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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. Nuevo
    #60
    20/04/13 15:05

    Buenas tardes. Soy nueva en hacer declaracion de la renta y tengo una duda con respecto a la movilidad geografica. Yo soy de albacete, y por tanto alli estaba empadronada. Estuve trabajando en madrid, se acabo mi contrato y me apunte al paro en madrid ( no en mi comunidad), me salio un trabajo en madrid por el q ya he cambiado aqui mi residencia ( he cambiado mi empadronamiento de albacete a madrid) y tengo contrato de alquiler, etc. Puedo beneficiarme de la reduccion por movilidad geografica?? Tengo mis dudas pues yo me apunte al psro en madrid y no en mi comunidad autonoma y no se si esto ya invalida la aplicacion de la reduccion. Muchas gracias.

  2. en respuesta a iratxe.perales
    -
    Top 100
    #59
    17/04/13 16:28

    La puedes aplicar sobre todo el año 2012, es decir sobre la Declaración de la Renta de 2012 y sobre la de 2013. Como te digo, no hay ninguna limitación sobre el tiempo que tengas que estar fuera de tu municipio trabajando.

    Un saludo.

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #58
    iratxe.perales
    17/04/13 16:15

    Gracias Amparo. Aun asi, no entiendo si la reduccion se me aplicará sobre el 100% del ejercicio, o solo sobre el 50% de os rendimientos del trabajo totales (pues solo estuve 6 meses fuera).

    Una cosa más, puesto que he vuelto a Barcelona, en 2013 ya no podré solitar esta reducción, no? He visto que te dejan hacerlo durante el mismo ejercicio y el siguiente.

    gracias!

  4. en respuesta a iratxe.perales
    -
    Top 100
    #57
    17/04/13 16:05

    Bienvenida a Rankia,

    Puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica ya que no existe ningún limite sobre los meses que tienes que estar trabajando para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica.

    Un saludo.

  5. #56
    iratxe.perales
    17/04/13 13:23

    Hola Amparo,

    Tengo una duda con este tema porque mi caso es bastante complicado.
    De enero a marzo de 2012 trabajaba en Catalunya, hasta que finalizómi contrato y me apunte a solicitante de empleo en el INEM como desempleada.
    Me contrataron en una empresa en Madrid, por lo que cambie mi residencia y me fui a Madrid a trabajar con un contrato de 6 meses. Modifiqué mi padrón al llegar a la comunidad de madrid.

    En octubre de 2012 finalizó mi contrato en Madrid, y la empresa de Barcelona donde trabajaba me volvió a contratar, por lo que he vuelto de nuevo a Barcelona, y me acabo de empadronar de nuevo aqui (sin haberme apuntado antes a desempleo).

    Mi pregunta es, mi reducción por movilidad geografica, solo se aplica a esos meses que estuve fuera, o la puedo aplicar a todo el ejercicio y también al siguiente (2013)?
    El porcentage de IRPF que solicité a la empresa de madrid fue de 2 puntos menos de lo que debería ser, pero ahora en barcelona ya lo estoy haciendo normal. Es correcto?

    Muchas gracias!! estoy hecha un lio :(

  6. en respuesta a Gianpaolo
    -
    Top 100
    #55
    15/04/13 16:31

    Buenas tardes,

    En el primer caso, no cumplías con el requisito "Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio" ya que aunque te hubieras trasladado, no tenias como probarlo. Pero en el segundo caso si. Puedes aplicarlo en la Declaración de la Renta del 2011 y en la del 2012.

    Yo si que pondría directamente esta deducción para este año 2012. Un saludo.

