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Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

10 respuestas
Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta
Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta
#1

Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Buenas días,

Cumpli 65 años en junio del año pasado (2022).
Quiera saber si al vender mi vivienda habitual en septiembre también del año pasado, y comprar una nueva, la ganancia del 50% queda exenta y no debo incluirla en la declaración. Y sólo declararía el otro 50% que corresponde a mi mujer. Sería correcto?
Muchas gracias por anticipado

#2

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Se supone que tu mujer es menor de 65 años.

Si es así, es correcto.

Un saludo.
#3

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Muchas gracias, Batiscafo
#4

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Buenas  noches:

La venta de la vivienda por persona mayores de 65 años está exenta y, solamente, es necesario que tenga uno de los propietarios esa edad, ya que se trata de un bien indivisible.

Cuando se vende una parte o proporción de la vivienda no se vende la vivienda habitual, ya que solamente se vende esa parte. Para que ello se produzca, es necesaria  la colaboración de los restantes dueños y entonces si se produce la venta de la vivienda habitual, ya que una parte no es la vivienda habitual.

Lo que está exento es la venta de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. No está exento la venta de una parte de la vivienda habitual.

Es decir, si no se vende también por tu mujer su parte, no se realiza la venta de la vivienda habitual. Por lo que, la parte que corresponde a tu mujer también está exenta.

Saludos.

Legislación Ley del IRPF

<<Sección 4.ª Ganancias y pérdidas patrimoniales
Artículo 33. Concepto.

4. Estarán exentas del Impuesto las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto:

  • b) Con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.>>


#6

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

 ¿Qué come?, ¿qué bebe?, ¿cuántas horas duerme?. Es Vd. raro, muy raro. 
#7

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Perfecto Batiscafo, es la respuesta muy aclaratoria e incluso he deducido cuestiones que ignoraba. Ahora lo tengo más claro el tema
Muchas gracias
Sin embargo después de leer las respuestas vinculantes,  cuando en un párrafo dice que el cónyuge menor de 65 años también estará exento cuando la cantidad reinvertida sea del 50 por ciento del importe obtenido en la venta.
En nuestro caso, la cantidad invertida en total ha sido un 75% del importe obtenido. Estaría mi
 mujer exenta?
Entiendo que si; 
Muchas gracias por anticipado
#8

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

(Copio y pego de la Ley IRPF)

Artículo 38. Ganancias excluidas de gravamen en supuestos de reinversión.

1. Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
 
Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.

(
Fin de la copia)

Cuando introduces en Renta WEB los datos de la operación de la venta, el programa te pregunta el importe que has destinado a la reinversión y te calcula automáticamente la cantidad de la  ganancia exenta y la no exenta.

Un saludo.

 
 

#9

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Ok Batiscafo entendido y aclarado
Muchas gracias
#10

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Buenas tardes:

Hay preceptos que eliminan las plusvalía de venta de vivienda:

  • Reinversión en otra vivienda habitual, mayores y menores de 65 años
  • Venta por mayores de 65 años de la vivienda habitual. No hace falta reinversión
  • Constitución de un fondo vitalicio para ventas para mayores de 65 años, cuando no es vivienda habitual.

El hecho material de la venta de la vivienda habitual por un matrimonio, en gananciales, con uno de ellos mayor de 65 años es el siguiente:

  • La venta ha de ser total, ya que en cada elemento se aplica el parámetro de ganancial.
    • Si se vende el 5 %, el 2,5 % corresponde al otro cónyuge y así por cada infinitésima parte que se haga.
      • De tal forma que ningún cónyuge puede vender su parte de la  vivienda habitual por separado.
  • Se va a suponer el caso de que cada cónyuge, en modo ganancial e incluso en separación de bienes, pudiera vender su parte por separado.
    • Admitida esa premisa, en la vivienda habitual, queda un vínculo que es el derecho al usufructo de un cónyuge del 50 % propiedad del otro cónyuge.
      • El usufructo ningún cónyuge lo puede vender, ya que no es propietario del fruto sino solamente del derecho a usarlo, además es de modo compartido, al constituir el domicilio conyugal.
      • Los esposos suman los frutos del que son propietarios
        • Comparten los usufrutos respectivos de forma conjunta.
    • Para vender cada uno por separado, ya lo dice el Código Civil, es preciso que el otro cónyuge acceda con la renuncia al usufructo, en el acto de la venta.
      • No puede darse el caso jurídico de que se renuncia, de forma jurídica, al usufructo de la vivienda y se siga de hecho viviendo en ella, porque es incompatible jurídicamente y en toda lógica.
    • Esa renuncia constituye la intervención en la venta de la parte de un cónyuge por el otro.

Así pues, en el caso de que una persona sea mayor de 65 años, se interviene en la venta de la otra parte de la persona,  que es menor de 65 años ,y pasa a ser una venta por la persona mayor de 65 años también. La venta es conjunta. Para la venta de la vivienda habitual se necesitan las dos voluntades, independiente del porcentaje de propiedad que se tenga en la vivienda cada uno de los cónyuges.

La venta de la vivienda habitual, con unos de los cónyuges mayor de 65, está totalmente exenta por ser vivienda habitual.

Saludos.
#11

Re: Exención de la ganancia patrimonial mayor 65 años - Declaración de la Renta

Lo dicho, es Vd. raro, muy raro