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Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme

4 respuestas
Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme
Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme
#1

Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme

Buenos días.

Soy residente en la provincia de Cádiz. El pasado mes de septiembre de 2023 conseguí un trabajo en Asturias (yo estaba desempleado y cobrando la subvención de mayores de 52 años) y me trasladé hasta Asturias con un contrato indefinido. Estuve allí casi 3 meses, desde septiembre a noviembre de 2023, ya que la empresa consideró que no había superado el periodo de prueba. Cuando me trasladé a Asturias, firmé un contrato de alquiler anual, pero no llegué a empadronarme. Afortunadamente, llegué a un acuerdo amistoso con el propietario de la vivienda de Asturias para poder abandonar el piso con la única penalización por su parte de que se quedaba con la mitad del mes de fianza que había pagado.

En definitiva: no hay empadronamiento en el municipio al que me trasladé, pero sí contrato de alquiler y, obviamente, en mi vida laboral consta estos meses de trabajo en el municipio de Asturias. Facturas de luz y agua tampoco tengo, ya que no se realizó en cambio de titularidad de estas facturas, aunque estaba previsto hacerlo. Sí tengo factura del operador de Internet durante el tiempo que estuve allí. ¿Podría aplicarme la deducción por movilidad geográfica con estas premisas?

Muchas gracias y saludos.


#2

Re: Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme

Sí, podrás aplicártela sobre los rendimientos obtenidos en ese trabajo. Con el contrato de arrendamiento de la vivienda de Asturias es más que suficiente en caso de tener que justificar su aplicación 
#3

Re: Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme

Muchas gracias. ¿Se requieren unos ingresos mínimos de ese trabajo en Asturias para aplicar la deducción o eso es un factor que no influye? 

Saludos.
#4

Re: Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme

Este beneficio fiscal supone incrementar en hasta 2.000€ los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo procedentes del empleo que ocasiona el desplazamiento. Si, por ejemplo, de ese trabajo has cobrado 4.000€, tendrás que restarle los gastos previstos en el artículo 19 letras a) a e) de la Ley del IRPF (seguridad social, sindicato, etc), si el importe resultante es superior a 2.000€, entonces podrás aplicar este incremento.
#5

Re: Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme

Aclarado entonces. Muchas gracias.