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Venta de piso de herencia de 3 hermanas

7 respuestas
Venta de piso de herencia de 3 hermanas
Venta de piso de herencia de 3 hermanas
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#1

Venta de piso de herencia de 3 hermanas

mi esposa esta jubilada desde los 60 años ,en agosto cumplira 65 y a cobrado 15000e.de la venta de un piso heredado , mi esposa esta cobrando complementos a minimos de su pension y parece ser que este ingreso de 15000e. no es compatible con los complementos de la jubilacion por favor alguien puede decirme que tenemos que hacer .

#2

Re: Venta de piso de herencia de 3 hermanas

En principio, obligación de incluir los 15.000 en la declaración de la renta.

El resultado dependerá de en cuánto se tasó el piso en la adjudicación de la herencia, y qué gastos ha habido de adjudicación y de venta, para conocer el resultado. Sin esto, no se puede calcular si hubo ganancia patrimonial.

#3

Re: Venta de piso de herencia de 3 hermanas

Deberíais ir a la Seguridad Social y que os informasen de si es o no compatible dichos ingresos con los complementos mínimos, pero seguramente por tener dichos ingresos tan altos os retiren todo o parte de los complementos mínimos este año o según los intereses que den los ahorros de esos 15000 los años posteriores (según me explicaron, pero no garantizo nada).

#4

Re: Venta de piso de herencia de 3 hermanas

el piso se taso en 84000e. casi el doble de la venta.no hay ganancia patrimonial.esto no importa . lo que me preocupa es si cobrar estos 15000e.es compatible con los complementos a minimos de la pension. os agradezco vuestros consejos adios

#5

Re: Venta de piso de herencia de 3 hermanas

Creo que sí que importa si hay ganancia o no. En el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, Artículo 50.- Complementos para pensiones inferiores a la mínima.

1. Los beneficiarios de pensiones del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, que no perciban rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y GANANCIAS PATRIMONIALES, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o que, percibiéndolos, no excedan de la cuantía que anualmente establezca la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, tendrán derecho a percibir los complementos necesarios para alcanzar la cuantía mínima de las pensiones, siempre que residan en territorio español, en los términos que legal o reglamentariamente se determinen.
En el caso que estamos comentando, no estamos obteniendo rendimientos por una ganancia patrimonial, porque lo que se ha producido es una pérdida patrimonial. Aunque tengo que reconocer que estoy contemplando el tema desde un punto de vista fiscal. Puede que el de la Seguridad Social, sea otro. Saludos.
#6

Re: Venta de piso de herencia de 3 hermanas

hola Emply tienes razon desde el punto de vista fiscal es importante saber, que solo tengo perdidas y no tengo que pagar nada , pero lo que ami me preocupa es la seguridad social, especialmente el articulo 50 que tan acertadamente espones . gracias por tu ayuda . saludos

#8

Re: Venta de piso de herencia de 3 hermanas

Pues en el caso de que creas que no es compatible el ingreso de los 15.000 euros con el cobro del complemento a mínimos, tu obligación es comunicarlo a la Seguridad Social.

Saludos.

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