  7. Nuevo
    #54
    15/04/13 15:56

    Hola, tengo una duda respecto a la movilidad geográfica, ya he hablado con cinco personas de hacienda y he recibido cinco respuesta diferentes e incompatibles... así que lo intento también aquí, que me parece se conozca bien el tema.
    Mi situación es la siguiente:
    En el 2010, de mayo a mitad de noviembre, estuve en paro en Mallorca.
    A mitad de noviembre acepté un trabajo en Granada, pero el contrato era para un mes y no hice ni traslado ni nada, estuve alojado en casa de un conocido y seguí estando empadronado en Mallorca, donde seguía teniendo contrato de alquiler.
    El año siguiente, en enero 2011, me hicieron un contrato nuevo y hice el traslado, con nuevo empadronamiento, cambio de residencia fiscal, etc.
    Ahora, creo de cumplir con todos los requerimientos para la movilidad geográfica (haber estado dado de alta en al INEM, haberme cambiado de municipio, etc), pero mi duda es sobre los años en que pueda aplicar la deducción. Sería 2010-2011 o 2011-2012?
    En la norma encuentro escrito "Esta reducción se aplica en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente". En mi caso tengo el certificado de empadronamiento en el nuevo municipio con fecha de junio 2011 (bueno, tardé un poco, eso es cierto), entonces mi interpretación es que pueda aplicar la deducción para el periodo 2011-2012. En hacienda algunos dicen que sí, otros dicen que no. Lo que me parece claro es que en ningún sitio se pida que el cambio de residencia tiene que ser contextual a la firma del nuevo contrato.
    Me han incluso aconsejado de no poner nada en esta declaración y, una vez cobrada la devolución, pedir que la revisen para ponerme la deducción.
    Muchas gracias por cualquier aclaración me podáis dar, un saludo.

  8. en respuesta a anateacher
    -
    Top 100
    #53
    10/04/13 17:14

    Bienvenida a Rankia,

    Con tener el contrato de alquiler es suficiente para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en la próxima Declaración de la Renta. En el borrador de la Declaración de la Renta no se en que punto se añade esta reducción.

    Si haces la Declaración de la Renta con el programa PADRE tendrás que ir al menú superior -- Ver -- Datos personales -- Datos adicionales -- Movilidad Geográfica

    Al hacer esto, el programa PADRE duplica la reducción por movilidad geográfica en las casillas 417 y 419. Un saludo.

  9. Nuevo
    #52
    10/04/13 16:53

    Hola,
    Este año creo que cumplo los requisitos para solicitar la reducción por la movilidad geográfica. Durante este verano he estado inscrita al paro y mi domicilio habitual lo tengo en Albacete. En septiembre me incorporé a trabajar en Guadalajara, por lo que he cambiado mi domicilio, no estoy empadronada en este nuevo domicilio, pero sí tengo contrato de alquiler. ¿Es necesario que me empadrone?

    Por otra parte, lo que no se es como puedo solicitarla al hacer la modificación del borrador, que casilla corresponde?

    Muchas gracias

  10. en respuesta a tony111
    -
    Top 100
    #51
    09/04/13 17:14

    Bienvenido a Rankia,

    Por lo que me comentas, cumples con los 3 requisitos necesarios para aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta:

  11. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.

  12. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  13. Trasladar tu residencia habitual a un nuevo municipio.
  14. No existe ninguna cantidad máxima, ni requisito adicional para poder aplicar tal reducción. En el borrador, deberás indica cuál es tu actual residencia habitual, la del nuevo municipio.

    Un saludo.

  15. Nuevo
    #50
    07/04/13 16:18

    Muy buenas, soy nuevo en esto de la renta y quisiera saber datos sobre la desgravación por movilidad geográfica.
    -Tengo un sueldo bruto de 28650 euros aproximado, me he cambiado de provincia a causa del trabajo, me encontraba desempleado en ese mismo momento aunque solo tenía la mejora de empleo en el INEM. Tengo también contrato de arrendamiento de la vivienda donde resido y un cetificado del ayuntamiento del lugar de trabajo.

    -Quisiera saber si puedo poner la movilidad en mi declaración de la renta.
    -Si debo de cambiar los datos de la vivienda fiscal antes de confirmar el borrador en la página de la agencia tributaria.
    -Y por último y más importante si hay una cantidad máxima por los rendimientos del trabajo que no me permitan realizar tal desgravación.
    Muchas gracias y un saludo.

  16. en respuesta a Romanrdgz
    -
    Top 100
    #49
    05/04/13 10:49

    Buenos días,

    Entiendo que si la Agencia Tributaria no te acepta la reducción por movilidad geográfica, te llegará un aviso a casa avisandote que tienes que hacer una Declaración complementaria. Y si presentas la complementaria en el plazo establecido, no creo que tengas ninguna multa adicional.

