Acceder

Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios

22 respuestas
Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios
1 suscriptores
Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios
Página
1 / 3
#1

Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios

Mi colega Carlos, de 40 años de edad y soltero, vivía con su madre Maria, su padre Pedro y su tía soltera Teresa. Teresa y María eran hijas del abuelo Abelardo.

Abelardo falleció hace mucho y la tía Teresa dejó su herencia a su sobrino como heredero universal. Los bienes de la tía Teresa eran un modesto depósito en una antigua caja de ahorros (cuyo nombre ahora contiene una 'k') y el saldo de una libreta de ahorro. También creía que era propietaria al 50% de una casa del pueblo con su hermana (María, la madre de mi colega Carlos) pero resulta que el abuelo Abelardo murió sin testamento.

¿Tendrá que pagara Carlos gastos por la transmisión del 50% de la casa de su abuelo Abelardo a su tía Teresa?

Desde luego, sí que tendrá que pagar por la recepción de los bienes de su tía pero la casa sigue estando en el registro de la propiedad a nombre del abuelo Abelardo. Entonces, ¿se paga solo una transmisión o dos (abuelo -> tia -> Carlos)?

#2

Re: Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios

Carlos tendría que pagar todos los gastos si quiere inscribir la casa al 50% a su nombre (el otro 50% estaría a nombre de su madre), lo que también te digo por experiencia que es un caso bastante lioso pues habrá de realizarse la declaración de herederos del abuelo, juntarlo con el testamento de la tia, aceptarlo todo su madre y él (supongo que el abuelo no tuvo más hijos), pagar impuestos de la herencia de la tia, presentar como prescrito el del abuelo (o solicitar la prescripción) e inscribir.

Respecto al Registro, estamos en un caso de caso tracto abreviado (inscripción de dos documentos "de golpe"), pero no te sé decir a cuánto ascenderían los costes del mismo.

#3

Re: Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios

Su duda es si tendría que pagar más por recibir la herencia así, desde su abuelo, o si fuera directamente desde su tía. Realmente, solo tiene una opción: buscar quien le haga todos los trámites necesarios y pagar lo trámites y su realización.

Supongo que será muy habitual que los bienes inmuebles estén inscritos aún a nombre de una persona fallecida hace mucho que ni hizo testamento y del cual sus hijos dispusieron según su voluntad... Mientras no sale de la familia no suele haber problemas pero a la hora de venderlos es un fastidio que puede durar años.

#4

[OT]: 'Levantar' la inscripción de una hipoteca

Saludos!

En Rankia ya se comentaron las consecuencias de no levantar o cancelar la inscripción de una hipoteca (posiblemente este trátime tenga otro nombre pero creo que se entiende) pero no los recuerdo: ¿Es realmente conveniente gastar dinero en ese trámite (que creo recordar que lo era y mucho) y en qué condición queda quien ha devuelto un crédito hipotecario pero no cancela la inscripción de la hipoteca?

Por otra parte, en España, ¿qué es exactamente un préstamo hipotecario si para cualquier préstamos se solían pedir bienes como garantía?

#5

Re: Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios

Se hace en un solo acto pero hay dos transmisiones si o si; del abuelo Abelardo a sus hijas Teresa y María la casa, y de la Tia Teresa al sobrino la mitad de la casa y los saldos.
Como dice Kyrie, la primera transmisión estaría prescrita y no paga sucesiones, la segunda si está en sin prescribir, si pagaría y bien al ser el adquirente grupo III.
Parece ser que hay una corriente en derecho que considera que en este tipo de transmisiones sucesivas sin aceptar se pueden considerar una única transmisión directa, pero la Administración Tributaria está bastante lejos ahora mismo de aceptar semejante criterio.

Un saludo

#6

Re: Herencia sin testamento: caso real con nombres ficticios

Hombre, a veces lo he visto, pero tampoco es lo más común....

Y respecto al pago de impuestos leopol te lo ha dicho ya todo.

#7

Re: [OT]: 'Levantar' la inscripción de una hipoteca

En primer lugar que, como dice un amigo mio notario, "Cuando la hipoteca está muerta hay que enterrarla", yo añado que puedes dejar que se pudra ahí durante 20 años.

¿Puedo dejar que pasen esos 20 años? Sí, desde luego, pero aconsejo lo contrario; no porque el banco te vaya a reclamar que pagues, pues ya has pagado, sino porque si necesitas vender ningún comprador, salvo muy amigos y que se fíen mucho de ti, va a consentir comprar una casa con una hipoteca anterior si no la cancelas, y seguro que si vendes el piso es porque lo necesitas y no vas a estar precisamente boyante de dinero paga pagar gastos notariales y registrales, así que mejor dejarla cancelada por si acaso.

Respecto al préstamo hipotecario, este concepto se divide en dos partes, préstamo e hipotecario. Todos sabemos que un préstamo es "te doy dinero para que me lo devuelvas con intereses", pero al añadir el adjetivo de hipotecario significa que la casa que tiene la hipoteca garantiza el pago del préstamo y que, en caso de que no se pague, la casa responde primero, y luego tu; en un préstamo personal, por ejemplo, es lo mismo, pero respondes tu directamente, de ahí lo de personal.

#8

Re: [OT]: 'Levantar' la inscripción de una hipoteca

Buenas tardes!!

En el año 2007 compré al contado una vivienda al promotor-constructor. En la Escritura de compra-venta figura que la hipoteca que éste tenía estaba cancelada económicamente y se adjunta una carta de la Caja que así lo corrobora. Hace unos años que este promotor está en quiebra.
¿Como puedo hacer para la Escritura de cancelación en el registro?

Un saludo

Guía Básica