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Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF

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Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF
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Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF
#1

Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF

Buenos días,

os planteo la siguiente duda a ver si me podéis echar una mano.

He tenido unos ingresos de algo más de 17.000€ por los que me han aplicado una retención de unos 1.100€. 
Al entrar en el borrador me aparece el mensaje de "NO OBLIGADO" y me salen a pagar 220€ aprox.
Con estos datos no estoy obligado a declarar y por lo tanto me ahorro de pagar esos 220€.

Pero al incluir 90€ de intereses de un depósito en CA Consumer, al cual no se aplicó retención alguna, el mensaje de "NO OBLIGADO" desaparece y aquí surge la duda, ¿Tengo que presentar la declaración?.

Sé que está el  límite de 1.600€ pero cuando se aplica la retención correspondiente, en mi caso, al no haberla, pues no tengo claro qué hacer.

Gracias por vuestro tiempo.
 
Saludos.

#2

Re: Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF


El problema es que los intereses de CA Consumer no tienen retención en España, por tanto no aplica el límite de 1.600 euros, que es para intereses CON retención o ganancias patrimoniales (fondos de inversión) con retención.
Por ello, al ser la suma de tus ingresos (rendimientos trabajo + rendimientos capital mobiliario) superior a 1.000 euros, estás obligado.


#3

Re: Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF

Gracias Bacalo por tu respuesta.

¿Puedes indicarme de dónde sale ese tope de los 1.000€?

¿Corresponde a la página 27 del ManualRenta2019?
Te paso copia de la nota a pie de esa página, hay dos tablas con las reglas.

(Quisiera aclarar que por la información dada desde el servicio telefónico de la Renta, no estoy obligado, pero no me fio, en alguna otra ocasión la información dada no ha sido correcta.)


""Contribuyentes no obligados a declarar: cuadro-resumen""

""Comentarios al cuadro:
La regla 2ª y sus límites son independientes de los contenidos en la regla 1ª, actuando en todo caso como criterio corrector de la regla 1ª para rentas de escasa cuantía. En consecuencia, si un contribuyente no está obligado a declarar por razón de la naturaleza y cuantía de las rentas obtenidas conforme a los límites y condiciones de la regla 1ª, no procederá la aplicación de la regla 2ª. Cuando, de la aplicación de los límites y condiciones de la regla 1ª, el contribuyente estuviera obligado a presentar declaración, debe acudirse a la regla 2ª y sus límites para verificar si opera la exclusión de la obligación de declarar al tratarse de rentas de escasa cuantía. Téngase en cuenta que en la regla 2ª no aparece enumerada la imputación de rentas.""


#4

Re: Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF

la "regla 1" que citas no aplica en este caso al tener rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención, que no se engloban en ninguna de las categorías de esa regla.
La "regla 2" es la que indica que no hay obligación de declarar si simultáneamente se cumple que la suma de rendimientos es inferior a 1.000 euros y las pérdidas menores de 500 euros.
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/_comp_Renta/_columnas__contenedor_Columnas_/_col_columna1/_AYUDA/Preguntas_frecuentes/Preguntas_frecuentes_sobre_Renta_WEB/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar__.shtml

Es el artículo 96 de la ley del IRPF
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764
Artículo 96. Obligación de declarar.

1. Los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones que reglamentariamente se establezcan.


2. No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes --->exclusivamente<----- de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta:


a) Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.


b) Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales --->sometidos a retención o ingreso a cuenta<-----, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.


Lo dispuesto en esta letra no será de aplicación respecto de las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención, conforme a lo que se establezca reglamentariamente, no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible.


c) Rentas inmobiliarias imputadas en virtud del artículo 85 de esta Ley, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.


En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

#5

Re: Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF

#6

Re: Obligacion de presentar la Declaración de Renta si se han obtenido intereses en depóstos en el extranjero. - IRPF

Entendido Bacalo.

Muchas gracias por tu ayuda.

Saludos!