Hola,
Quería aprovechar este hilo para ver si me pueden resolver unas dudas que tienen relación o son parecidas a las del compañero y que planteé en otro hilo hace unos días pero nadie me ha ayudado.
- Soy propietario de una vivienda que adquirí mediante préstamo hipotecario en 2008. He tenido dicha vivienda alquilada durante los 5 primeros meses de 2012 a una persona. Cuando el contrato de arrendamiento finalizó me fui a vivir allí, así que me gustaría saber si puedo aplicarme la deducción por vivienda habitual durante esos 7 meses. En caso afirmativo, supongo que solo podría poner el total de los recibos del préstamo hipotecario de esos 7 meses y no el total del año, verdad?.
- En caso de que me acabe aplicando la deducción, tendré que residir allí durante tres años para que hacienda no me reclame nada sobre esa deducción???
- Por lo que se ha ido comentando en este hilo, de los gastos a poner en el alquiler, tengo que hacer la parte proporcional cuando son anuales y solamente los meses en que estuvo alquilado en cuanto al préstamo hipotecario. Pero para los gastos de amortización, puedo elegir entre el 3% del valor catastral menos el valor del suelo y el 3% del valor de adquisición del valor del suelo??? En caso de elegir este último, alguien sabe indicarme como puedo conocer el valor del suelo en la adquisición? Sería el valor que consta en la escritura de compra-venta menos el valor del suelo que aparece en el recibo del IBI?
Gracias