#1891
#1892
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
#1893
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
#1894
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
Sí tienes razón en eso pero si por lo que sea no presentas los justificantes de pago de algún mes de Enero del 22 por ejemplo o de Febrero y Marzo, pues eso te lo descuentan y no sé porque a esa persona diciendo que entro más tarde de alquiler en el 22 le pone 6000 euros, bien por ella me alegro pero no es así, osea algo hay que está mal, porque la ayuda es DE CARÁCTER RETROACTIVO DESDE ENERO DEL 22, lo pone bien claro, no entra en ningún momento 2024 porque entonces no sería de carácter retroactivo.
#1895
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
#1896
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
No estoy equivocado lo dice el BOE.
Artículo 12. Plazo de concesión del Bono Alquiler Joven. La ayuda se concederá a las personas beneficiarias por el plazo de dos años. Las personas beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a comunicar de inmediato al órgano competente de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla que se la haya reconocido cualquier modificación de las condiciones o requisitos que motivaron tal reconocimiento. En el supuesto de que el órgano competente resuelva que la modificación es causa de la pérdida sobrevenida del derecho a la ayuda, resolverá limitando el plazo de concesión de la misma hasta la fecha en que se considere efectiva dicha pérdida. A tal efecto, las convocatorias de ayudas deberán concretar el plazo y el cauce por el que llevar a cabo esta comunicación.
En cuanto al documento que me llegó de resolución indica lo siguiente.
CUARTO.- De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Orden VMV/1168/2022, el importe de la ayuda será de hasta 250 euros mensuales, con el límite del importe mensual de la renta arrendaticia o del precio de la cesión, durante un máximo de 24 mensualidades, a contar desde la primera mensualidad subvencionable solicitada, que podrá computarse desde el 1 de enero de 2022 en el caso de hallarse vigente el contrato aportado en el momento de la solicitud, con independencia del periodo en el que se haya presentado la misma.
Además me pone lo siguiente atentos..
RESUELVE PRIMERO.- CONCEDER a D/Dña. DANNY ...... la subvención del Bono Alquiler Joven correspondiente al periodo comprendido entre septiembre 2022 y agosto 2024 por un importe máximo total de 6.000,00 euros.
Informaros sino un poquito más.
Artículo 12. Plazo de concesión del Bono Alquiler Joven. La ayuda se concederá a las personas beneficiarias por el plazo de dos años. Las personas beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a comunicar de inmediato al órgano competente de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla que se la haya reconocido cualquier modificación de las condiciones o requisitos que motivaron tal reconocimiento. En el supuesto de que el órgano competente resuelva que la modificación es causa de la pérdida sobrevenida del derecho a la ayuda, resolverá limitando el plazo de concesión de la misma hasta la fecha en que se considere efectiva dicha pérdida. A tal efecto, las convocatorias de ayudas deberán concretar el plazo y el cauce por el que llevar a cabo esta comunicación.
En cuanto al documento que me llegó de resolución indica lo siguiente.
CUARTO.- De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Orden VMV/1168/2022, el importe de la ayuda será de hasta 250 euros mensuales, con el límite del importe mensual de la renta arrendaticia o del precio de la cesión, durante un máximo de 24 mensualidades, a contar desde la primera mensualidad subvencionable solicitada, que podrá computarse desde el 1 de enero de 2022 en el caso de hallarse vigente el contrato aportado en el momento de la solicitud, con independencia del periodo en el que se haya presentado la misma.
Además me pone lo siguiente atentos..
RESUELVE PRIMERO.- CONCEDER a D/Dña. DANNY ...... la subvención del Bono Alquiler Joven correspondiente al periodo comprendido entre septiembre 2022 y agosto 2024 por un importe máximo total de 6.000,00 euros.
Informaros sino un poquito más.
#1897
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
#1898
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
#1899
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
Primero la ayuda no puede superar el 50% de alquiler.
Segundo solo computa desde el empadronamiento si no estás empadronado aunque el contrato sea el mismo.
Tercero soy de Aragón y si lo que dice el BOE se lo está saltando la señora Ayuso ya es otro tema legislativo en el cual deberían presentar recurso ya que no es lo que dice el BOE.
Las ayudas las da cada comunidad pero las bases y legislación es del estado.
Y ya os digo.. a mi me pone claro en la resolución que va desde sep del 2022 a agosto 2024.
Segundo solo computa desde el empadronamiento si no estás empadronado aunque el contrato sea el mismo.
Tercero soy de Aragón y si lo que dice el BOE se lo está saltando la señora Ayuso ya es otro tema legislativo en el cual deberían presentar recurso ya que no es lo que dice el BOE.
Las ayudas las da cada comunidad pero las bases y legislación es del estado.
Y ya os digo.. a mi me pone claro en la resolución que va desde sep del 2022 a agosto 2024.
#1900
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
Pues por eso mismo el BOE es de carácter general del estado, no sé debe estar cumpliendo, y en el caso que dices del empadronamiento, ya me estás dando la razón de la incongruencia que se ha generado aquí, porque la ayuda empezó en Enero del 22 no entiendo cómo te lo prolongan por derecho divino entonces hasta Agosto del 24
#1901
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
#1902
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
#1903
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
Más claro.. agua.
CUARTO.- De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Orden VMV/1168/2022, el importe de la ayuda será de hasta 250 euros mensuales, con el límite del importe mensual de la renta arrendaticia o del precio de la cesión, durante un máximo de 24 mensualidades, a contar desde la primera mensualidad subvencionable solicitada, que podrá COMPUTARSE (no dice nada de carácter retroactivo) desde el 1 de enero de 2022 en el caso de hallarse vigente el contrato aportado en el momento de la solicitud, con independencia del periodo en el que se haya presentado la misma.
CUARTO.- De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Orden VMV/1168/2022, el importe de la ayuda será de hasta 250 euros mensuales, con el límite del importe mensual de la renta arrendaticia o del precio de la cesión, durante un máximo de 24 mensualidades, a contar desde la primera mensualidad subvencionable solicitada, que podrá COMPUTARSE (no dice nada de carácter retroactivo) desde el 1 de enero de 2022 en el caso de hallarse vigente el contrato aportado en el momento de la solicitud, con independencia del periodo en el que se haya presentado la misma.
#1904
Re: Concesión y pago BONO ALQUILER JOVEN 2022 - Ayudas al alquiler
A ver trol tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022, según recoge el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 publicado este miércoles en el BOE.
#1905