Buenas, perdonad por la tardanza pero estoy a la espera de que el notario, un tercero al que vamos a ir a escriturar me aclare todo bien. Yo hablé con el alcalde y la casa es una vivienda, con agua, luz y servicios, me dijo que ni está declarada ruina ni nada, que si la quiero reformar pida licencia de obra menor y al lio, que está al corriente de todos los pagos, etc. Un arquitecto me ha dicho que se puede reformar sin tirarla, que de momento no se cae.
Otro recibo de un solar urbano del pueblo, que aun figura como casa construida en el catastro y registrada en el registro, muy similar a esta, tiene los mismos valores a 0 y los otros 2 un poco más baratos, pues son menos metros, pero es igual. Me imagino que debe ser asi en ese pueblo. Hablamos de un pueblecito de 80 habitantes, que no se si tendrá que ver en que esté más dejado...
El tema que me preocupa ahora es que la casa, de 1920, no está registrada en el registro. Según quien me lo vende el notario ha dicho que ellos se encargan, que escrituramos y lo envían al registro directamente desde la notaria, pero mirando por internet leo que pueden pasar cosas como expediente de dominio para ver el tracto sucesorio, tener que pagar 2 escrituras y 2 ITPs, que haya que ponerlo en el tablón del pueblo 1 mes por si alguien reclama y que según la ley hipotecaria alguien podría reclamar en un plazo de 2 años. Lo que no se es si esto afecta a este caso, me lo tendrá que aclarar el notario mañana si consigo hablar con el pasante, que llevo 2 dias intentándolo...
Un saludo y mañana os cuento lo que me digan.