Acceder

Fiscalidad del rescate del plan de pensiones

12 respuestas
Fiscalidad del rescate del plan de pensiones
Fiscalidad del rescate del plan de pensiones
Página
2 / 2
#9

Re: Fiscalidad del rescate del plan de pensiones

Muchas gracias por tu aclaración, pues me será de gran utilidad.
Yo soy 10 años más joven que mi esposo y por tanto sigo trabajando. Hasta ahora la declaración la hacía por separado. Él no ha sufrido retenciones en su pensión por ser pequeña.

La pregunta del millón ahora sería si el próximo año 2014 la política fiscal se suavizará, dado que la del 2012 y 2013 fueron más austeras, pues la duda estriba en que no sé si hacer el rescate en este año o esperar al 2014, llevando ya un año jubilado.

Un saludo.

#10

Re: Fiscalidad del rescate del plan de pensiones

En el 2014 mantendrán los mismos tipos impositivos, por tanto en mi criterio es mejor rescatar en forma de capital antes de finalizar el 2013 y el resto en el 2014.

Si es declaración individual y no tiene retenciones en su pensión y tampoco en el rescate del fondo, la cuota tributaria del 2013 con estas rentas seria de unos 2.500 euros a pagar, cuando se presente la declaración el 60%..1.500 euros y los otros 1.000 euros en noviembre 2014

Saludos

#11

Re: Fiscalidad del rescate del plan de pensiones

No comprendo eso último. Si hemos calculado en :
Ejemplo : Base Liquidable de 19.000 euros . los primeros 17.707,20 tributan 4.382,53 euros (se aplica el 24,75%) .. al exceso (19.000 - 17.707,20)= 1.292,80 se le aplica el 30% que resulta una cuota de 387,84, la cuota total de los 19.000 euros es (4.382,53 + 387,84)= 4.770,37.
Si presentas declaración conjunta Jubilado mayor de 65 años por los 18.941 euros de renta bruta se tiene una cuota tributaria de unos 1.700 euros , si han existido retenciones estas son pagos a cuenta de esta cuota tributaria.

1- Cómo llegas a la conclusión en la declaración conjunta a la cuota tributaria de unos 1.700€?
2- Y en la declaración individual a la de 2.500€ y por qué se paga en dos años?
3- Sería entonces mejor rescatar en forma de capital un poco menos de lo ahorrado hasta diciembre del 2006 (14.580´84€), para pagar menos a Hacienda?

Saludos.

#12

Re: Fiscalidad del rescate del plan de pensiones

De los derechos consolidados por aportaciones hasta 31-12-206, hay que rescatarlo todo , ya que lo que dejes no tendrá la reducción del 40%.

Para 19.000 euros de rentas brutas , se tiene una reducción de 2.652 , quedando en 16.348 en Base Liquidable esta base al 24.75% = 4.046,13 euros. Los mínimos personales son 5.151 + 918 (mayor de 65) en suma 6.069 que al 24,75% = 1.502,08 euros .

A los 4.046,13 le restamos los 1.502,08 = 2.544,05 euros exactamente.

Si fuera conjunta que parece que no lo es , tendríamos una reducción en la base liquidable de 3.400 y en vez de 16.348 seria de 12.948 y con el mismo método anterior, la cuota seria de 3.204,63 a la que le restaríamos 1.502,08 y quedaría a pagar 1.702,55 euros exactamente.

El pago se puede dividir en dos partes, el 60% en el momento de presentar la declaración (mayo-junio-2014) y el 40% en Noviembre 2014.

Saludos

#13

Re: Fiscalidad del rescate del plan de pensiones

Antes que nada muchas gracias por todas les explicaciones, por tu interés y por tu paciencia como el Santo Job.
Ahora sí que me he perdido del todo. Tendré que ponerme con Fosglutén reforzado que me daba mi madre de niña en tiempos de exámenes y tomar mucho fósforo....he de irme, pero me veo esta noche con papel y lápiz...por mucho detalle que me has puesto no sé ni cómo has sacado esos números.

Un saludo.