Igualmente en todas las casas de apuestas puedes solicitar un informe de las ganancias/perdidas a lo largo del año, para saber si obtuviste beneficio o no y la cantidad.
En primer lugar, muchas gracias por tu respuesta!, sabes si por ejemplo gané 7000 pero perdí 8000, osea tuve perdidas, quieres decir que no tendría que declararlo, verdad? Sé que la aeat puede saber lo que he ganado pero no sé si saben lo perdido. Y también estoy en duda de si presentarla (me devuelven 64€) o no, a ver si encima me van a dar ese dinero para después sancionarme con bastante más, yo estoy seguro de que he tenido perdidas
Si no obtuviste beneficio al final del año no tienes que declarar. Y lo mejor es presentarla para que te devuelvan los 64 euros que te retuvieron
Bueno al final los ingresos y las retiradas que hagas en las casas de apuestas queda reflejado en tu cuenta bancaria o como te digo puedes solicitar un informe en las mismas, por lo que en caso de que te reclame algo hacienda (que seria muy raro) es facil de demostrar si tuviste mas perdidas que ganancias.
¡Hola a todos!Estoy en el proceso de hacer mi declaración de la renta para el año fiscal 2023 y tengo una pregunta sobre cómo declarar una vivienda en la que soy copropietario. Tengo el 5% de la propiedad, mientras que mis padres, quienes viven allí como residentes habituales, poseen el 95%.Durante el 2023, viví en esa propiedad desde el 1 de enero hasta el 21 de diciembre como residente habitual. Sin embargo, a partir del 22 de diciembre, ya no viví allí. Ahora estoy tratando de completar el apartado que pide el número de días a disposición de los titulares de la propiedad en mi declaración de renta.Mi pregunta es: ¿debo declarar los 365 días del año fiscal 2023 en los que estuve a disposición de los titulares, o solo los días desde el 22 hasta el 31 de diciembre, que serían 10 días? Agradecería mucho sus consejos y orientación sobre este tema.¡Gracias de antemano por su ayuda!
Las ganancias derivadas del juego y las apuestas online deben presentarse en el apartado de Ganancias y pérdidas de carácter patrimonial. Cuando las ganancias del usuario son superiores a 1.600€, en ese caso si se deben liquidar ante Hacienda.