iran-juicio-falla-recurso-fiscalia/690895.html

Pero bueno, de momento están prosperando las vías civil de forma individual o penal de forma colectiva, ¿no es así?

Muchas gracias,

#3544

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Pero aquí no se condenaría a pagar, aquí se condenaría a restituir recíprocamente, el contrato no debió existir, por lo tanto el dinero tendría que haber estado en un cuenta corriente garantizada por el FGD .

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