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Rescate en forma de renta de plan de pensiones a los 10 años

3 respuestas
Rescate en forma de renta de plan de pensiones a los 10 años
Rescate en forma de renta de plan de pensiones a los 10 años
#1

Rescate en forma de renta de plan de pensiones a los 10 años

Buenos días, 

Me gustaría saber si alguien sabe sobre el tema de planes de pensiones y la posibilidad de rescatar las participaciones con 10 años de antigüedad, si existe la posibilidad de que eso se haga en forma de renta, o si es solo en forma de capital.

Además, ¿Este rescate es compatible con seguir aportando? Es decir, en un plan con contingencia de jubilación, rescatar las participaciones con 10 años de antigüedad y seguir aportando al mismo plan es posible?

Y si en su lugar fuesen distintos planes? Es posible rescatar las participaciones con 10 años de antigüedad de uno y seguir contribuyendo a otro?

Gracias!
#2

Re: Rescate en forma de renta de plan de pensiones a los 10 años

Diría que no haya limitaciones a rescatar como capital, renta o mixto sea cual sea la contingencia o supuesto especial de liquidez que se alegue.

 Una vez se empieza a cobrar un plan de pensiones por una contingencia, si se sigue aportando dinero a ese u otro plan, NO puede rescatarse por la misma contingencia. Esto es lo que dice la ley:
 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-3453 
Con carácter general, no se podrá simultanear la condición de partícipe y la de beneficiario por una misma contingencia en un plan de pensiones o en razón de la pertenencia a varios planes de pensiones, siendo incompatible la realización de aportaciones y el cobro de prestaciones por la misma contingencia simultáneamente.
A partir del acceso a la jubilación, el partícipe podrá seguir realizando aportaciones al plan de pensiones. No obstante, una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia.

Ahora bien, para el supuesto de los 10 años, sí se permite seguir aportando si todavía no se han alcanzado las condiciones para cobrar la pensión:

 la percepción de los derechos consolidados correspondientes a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad, al amparo de lo establecido en el artículo 9.4 y la disposición transitoria séptima de este reglamento, será compatible con la realización de aportaciones a planes de pensiones para contingencias susceptibles de acaecer



#3

Re: Rescate en forma de renta de plan de pensiones a los 10 años

Entonces, lo que quiero decir es, teóricamente podrías rescatar y a la vez aportar?

Suena algo contraituitivo, pero es para el caso de discapacidad, que ahora mismo la tributación está exenta hasta una determinada cantidad, por saber si a partir del año 10 podría retirar de un plan y seguir aportando a otro, por ejemplo, y mientras siga trabajando seguir beneficiándome de la deducción. Eso es lo que no me queda claro aún de la lectura de la norma...

Un saludo.
#4

Re: Rescate en forma de renta de plan de pensiones a los 10 años

por los párrafos que te he copiado, sí parece que se puede seguir aportando.