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IVA compra de vivienda

10 respuestas
IVA compra de vivienda
IVA compra de vivienda
#1

IVA compra de vivienda

Buenas noches.

Mi mujer y yo vamos a comprar en breves un piso que nos han dicho que puede tener un IVA del 4% o un IVA del 10%. ¿Como podemos saber que IVA nos corresponde? Nos han dicho en la inmobiliaria que nos confirmaba el IVA la próxima semana porque no sabía cual nos correspondía.

Nosotros tenemos ambos 30 años y es la primera vivienda que adquirimos aunque yo tengo un 45% de otros piso y un 45% de otra casa por herecia de mi padre que fallecio en el año 2013.

Os agradecería la ayuda.

Muchas gracias.

Un saludo.

#2

Re: IVA compra de vivienda

Mira en el enlace la columna de tipos de la derecha.

En la página 1 verás las que van al 10%: viviendas en general.

En la página 3 verás las van la 4%.

: 6º. Las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, cuando las entregas se efectúen por sus promotores, incluidos los garajes (con un máximo de dos unidades), y anexos situados en el mismo edificio que se transmitan conjuntamente

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Empresas_y_profesionales/Novedades_IVA_2012/Nuevos_tipos_IVA_es_es.pdf

Un saludo.

#3

Re: IVA compra de vivienda

Muchas gracias, lo que figura ahí lo tengo claro lo que me confunde es esto que he leído aqui http://www.farodevigo.es/galicia/2013/04/15/xunta-aplica-marzo-subida-7-10-impuesto-transmisiones/791416.html. y que recientemente le han aplicado a un amigo.

"Se establecen varios tipos de bonificaciones para este clase de bienes inmuebles. Cuando el adquiriente disponga de un patrimonio inferior a los 200.000 euros, el tipo impositivo será del 8%, que se rebaja al 4% si los compradores son personas con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, cuando se trate de familias numerosas con un determinado patrimonio o cuando se trate de menores de 36 años y no superen los 200.000 euros de patrimonio."

Qué se considera patrimonio? Dinero en cuenta + Propiedades? Recientemente he heredado y tengo un % de propiedades valoradas en 150.000 € según el impuesto de transmisiones.

Muchas gracias.

Saludos

#4

Re: IVA compra de vivienda

Eso a lo que te refieres no es para el IVA sino para el Impuesto de Transmisiones. O sea, para vivienda de segunda mano.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: IVA compra de vivienda

Ok. Gracias.

La vivienda que vamos a adquirir estuvo alquilada 2 años con opción a compra pero cuando los inquilinos quisieron comprar el banco no les dio la hipoteca y volvió a pertenecer a la promotora. Se considera esto vivienda de segunda mano? El edificio tiene 6 años desde que lo terminaron.

Gracias.

Un saludo.

#6

Re: IVA compra de vivienda

Tal como lo planteas y en mi opinión, estaría sujeta a IVA.

Se consideraría primera transmisión por haber estado alquilada con opción a compra.

Un saludo.

#7

Re: IVA compra de vivienda

El promotor me ha indicado que la vivienda cuenta como vivienda nueva pero aun no me han confirmado el IVA que tendré que pagar.

¿Alguien sabe del tema? Tanto mi mujer como yo somos menores de 36 años y tenemos un patrimonio inferior a 230.000 €. En Galicia creo que está bonificado para las personas que cumplimos estos requisitos.

http://www.atriga.es/es/web/atriga/tributos-da-comunidade-autonoma/transmisions-patrimoniais-e-actos-xuridicos-documentados/resumo-medidas-normativas-da-ccaa-e-beneficios-fiscais

http://www.atriga.es/documents/16561/139711/ResumenMedidasNormativasCCAA-BeneficiosFiscales-ITPyAJD-cas.pdf/c12dc5a6-f33c-41dd-bfda-b2fef25c3884

Muchas gracias.

Un saludo.

#8

Re: IVA compra de vivienda

Ya te ha respondido Juan Lackland en comentario 4.

El enlace que aportas en para las viviendas usadas que se liquida en la Xunta de Galicia y que tributan por el Impuesto de Transmisiones Onerosas.

Si os la vende el promotor y está sujeta a IVA (primera transmisión), el tipo podrá ser del 4% o del 10% según sea de protección oficial o no. Y evidentemente, no tendréis que pagar el Impuesto de Transmisiones Onerosas.

Por tanto tienes que esperar a la respuesta del promotor para qué te indique el tipo. Aunque me extraña que te tarde tanto en darte una respuesta y que lo desconozca.

Un saludo.

#9

Re: IVA compra de vivienda

Ok. Muchas gracias.

No, no es de protección oficial. Creo que nos tocará pagar el 10%, no queda otra. Gracias.

#10

Re: IVA compra de vivienda

He encontrado una exención para poder pagar un impuesto del 4%, comentar que el piso estuvo alquilado 2 años y medio.

Enlace: http://www.inmodiario.com/150/19864/exencion-iva-segunda-trasmision-local-comercial.html
Enlace 2: http://www15.gencat.cat/ecofin_dgt/AppJava/cercador?op=detall¶ulesclau_totes=iva&etribut=consultes&consulta_datainicial=01112013&consulta_datafinal=31012014&pageNumber=1&ta=consultes&id=10705089
Enlace 3: https://books.google.es/books?id=Eh2FF-AKqVMC&pg=PA729&dq=%22No+obstante,+no+tendr%C3%A1+la+consideraci%C3%B3n+de+primera+entrega+la+realizada+por+el+promotor%22&hl=es&sa=X&ved=0CB8Q6AEwAGoVChMI_Nic1rifyAIVTJseCh1BZwbz#v=onepage&q=%22No%20obstante%2C%20no%20tendr%C3%A1%20la%20consideraci%C3%B3n%20de%20primera%20entrega%20la%20realizada%20por%20el%20promotor%22&f=false

Texto que abre la esperanza al 4%: "No obstante, no tendrá la consideración de primera entrega la realizada por el promotor después de la utilización ininterrumpida del inmueble por un plazo igual o superior a dos años por su propietario o por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de contratos de arrendamiento sin opción de compra, salvo que el adquirente sea quien utilizó la edificación durante el referido plazo. No se computarán a estos efectos los períodos de utilización de edificaciones por los adquirentes de los mismos en los casos de resolución de las operaciones en cuya virtud se efectuaron las correspondientes transmisiones”.

¿Qué opinais?

#11

Re: IVA compra de vivienda

22.ºA) Las segundas y ulteriores entregas de edificaciones, incluidos los terrenos en que se hallen enclavadas, cuando tengan lugar después de terminada su construcción o rehabilitación.

A los efectos de lo dispuesto en esta Ley, se considerará primera entrega la realizada por el promotor que tenga por objeto una edificación cuya construcción o rehabilitación esté terminada. No obstante, no tendrá la consideración de primera entrega la realizada por el promotor después de la utilización ininterrumpida del inmueble por un plazo igual o superior a dos años por su propietario o por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de contratos de arrendamiento sin opción de compra, salvo que el adquirente sea quien utilizó la edificación durante el referido plazo. No se computarán a estos efectos los períodos de utilización de edificaciones por los adquirentes de los mismos en los casos de resolución de las operaciones en cuya virtud se efectuaron las correspondientes transmisiones.

Lo anterior es una copia del apartado 22 del artículo 20 del IVA, referente a las exenciones.

Y vas a llevar razón, si el contrato se realizó CON OPCION DE COMPRA, no es primera entrega.

Disculpa el error.

Un saludo.