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Donaciones entre familiares

15 respuestas
Donaciones entre familiares
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#1

Donaciones entre familiares

Un amigo me hace la siguiente consulta:
Al fallecer el padre se puso en el testamento que a la esposa le correspondía el usufructo universal y a los hijos la nuda propiedad.
En el reparto de la herencia se aplica el usufructo solo en las viviendas. Las cuentas de los bancos (unos 150.000 euros) se dan a los hijos y acciones, bonos y fondos a la viuda.
Alguno de los hijos( son 5) prefiere que la viuda disponga de la totalidad de los fondos y preguntan al abogado de la familia si se puede pasar el dinero de las cuentas del fallecido (que han heredado los hijos)a la nueva cuenta que ha abierto la viuda en el banco, solo a su nombre.
El abogado contesta lo siguiente:
Hasta ahora Hacienda no lo ha entendido como donación y además hay que tener en cuenta que las donaciones en la Comunidad de Madrid, están exentas entre padre e hijos en el 99 % de la cuota que pudiera corresponder, y quizás por esa razón no se meten con esta práctica que suele ser habitual en las herencias entre padre e hijos, que le permiten a la madre que siga disfrutando de la totalidad de los saldos por si los pudiera necesitar.
Esperemos que sea así.

Le he dicho a mi amigo que no me fio y que puede haber una inspeccion de hacienda al ser una cantidad importante.
Puede haber problemas o no?

#2

Re: Donaciones entre familiares

Entiendo que la disolución de Gananciales donde el 50% de los bienes gananciales se distribuye entre la Masa Hereditaria y los bienes de la viuda, ya esta realizada.

Que la Masa Hereditaria son los bienes a repartir según el testamento y donde se le deja a la viuda el usufructo universal y no su 1/3 de legitima. El usufructo se aplica a todos los bienes y no solo a los inmuebles, aunque la viuda puede renunciar y acogerse solo al legitimo viudal de 1/3.

Los repartos cuando se habla de porcentajes se refiere a sus valoraciones pero no a que cada bien se tenga repartir en dichos porcentajes, por tanto con una valoración de toda la masa hereditaria, el reparto puede acomodarse a las diversas necesidades o criterios.

Efectivamente en la Comunidad de Madrid, las donaciones entre padres e hijos, se encuentra bonificado su cuota tributaria en el 99%, por tanto solo tiene de coste los tramites notariales.

Saludos

#3

Re: Donaciones entre familiares

La disolucion de gananciales ya esta realizada y el reparto de lo del banco valorando al 10% el usufructo y al 90% la nuda propiedad. Despues de ello pregunto si lo que corresponde a los hijos se puede transferir a la cuenta corriente de la viuda sin mas, como dice el abogado de la familia, o puede haber problemas por considerarse una donacion sin declarar?

#4

Re: Donaciones entre familiares

Lo mas correcto es hacer la donación una vez que todos estén de acuerdo, el coste notarial no es representativo y el impuesto menos, por tanto es mejor que este legalizado mediante donación de efectivo.

Saludos

#5

Re: Donaciones entre familiares

Estoy de acuerdo contigo, pero en el caso de que no se haga asi y no se pague el impuesto, que consecuencias puede tener?

#6

Re: Donaciones entre familiares

Lo más fácil hubiera sido ponerse todos de titulares en esa cuenta y pasar allí el dinero, y luego que disponga la viuda o todos según acuerden, nadie se hubiera metido en semejante plan, además que la mitad del dinero si era ganancial, ya era de la viuda.
Mas correcto y justo todavía, se calcula el 10% del dinero heredado (su parte) mas lo ganancial y se traspasa a la cuenta de la viuda. El resto se reparte entre los hijos o se mete en una cuenta de los 5 hijos. Con eso desaparece el usufructo y se queda ya todo preparado para cuando fallezca ella, y se sabe qué todo el dinero de esa cuenta entra en su herencia y todo lo demás no.

