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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#8977

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Tienes la 6ª emisión, verdad? Da igual si es la de Caixa Catalunya o Caixa Tarragona. El caso es que en tu emisión te dan a escoger entre las acciones o el depósito, éste último con una quita bastante alta. Según dicen tienes que ir a tu oficina a decir con que te quedas aunque pienso que si no fueras te adjudicarán las acciones.
El día 5 de julio harán el canje oficial de la subordinada por acciones y el echo de que es mejor vender a partir del día 5 es porque a partir de esa fecha habrán ejecutado el canje obligatorio, te lo han impuesto.
No te han llamado de tu oficina para saber con qué te quedas?

#8978

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Los clientes cuya deuda subordinada vence antes de julio de 2018,pueden elegir entre acciones (vendiendolas recuperas el 77,58% del dinero,el 19 de julio) o un deposito garantizado pero indisponible hasta la fecha de vencimiento que te rendira un 2% anual ,creo,que te pagaran tambien a vencimiento.pero este deposito te va descontando un1,5% mensual del capital, desde diciembre de 2012 hasta la fecha de vencimiento.
Esta posibilidad de eleccion les finaliza el 28 de junio.
Si no eligen,el 5 de julio les canjean obligatoriamente y por defecto por acciones,como a los demas.

Hay otra fecha limite de 28 de junio,que no la he visto en el comunicado del FROB ( del 10 de junio )por ninguna parte (SI ALGUIEN LA HA VISTO,POR FAVOR QUE ME LO DIGA), que utiliza CX internamente para los clientes que solicitaron un prestamo pignorado contra la DS.
Dicen que si no despignoras la deuda antes del 28 de junio,luego no podras obtener liquidez,por que las acciones no estaran libres de cargas,y no te aceptaran la oferta del FGD para comprarte las acciones,es el caso de la foreraCARMENMARIA

SALUDOS

#8979

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

He leído el comunicado del FROB, efectivamente, si no les dices nada te lo canjearán por acciones. De todas maneras si te llamaran antes del día 5 ni se te ocurra ir, intentarán que te vendas las acciones.

#8980

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola pilar,
sabes algo mas del NUEVO 28 de JUNIO .?
Voy a releerme el FROB , otra vez

#8981

Re: Otro para el cásting ...

Muy buena music,,

Hombre , das por hecho que la mujer tiene el derecho a tener a los 4 hijos, el marido le ofrece una solución ,... porque el también tendría derecho a tener a sus hijos que para eso es su padre, ¿ o no?

Sin embargo aquí finaliza el ejemplo porque esos temas de familia tienen otras diferentes leyes,, imagínate si el vicio en el consentimiento fuera un argumento valido para anular un matrimonio ,,, lo íbamos a flipar ..eso si que colapsaría los juzgados .

#8983

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Sí, sí que me han llamado y les he dicho que con las acciones, pero me dieron un papel para firmar titulado "OFERTA DE ADQUISICIÓN VOLUNTARIA DE ACCIONES ORDINARIAS DE CATALUNYA BANC, S.A. NO ADMITIDAS A COTIZACIÓN EN UN MERCADO REGULADO FORMULADA POR EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO" y la palabra "voluntaria" no me gusta nada. Ahora ya entiendo que el 28 de junio vence el plazo para decir "voluntariamente" que quieres acciones y no el depósito. En esta página (http://colectivos.adicae.net/colectivos/admin/archivos/Explicacin_canje_subordinada_con_vencimiento.pdf) dicen "Aquellos que prefieran la opción del depósito deben comunicarlo en la entidad entre el 17 de Junio y el 28 de Junio de 2013, sino se aplicará el cambio por acciones."

En este blog (http://plataformadeafectados.blogspot.be/p/descargas.html) dicen "Si firma el canje por acciones antes del día 5 de Julio, firmará este documento (https://dl.dropboxusercontent.com/u/67204862/CX%20canje%20acciones%20por%20dinero.pdf). Recomendamos que en lo posible espere el 5 de julio para firmar y recuperar parcialmente su dinero, asegurándose de que el canje haya sido forzosos, no voluntario."

#8984

Re: Otro para el cásting ...

Yo sigo incidiendo en lo mismo , aquí es un tercero el que ya ofrece una "solución" ( el FROB) , creo que ya existen varias sentencias de gente que canjeo las acciones y esto no se tiene en cuenta a la hora de anular el contrato pues el canje se añade al engaño principal , la contratación y posterior canje se considera un conjunto. Y creo que la explicación es que ese canje es propuesto por los mismos que consiguieron la colocación de los híbridos, no existen terceros a los que cargar la responsabilidad , se engaño para contratar y se engaño para canjear,, pero en la situación en la que estamos ahora los clientes de CX es diferente. Aquí ya no hay engaño ,( presuntamente claro , porque visto lo visto) ahora es el gobierno el que actúa a través del Frob y aporta la solución que dicen están obligados .

Por eso creo que la situación es bastante diferente y no existen precedentes como para poder averiguar por donde irán los tiros.. supongo que en estos casos todavía tardaremos mas de un año en saber como acaban , alguno habrá que tirara por ese camino ,,pero creo que si se recupera el 77% el tipo de demanda ha de ser por otros motivos principales, habría que atacar la comercialización en general y aportar las demandas que lo demuestren como prueba... lo positivo de esto es que podría ser colectiva , pues se tendría que analizar en general el asunto y no procedería presentar cientos y cientos de demandas por el mismo asunto.

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