Deber de presentar o no una declaración de impuesto de renta (IRPF) y de patrimonio (en Baleares) en el 2014
Hola,
Nuestra pregunta es sobre el deber de presentar o no una declaración de impuesto de renta (IRPF) y de patrimonio (en Baleares) en el 2014 (para el ejercicio de 2013) en el caso de no haber residido en España durante más de 183 días en el año 2013 si se entiende como residencia fiscal pero de haber vivido (con contrato de alquiler) en España más tiempo (del 2 de junio al 31 de diciembre 2013).
Soy de una nacionalidad europea y mi esposa es de nacionalidad no-europea.
Hemos vivido legalmente (y habitualmente) en Bélgica y, el 2 de junio 2013, hemos viajado juntos a España para (en mi caso) buscar empleo en España durante 3 meses gracias a un convenio que existe entre Bélgica y España (durante el cual yo recibí un subsidio de desempleo en Bélgica). Para poder cobrar este subsidio, me inscribí ante la SEPE y el SOIB el 4 de junio 2013. Pide/obtuve también un NIE el 7 de junio 2013 para poder comprar un vehículo (de segunda) en España el 25 de junio 2013 (fecha a la cual se me emitieron etiquetas fiscales y un numero de Seguridad Social para poder descargar un Certificado Digital).
Al terminarse este periodo de 3 meses, no encontré trabajo. Sin embargo decidimos quedarnos en España (y de manera completamente legal) por razones personales.
Mi esposa me acompaño en España como turista durante todo este periodo (y me acompaña todavía).
Durante nuestros primeros 15 días (primera quincena de junio) en España, hemos vivido en un piso amueblado de alquiler vacacional (a mi nombre) y después (desde el 14 de junio) en otro piso amueblado, pero de alquiler anual y a nuestros dos nombres esta vez, en la misma provincia y el mismo municipio.
El 26 de junio, nos empadronamos en el municipio español entregando una copia de nuestro contrato de alquiler anual y, una semana después, el 4 de septiembre 2013, pide y recibí en la Oficina de Extranjería (Policía) mi Certificado de Registro Ciudadano de la Unión Europea (en el cual se dice que soy residente oficial en España).
Dos días después, el 6 de septiembre 2013, mi esposa pidió un Certificado de Registro como miembro de familia de un Ciudadano de la Unión Europea y se le fue dado su NIE. Ella tuvo que esperar que le sea “autorizada/validada” este pedido durante 3 meses y, el 4 de diciembre, ella pudo por fin a presentarse para dejar su firma digital y sus huellas digitales para la emisión de su Certificado que le será finalmente remitido a principios de enero 2014.
Del 7 al 10 de octubre 2013, regresé solo a Bélgica para hacernos radiar el 8 de octubre del registro de población de la comuna belga en la cual vivíamos, para que nuestro domicilio fiscal ya no sea en este país sino en España (lo que entiendo) a partir de esta fecha.
Actualmente (y durante todo el periodo pasado en España desde el 2 de junio 2013), ninguno de nosotros tiene un empleo o es autónomo, y nos preguntamos si tendremos que presentar o no una declaración de IRPF (y quizás Patrimonio) en el 2014.
Les agradecemos de antemano por su respuesta y sus consejos.