Un saludo

#7

Re: Donaciones entre familiares

Efectivamente, eso es lo correcto.
Otra pregunta: en el caso de que transcurra el mes sin haber pagado el impuesto de sucesiones, se pierde la reducción del 99% de Madrid o es posible pagar el impuesto con reducción mas la multa de demora?

#8

Re: Donaciones entre familiares

Se pierde. Hay que autoliquidar en un mes desde la donación. Otra cosa es que puedas rehacer la operación de manera que la donación se haga ahora, o que se acepte expresamente ahora en una escritura y se considere ese día de la aceptación como el del devengo del impuesto.

Un saludo

#9

Re: Donaciones entre familiares

Pero hay algún plazo para aceptar una donación dineraria, una vez ingresados los fondos en la cuenta?
Se puede rechazar la donación? Cual es el procedimiento?

#10

Re: Donaciones entre familiares

No es que haya plazo, todo esto es ya cuestión de interpretaciones de unos y de otros, el haberlo hecho mal te puede complicar la vida ahora al intentar hacerlo bien.
Tienes dos opciones, o bien documentar ahora la operación y hacer la aceptación expresa, declarar y pagar el impuesto con la bonificación y esperar que lo acepten sin más.
O bien resetear la operación y hacerla bien, devolver el dinero y volver a hacer la transferencia y hacer lo de la escritura e impuesto en el mes siguiente, y una vez mas, esperar que no haya complicaciones.
No te puedo decir que opción es mejor.

Un saludo

#11

Re: Donaciones entre familiares

Solo estoy hablando de supuestos, le he preguntado a mi amigo y todavía no se ha hecho nada.
Si se hubiera hecho la transferencia del dinero de la herencia de los hijos a la cuenta de la viuda y hacienda lo detecta y se abre expediente, se investiga una posible donación.
Ya seria tarde para hacer la aceptación expresa y pagar el impuesto con reducción?
Habría que pagarlo sin reducción?

#12

Re: Donaciones entre familiares

Aunque se investigara la posible donación, se podría luchar contra esa presunción, siempre que por ejemplo no se hubiera gastado ya el dinero o hubiera transcurrido mucho tiempo. Se puede argumentar que no se ha aceptado todavía y que por tanto no se ha confirmado y devengado el impuesto. Ese argumento se va al traste si se ha dispuesto del dinero, y pierde fuerza conforme pasa el tiempo. Hay que ver el caso concreto para estudiar la defensa y los pasos a seguir.

Si consideran que la donación ya se hizo y se declara fuera del plazo, se pierde la reducción, por lo menos aquí en CLM, en Madrid probablemente igual.

Un saludo

#13

Re: Donaciones entre familiares

En este caso, el abogado de la familia a propuesto para que la viuda pueda disponer del dinero de las cuentas que han heredado sus hijos, que sea un préstamo dinerario a interés cero. Se transfiere el dinero bloqueado de las antiguas cuentas del fallecido y la viuda en gananciales( que han heredado los hijos) a la nueva cuenta abierta por la viuda, pero como un préstamo. Se hace un contrato privado y se presenta en hacienda con coste cero de impuestos.La ventaja que veo es que si fallece la viuda sin devolver el préstamo, la deuda se restaría de la masa hereditaria y se reduciría la futura carga impositiva del impuesto de sucesiones, lo que no ocurre si fuera una donación.

#14

Re: Donaciones entre familiares

No me parece buena solución, huele a chanchullo a distancia, un préstamo se supone que se tiene que devolver. Lo mismo no pasa nada, pero no me gusta.
Además, las deudas con los herederos no son deducibles en el impuesto de sucesiones, no conseguiría ese ahorro fiscal que dices.

Un saludo

#15

Re: Donaciones entre familiares

Y quien dice que no se vaya a devolver en vida.Depende de lo que viva la viuda.
Si no es deducible para el impuesto de sucesiones es mejor devolverlo en vida para no pagarlo dos veces.
Yo no veo ninguna ilegalidad.