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Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad

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Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad
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Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad
#1

Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad

A la hora de rellenar este apartado, tengo dudas de interpretación y no se en cuanto afecta o no al resultado.

Preguntan y no se si tengo que responder de manera obligatoria o no, o si afecta o no al resultado del mismo:
 
Indique si está obligado a declarar (Si/No) 

Si va a presentar declaración conjunta, indique si existe obligación de declarar en ese tipo de tributación ( Si/No) 

Por otro lado, el cónyuge afectado con la discapacidad recientemente ha pasado de 33 a 65, en cuanto afecta el grado de discapacidad, es igual si es 33 o 65%? 
#2

Re: Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad

La discapacidad de 65% resta un mínimo mayor que se resta de los ingresos, por tanto, si la resolución se la reconoce con fecha de algún día de 2021, mejor ponerlo al principio de la declaración en la situación de discapacidad. Pero no cambies la fecha de concesión de la discapacidad en la parte de la deducción por cónyuge discapacitado, deja la antigua, porque si no, te dan los 100 euros solo a  partir de la fecha nueva.

La cuestión de indicar si se tiene la obligación de presentar la declaración, es porque hay gente que a lo mejor solo presenta la declaración para cobrar los 100 euros/mes de deducción por cónyuge con discapacidad, no tiene obligación de presentarla, y si se consideraran sus ingresos, le podría salir a pagar. Con lo cual, a lo mejor le devuelven 1.200 euros de la deducción - 300 euros que le salen a pagar.
 Marcando que NO se tiene obligación (si es verdad) entonces no se considera esa cuota a pagar de los rendimientos y se reciben estrictamente los 100 euros/mes por los meses que correspondan.