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Cobro del Plan de Pensiones

20 respuestas
Cobro del Plan de Pensiones
Cobro del Plan de Pensiones
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#17

Re: Cobro del Plan de Pensiones

En donde te he faltado el respeto? o he sido maleducado? por que no lo veo por ninguna parte, el que tu digas que es un fraude de ley, es pegar patadas hacia arriba pero nada mas, la cosa es no dar el brazo a torcer

#18

Re: Cobro del Plan de Pensiones

Sin entrar en esos temas de falta de respeto o mala educación, que no creo yo tampoco que haya sido para tanto la cosa, la lectura completa del hilo me lleva a pensar que Bético tiene razón. Desde luego, ha sido el único que se ha apoyado en la ley para defender su postura, lo que para mi tiene mucho más valor que lo que te puedan decir en HNA. No quiero decir que en HNA mientan o asesoren mal, pero esa respuesta de ellos deberá estar basada en alguna ley y de momento no se ha aportado a este hilo documento alguno en este sentido.

Por otro lado, si la respuesta se basase en algún resquicio o laguna de la legislación actual, que en principio no veo por ningún lado, aprovechado para actuar contraviniendo el espíritu de la ley, estaríamos ante un fraude de ley tal y como dice Bético.

Quizás no sea él quien tiene que dar el brazo a torcer, aunque yo gustosamente daré el mio si vuestros argumentos me sacan de mi ignorancia.

Saludos

#19

Re: Cobro del Plan de Pensiones

Ratifico lo que he dicho, me he informado y un arquitecto puede a partir de la edad de jubilación y antes de los 70 años cobrar su plan de pensiones y seguir trabajando. La prestación del PP serán rendiemientos del trabajo en el IRPF.

#20

Re: Cobro del Plan de Pensiones

Al parecer, los mutualistas pueden percibir la prestación de jubilacion y seguir ejerciendo su profesion. por tanto, si están percibiendo una renta vitalicia por todos los años cotizados es de ley que tambien puedan rescatar sus PP privados, independientemente de que siguan ejerciendo su profesión,

no??? alguien puede corroborarlo??

gracias

#21

Re: Cobro del Plan de Pensiones

lEO muchas contestaciones, pero veo contradiccion, a los 65 años, en un sitios pone que sin mas justificacion puedes pedir el rescate el Plan. En otro sitio pone que al jubilarse, incluso Amparo en las causas pone: Jubilacion,... no la edad como causa/motivo suficiente, y de no jubilarse se justifique que no puede obtenerse... Yo no quiero solicitar la jubilacion y si quiero a los 65 saber si puedo EXIGIR EL PLAN.