Pero, ¿esos fueron tus ingresos del 2023 o del 2022? ... si te están mirando tu expediente para aprobarte o no el IMV, te revisarán con los ingresos del 2022 o incluso del 2021 (porque los del 2023 no los tendrán disponibles en Hacienda hasta julio, hayas hecho o no la renta)... si son los ingresos del 2022, con esas cifras y siendo tu solo de unidad de convivencia no te concederían el IMV como ya te dije en www.rankia.com/foros/economia/temas/6294796-atrasos-imv-marzo-2024-ingreso-minimo-vital?page=7#respuesta_6316156
Y si esos ingresos que citas son los del 2023 y en 2022 no percibiste nada, si te aprueban el IMV en breve te aviso que ahora a finales de este 2024 cuando te revisen de oficio (como a todos nos harán) con los ingresos del 2023, pues te tocará devolverles dinero por cobros indebidos.
Es lo que hay, porque esta ayuda social llamada INGRESO MÍNIMO VITAL tiene más trampas que una película de chinos de los años 90.
Ya, pero las condiciones por las que se otorga el IMV y/o el complemento a la infancia y sus límites / umbrales de patrimonio máximo son los que son.
Es como a quien el año pasado le subieron el sueldo sin tocarle las retenciones... se las daría muy feliz en su momento, pero ahora cuando haga el IRPF igual en lugar de devolverle 90 eurillos como otros años igual le toca paga dos mil.
Tengo una duda, estoy cobrando el complemento a la Infancia. Los niños tienen que hacer la declaración de la renta aparte y no los puedo meter en la mía?
O hacéis una única declaración conjunta (tu + tu marido + los menores, todos en una única declaración) o una conjunta tú o tu marido + los menores y el otro adulto individual, o cada uno una declaración individual... lo que más te interese y mejor os salga a declarar.
Y, como siempre digo, si no tienes claro como realizar la declaración de la renta, pues mejor acude a una gestoría o a algún profesional para que os la realice con seguridad de no cometer errores.
Hola buenos días, perdona yo tb tengo dudas sobre este tema, yo puedo hacer declaración individual con una de mis hijas y mi marido con la otra? Los dos individuales con una hija cada uno?
Pero no se denomina "dos individuales con una hija cada uno" sino que en realidad es más apropiado decir "dos conjuntas (una por cada adulto) incluyendo a un menor diferente cada una" porque el IRPF o es individual (cuando solo hay una persona en la declaración, da igual que sea un menor o un adulto) o es conjunta (cuando hay más de una persona en la declaración).
E insisto, en caso de dudas, mejor acudir a un profesional o una asesoría que os hagan el IRPF.