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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Página
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#21881

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Gracias tu lo has explicado mejor que yo....

#21884

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Restituir las acciones vendidas??

Pero si lo que se juzgaría no son las acciones, ni el canje, ni la quita, sino la contratación de las preferentes. Si te dan la razón, la entidad tiene la obligación de devolverte el 100 por cien de lo que tú desembolsaste en su día por las preferentes, menos cupones , más intereses legales... ya sabéis.

Pues bien, el canje también quedaría anulado, porque si no hubiera habido contratación de preferentes no hubiera habido ni quita ni canje, verdad?? Pero si tu las has vendido, pongamos que obteniendo una plusvalía , entonces, el 61 por ciento sobre el nominal (parece ser que a 0,01 euros la acción) más la posible plusvalía, pongamos que suman un total del 75 por ciento del nominal de las preferentes. Si tú las contrataste al 100 por cien , en su suscripción (algunos lo han hecho al 102, 103 por cien en el Mercado interno) entonces lo simple sería pensar que te tienen que devolver solamente un 25 por ciento más para llegar al 100 por cien.

Pero pasa que si tu has obtenido una plusvalía, tienes que pagar a Hacienda un 21 por ciento creo. Pues bien, si el juez te da la razón, se echaría para atrás los cupones brutos ( deberías devolver el importe líquido percibido más las retenciones de IPRF que te practicaron), y por tanto deberías pedir la devolución de esas retenciones a Hacienda y también deberías solicitar a Hacienda la devolución de ese 21 por ciento sobre la plusvalía en la declaración de ese año en que se dictase la sentencia, porque eso nunca debió suceder, verdad??? Nada debería haber sucedido desde que se contrataron las preferentes.

Si tú vendiste las acciones, obteniendo una plusvalía, y habiendo pagado un 21 por ciento de las mismas ( aunque creo que hay un límite que si no llegas no tienes que pagar nada a Hacienda, creo que son 1.500 euros anuales), tú no tienes que restituir ya nada, porque ya no tienes nada, no tienes acciones, no tienes preferentes, lo único que tienes que restituir son los cupones y la plusvalía, ok, entonces eso supone , vuelvo a repetir , que te devuelva el dinero Hacienda, aunque sea al año siguiente al hacer la declaración, tanto de las retenciones de los cupones como de la plusvalía.

Pero no tienes porque comprar otra vez las acciones, no tiene sentido eso.

No se si me he explicado bien.

Una cosa son los efectos jurídicos y otros los monetarios y fiscales.

La anulación de la contratación de las preferentes conlleva que nada de lo que después ha sucedido tendría que haber sucedido, incluidas las retenciones de Hacienda.

Pero no hace falta volver a comprar las acciones que tú vendiste, simplemente Robankia-Frob tendrá que pagarte LA DIFERENCIA HASTA LLEGAR AL 100 POR CIEN DE LO RECLAMADO. Al año siguiente, pediriías la devolución a HACIENDA de las retenciones de los cupones y de la plusvalía.

Espero que alguien me pueda corregir o me pueda ratificar, pero a ver si lo hace estando 100 por cien seguro de lo que dice, por favor, es decir, a sabiendas de que eso es asi, y no como una mera opinión o creencia.

GRAcias.

Pd: TODO ESTO ES SI EL CANJE ES OBLIGATORIO, SI ES VOLUNTARIO, ahí ya las cosas cambiarían seguramente, aunque si hay chantajes de por medio, entonces a eso no se le puede llamar voluntariedad.

#21885

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

No soy abogado, pero es mas que evidente que si uno reconoce algo, aunque sea por una mera consecuencia, la contraparte se va a agarrar a ello como sea, aduciendo la doctrina de los actos propios ..... mirad si uno tiene un problema con un swap (los mal llamados seguros de tipos de interés) se agarran incluso a que si el cliente ha pagado las cuotas, hay un reconocimiento de aceptación de los mismos, luego los jueces estarán de acuerdo o no, pues imagina si uno canjea, entrega algo a cambio, dónde el reconocimiento de propiedad es bastante mas claro que un cargo en cuenta, porque esto segundo ni siquiera se firma, lo cargan y punto, en un canje uno firma dicho cambio de producto financiero, para mi es de cajón.

#21886

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

y..............?
No entiendo donde quieres llegar....

#21888

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Vamos leyendo el articulo, todavia no esta claro cuanto va a ser la quita que nos van a hacer porqué como depende del tipo de interes y de la emisión.... ¿y cuando nos lo piensan decir....? ¿Para los juegos olimpicos...?

0?% por término medio para los clientes de Novagalicia, Bankia y Catalunya Banc. Aunque dependerá de la fecha de emisión de la preferente o si la deuda perpetua......

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