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#557
Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Cada banco tiene su política... en este caso BBVA, como parece que intuye como acabará esto, "corta" por la entrada, es decir, no aceptar las reclamaciones considerado la fecha de 2016 más 5 años. Entonces habrá que ir a los juzgados, pero como poco la mitad de los/as reclamantes no van a ir, eso una política determinada distinta de a Caixa Bank.
#559
Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Respuesta del Bde , de hoy mismo contra Caixabank, sigue todo igual , gracias.
Acusamos recibo de su escrito, por el que presenta reclamación contra CAIXABANK, S.A., que ha tenido entrada en este Banco de España el día 15 de febrero de 2024 y ha sido registrado en el expediente con el número de referencia arriba indicado.
A la vista del mismo, le informamos de que el ámbito de competencia de este Departamento de Conducta de Entidades se circunscribe exclusivamente a valorar la actuación de las entidades supervisadas en una relación típicamente bancaria, valorando si su actuación se ajustó, o no, a la normativa de transparencia y protección de la clientela y a las buenas prácticas bancarias1.
En su caso particular, analizados los hechos expuestos en que fundamenta su reclamación, en los que señala el carácter abusivo de la cláusula de gastos de un préstamo hipotecario y sus posteriores novaciones, le informamos de que no resulta competencia de este Departamento determinar el carácter abusivo de una cláusula contractual, ni la existencia de cualquier eventual vicio en el consentimiento prestado, ni declarar la nulidad de un contrato o de alguna de sus cláusulas; tampoco puede pronunciarse en relación con los efectos que pudiera suponer la eliminación de cualquiera de las cláusulas de los contratos en su día suscritos, correspondiendo en exclusiva a los Tribunales de Justicia valorar y decidir todas las anteriores cuestiones haciendo uso, a tal fin, de todos los medios de prueba admitidos en Derecho.
1 Por un lado, se entiende por normativa de transparencia y protección a la clientela la que, con la finalidad de proteger los legítimos intereses de los clientes, establece un conjunto de obligaciones específicas aplicables a las relaciones contractuales entre unos y otros, exige la comunicación de las condiciones básicas de las operaciones y regula determinados aspectos de su publicidad, normas de actuación e información. Por otro, se entiende por buenas prácticas bancarias las que, sin venir impuestas por la normativa contractual o de supervisión ni constituir un uso financiero, son razonablemente exigibles para la gestión responsable, diligente y respetuosa con la clientela de los negocios financieros.
Acusamos recibo de su escrito, por el que presenta reclamación contra CAIXABANK, S.A., que ha tenido entrada en este Banco de España el día 15 de febrero de 2024 y ha sido registrado en el expediente con el número de referencia arriba indicado.
A la vista del mismo, le informamos de que el ámbito de competencia de este Departamento de Conducta de Entidades se circunscribe exclusivamente a valorar la actuación de las entidades supervisadas en una relación típicamente bancaria, valorando si su actuación se ajustó, o no, a la normativa de transparencia y protección de la clientela y a las buenas prácticas bancarias1.
En su caso particular, analizados los hechos expuestos en que fundamenta su reclamación, en los que señala el carácter abusivo de la cláusula de gastos de un préstamo hipotecario y sus posteriores novaciones, le informamos de que no resulta competencia de este Departamento determinar el carácter abusivo de una cláusula contractual, ni la existencia de cualquier eventual vicio en el consentimiento prestado, ni declarar la nulidad de un contrato o de alguna de sus cláusulas; tampoco puede pronunciarse en relación con los efectos que pudiera suponer la eliminación de cualquiera de las cláusulas de los contratos en su día suscritos, correspondiendo en exclusiva a los Tribunales de Justicia valorar y decidir todas las anteriores cuestiones haciendo uso, a tal fin, de todos los medios de prueba admitidos en Derecho.
1 Por un lado, se entiende por normativa de transparencia y protección a la clientela la que, con la finalidad de proteger los legítimos intereses de los clientes, establece un conjunto de obligaciones específicas aplicables a las relaciones contractuales entre unos y otros, exige la comunicación de las condiciones básicas de las operaciones y regula determinados aspectos de su publicidad, normas de actuación e información. Por otro, se entiende por buenas prácticas bancarias las que, sin venir impuestas por la normativa contractual o de supervisión ni constituir un uso financiero, son razonablemente exigibles para la gestión responsable, diligente y respetuosa con la clientela de los negocios financieros.
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Buenas noches, firmé hipoteca en 2012 con Barclays (ahora Caixabank), desde una asesoría me han dicho que no puedo reclamar porque lo pone en la hipoteca, yo no lo he visto en ningún lado.
Es eso posible?
Muchas gracias!
Es eso posible?
Muchas gracias!
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
A mi el 11 de narzo me dieron la razón después de presentarlo el 23 de enero hoy aun no me lo han ingresado llamas a atención al cliente y no saben nada llamas al gestor y te remite a atención al cliente en una patada para alante para quitarse el muerto de encima lo más que les sacas es que no hay plazo para la devolución que ellos por vía interna no tienen ningún contacto con el SAC...conclusión el SAC es parece una especie de limbo y tu si tienes un préstamo si tienes un plazo pero cuando tienes una cantidad generada a tu favor no hay plazo y posibilidad de saber cuanto tampoco porque al limbo nadie accede
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Era lo esperable, carecen de facultades para determinar si es abusivo o no, de hecho en su web y en relación a reclamaciones, ya se indica que no pueden evaluar este asunto.
Queda el Juzgado que, si no supera los 2.000 euros, puedes presentar a través de un verbal sin abogado/a
Queda el Juzgado que, si no supera los 2.000 euros, puedes presentar a través de un verbal sin abogado/a
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Si claro, me temo que no tienen ni idea .... a ver ..... la hipoteca pone que los gastos e impuestos de constitución son a cargo de la parte prestataria, revisa bien que lo indica en alguna parte, supongo que en las páginas finales. Ahora bien, es precisamente este pacto es el que los tribunales declararon abusivo y no aplicable.
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
#567
Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
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Re: Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
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