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Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

23 respuestas
Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios
Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios
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#1

Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

Buenas tardes, os escribo todavía perplejo por la carta que nos envía el administrador de fincas donde nos manifiesta que "... han llevado a cabo el cambio de la empresa comercializadora del suministro eléctrico". Una vez el Colegio de Administradores ha firmado un convenio con Wattium SL donde "se compromete a ofrecer el mejor precio, siempre inferior a la media anual de las comercializadoras generalistas (sic)".
Nos ofrecen, eso si, la posibilidad de "volver a la situación anterior, de forma inmediata y sin ningún coste" en caso que no estemos interesados.
La expresión que utiliza es "hemos podido concretar un contrato", lo que no deja de ser como mínimo curioso ya que los contratos se firman, y lo primero que pienso hacer como presidente de la comunidad es solicitarles un ejemplar del contrato que han "firmado" y a continuación dirigirme al juzgado para denunciar esta forma de proceder.
Os habéis encontrado alguna vez con una situación como esta ?. Es "normal" esta forma de proceder de los administradores de fincas, que dicho sea de paso, no dejan de sorprenderme ?

#2

Re: Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

Lo que dice la vigente Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 20 es lo siguiente:


Corresponde al administrador:

a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares. b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos. c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios. d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes. e) Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad. f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta."

 
Si el cambio de compañía se ha producido con el fin de mejorar el servicio y sin que dicho cambio implique un incremento en el presupuesto de la comunidad e tiene que consensuar con el Presidente y se tiene que informar a la comunidad. 

 

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#3

Re: Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

Le agradezco la respuesta, pero continuo teniendo dudas en relación a la existencia/necesidad/oportunidad misma del convenio y al modo de proceder del administrador.
No soy jurista, pero el sentido común (el mío, y admito que puedo estar equivocado) me indica que ante la aparición de una alternativa a cualquiera de los servicios que una comunidad necesita y que son gestionados por el administrador de fincas, lo primero que debería hacerse es ponerlo en conocimiento de quien ostenta la condición de cliente. En este caso, el citado convenio que se cita en el comunicado del administrador entre un Colegio de Administradores y Wattium SL debería haber sido enviado a la comunidad para que esta pueda apreciar el posible beneficio económico al que podrá acogerse, además de conocer los argumentos que han llevado a las dos partes firmantes a unir sus objetivos para conseguir un beneficio económico de un tercero.
No puedo por menos que pensar, y sinceramente no lo entiendo, que el libre mercado del suministro de energía pueda gestionarse por medio de convenios que cada Colegio de Administradores pueda firmar con todas y cada una de las empresas que puedan prestar este servicio, de igual forma que podían hacer con las compañías de seguros, las mantenedoras de los ascensores o las empresas de limpieza.
Le agradecería me indicara como encajar esta actuación con el cometido de las actuaciones que figuran en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal. Le aseguro que si el Administrador quisiera rebajar la factura de la totalidad de servicios que se ha encargado de proponer a la comunidad, lo podría hacer sin necesidad de firmar convenio alguno.
El libre mercado, la liberalización de los servicios y la libre competencia, corríjame si me equivoco, en ningún caso puede situar a los administradores de fincas en una posición de, no ya de privilegio, sino simplemente como parte actuante en la relación comercial que se establece entre las comunidades de propietarios y las empresas de servicios.
Para acabar, y disculpe la extensión, la comunidad tiene el derecho de elegir libremente y sin intermediarios la empresa de servicios que le interese así como a cambiarla cuando le convenga, sin que en estos pasos participe o influya administrador alguno, más allá de su lógica intervención en la tutela de estos asuntos.
Gracias y saludos

#4

Re: Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

Ambos tenéis un cargo de la comunidad y las decisiones tienen que ser consensuadas.

Puedes acudir a la oficina del administrador con un escrito firmado como presidente donde le pidas que se abstenga de cambiar o firmar contratos SIN el previo conocimiento del presidente y la aprobación de la junta. Avisando de que en caso de incumplir este requerimiento se tomarán las medidas legales que procedan.

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#5

Re: Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

En mi opinión, ese cambio no se puede hacer sin que lo apruebe la junta de propietarios. Por tanto, creo que hay motivo suficiente para convocar una junta que apruebe la vuelta atrás y sobre todo la destitución del administrador.
En todo caso, dado que sólo el presidente puede representar a la comunidad, también es aconsejable dar de baja ese contrato, que supongo que ha firmado quien no tiene poderes para ello.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

En la misma fecha que el administrador comunica su decisión de cambiar el contrato, la suministradora manifiesta su agradecimiento por el tiempo que hemos permanecido y su confianza en que en un futuro volvamos a contar con ellos.
Ante estos hechos, solicitaré al administrador el contrato que ha firmado para el cambio, por curiosidad intelectual le solicitaré igualmente una copia del convenio entre el Colegio de Administradores y una de las comercializadoras del mercado, y a partir de aquí, una vez escuchados sus argumentos, dirigirme al propio Colegio para denunciar esta forma de proceder y me plantearé acudir a la tutela judicial ante lo que considero un abuso, una vez informada la comunidad de propietarios.
Me cuesta entender como la comercializadora permitió dar de baja en contrato ante la solicitud del administrador, a no ser que este incumpliese alguna cosa más que la actuación en nombre de la comunidad que en ningún caso le habíamos autorizado.
Gracias y saludos

#7

Re: Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

Yo sigo opinando que el administrador actuó con deslealtad, por lo que debería ser destituido fulminantemente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Cambio empresa comercializadora suministro eléctrico - Comunidad de propietarios

En mi comunidad ha pasado algo parecido, la reunión fue el 28 de octubre , mirando los papeles que lleva la administradora compruebo que de los 5 portales que somos a los dos portales mas pequeños los ha cambiado de compañía eléctrica sin decir nada y desde hace varios años está así.La contestación que me ha dado es que todas las comunidades hacen eso para beneficio de la comunidad, y porque no hizo lo mismo con los otros portales? no soy presidente ni vocal del portal , el vocal de mi portal no vive en la comunidad y aparte es analfabeto por lo que no me puede ni sabe informarme de nada .Que puedo hacer? puedo como propietaria pedir explicaciones y el contrato para ver si es verdad que nos beneficiamos?