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Curatela representativa - IRPF

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Curatela representativa - IRPF
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Curatela representativa - IRPF
#1

Curatela representativa - IRPF

En diciembre de 2023 tome posesión en el juzgado del cargo de curadora representativa de un familiar.
Con respecto a mi declaración de la renta de 2023 entiendo que en situación familiar ¿debo incluirla como    Hijos y descendientes menores de 25 años o personas con discapacidad que conviven con el/los contribuyente/s  y en la casilla 78 ( fecha de adopción/acogimiento permanente/preadoptivo) poner la fecha exacta de la toma de posesión del cargo (aunque yo realmente no he adoptado ni preadoptado a este familiar)?   Con esa fecha - dic 2023 en la deducción por descendiente con discapacidad a cargo me corresponde deducir 100euros en este ejercicio fiscal.  ¿es correcto?

Una cuestión más- Este familiar es biológicamente mayor que yo, con lo que incluyendolo en el apartado de hijos y descendientes menores de 25 años o personas con discapacidad que conviven con el/los contribuyentes me sale un error de que revise las fechas de nacimiento de ambos ¿ignoro ese aviso, verdad?

Gracias
#2

Re: Curatela representativa - IRPF

Yo creo que tendrías que tomar en cuenta la fecha en que se le reconoció la discapacidad. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Curatela representativa - IRPF

Eso es lo que inicialmente pensé. La deducción seria de 1200€ con lo que salgo ganando. Pero realmente no sé si es lo correcto.
La discapacidad es de 1992, el tutor anterior falleció en noviembre 2022. Yo inicié tramites de jurisdicción voluntaria para asumir el cargo y hasta dic del 2023 no hubo citación del juzgado para aceptar el cargo.
#4

Re: Curatela representativa - IRPF

¿Y la convivencia contigo cuándo empezó?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Curatela representativa - IRPF

Pues este familiar esta interno en un centro de diversidad funcional, tiene un 87% discapacidad psíquica. Yo le doy soporte para los pagos del mismo y la gestión del patrimonio desde dic del 22, al fallecer su anterior tutor (aunque oficialmente no me nombraron hasta dic 23)
Tengo entendido que debe residir contigo (no es el caso) o depender económicamente de ti (parcialmente es así).
#6

Re: Curatela representativa - IRPF

OK, queda claro. 
Efectivamente tienes que considerar la fecha de la curatela. Pero no hay que hacer cálculo proporcional porque el derecho se devenga según la situación al 31 de diciembre.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Curatela representativa - IRPF

para el mínimo por descendiente se toma la situación a 31/12 como dices, por tanto es indiferente el día que se considere para el inicio de la curatela; pero para los 100 euros/mes de deducción por descendiente por discapacidad sí es importante esa fecha, ya que se puede empezar a aplicar solo a partir del primer mes en que sea efectiva.
#8

Re: Curatela representativa - IRPF

Entonces ¿el mínimo por descendiente es lo de mínimo personal y familiar para calcular el gravamen? ¿eso es lo que no se prorratea, no?  y en lo de la casilla 78 es donde sí debo poner la fecha de aceptación del cargo (como si fuera la de adopción) que al ser diciembre prorrateara los 1200 anuales y corresponden solo 100 este año.      
Esto me parece lo más razonable.  ¿Lo pongo así pues en la renta?

Gracias a ambos

#9

Re: Curatela representativa - IRPF

así es, el mínimo por descendiente entero y la deducción mes a mes.
Yo no controlo el tema de qué fecha se puede tomar, pero parece razonable que es cuando se acepta, pues por ejemplo, según indica la Comunidad de Madrid:
" El cargo se comienza a ejercer desde el momento en que se toma posesión del mismo ante el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado que ha dictado la resolución en la que se ha producido la designación. "