    A tu segunda pregunta, si tienes algún justificante (recibo alquiler de piso, recibos de la luz...) que justifiquen que te has trasladado a Madrid desde que cambiaste de trabajo, no tiene el porque de haber ningún problema.

    Un saludo.

  17. #48
    05/04/13 09:39

    ¿Qué ocurriría si marcas la casilla de reducción por movilidad geográfica y luego no te la aceptan? (Por ejemplo, según la duda que pregunté aquí mismo hace un par de meses, si no estás inscrito en el paro)

    ¿Te impondrían una multa o simplemente te corregirían la declaración y te comunicarían el nuevo importe a pagar o a devolver?

    ¿Habría algún problema teniendo en cuenta que no he cambiado el domicilio fiscal hasta esta semana que lo vi en el borrador, llevando ya un año en Madrid?

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #47
    04/04/13 16:40

    Aclarado entonces aunque...no estaría mal que fuese la primera opción! :)

    Muchas gracias y un saludo!
    Jose Carlos

  19. en respuesta a Jose_karlos
    -
    Top 100
    #46
    04/04/13 16:23

    Bienvenido a Rankia,

    La reducción que se aplica por movilidad geográfica es del 100% sobre la reducción general por rendimiento del trabajo, es la segunda opción que dices y el programa te lo ha calculado bien.
    En tu borrador no aparecía porque el borrador de la Declaración de la Renta es una ayuda gratuita que pone a nuestra disposición la Agencia Tributaria, y se hace en base a la información actualizada que tiene la Administración en ese momento a partir de empresas y bancos.

    Un saludo.

  20. #45
    04/04/13 16:03

    Muy buenas,

    Primero de todo gracias por la ayuda que ofrecéis!

    Mis dudas son:
    - ¿Cómo se interpreta que "Se incrementará en un 100% el importe de la reducción prevista en el apartado 1 de este artículo" que aparece en el art.20.2 de la ley 35/2006?
    - ¿Significa que se reduce el Rendimiento Neto del Trabajo en un 100%? o ¿que se aplica una reducción igual al 100% de la del art.20.1 de dicha ley (apartado c, en mi caso)?

    Cumplo todos los requisitos para obtener la Reducción por Movilidad Geográfica, pero en el borrador de este año no la aplican, así que he intentado modificarlo online y, al recalcular el resultado (antes de finalizar todo el proceso de modificación), veo que el importe de la reducción aplicada es igual a la que me corresponde por el apartado 20.1 c) de la ley 35/2006, es decir, se me aplica la reducción general por rendimiento del trabajo (2.652€) más una reducción del Rendimiento neto por Movilidad Geográfica de otros 2.652€.

    Dentro de mi ignorancia y de que es la primera vez que accedo a este tipo de reducción, yo había interpretado una reducción total del 100% del rendimiento neto (rendimiento neto reducido = 0) pero no ha sido el caso y por eso surge mi duda.

    Muchas gracias de antemano y un saludo,
    Jose Carlos

  21. en respuesta a roberogo
    -
    Top 100
    #44
    04/04/13 09:22

    Bienvenido a Rankia,

    Entiendo que cumples los 3 requisitos necesarios para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica,

  22. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.

  23. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  24. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
  25. Para probar que el nuevo trabajo ha supuesto un cambio en tu domicilio habitual deberás estar censado en el nuevo municipio y / o tener un contrato de alquiler.

    Un saludo.

  26. Nuevo
    #43
    03/04/13 15:29

    Buenas tardes te comento:
    En abril vengo a una entrevista de trabajo a una Isla, en el cual me indican que empezaria a mediados o a finales de mayo, estoy apuntado en el inem de mi localidad y me traslado a esta nueva localidad... por motivos ajenos a mi me cambian la fecha de contratación para Julio del 2012, pero en mayo aprovecho para censarme en la isla asi como apuntarme al inem de aquí..tendría derecho a la reducción por movilidad geografica... en mi tierra de procedencia hacia más de un año que estaba sin trabajar... me corresponderia reduccion por movilidad geografica

  27. en respuesta a lucio2012
    -
    Top 100
    #42
    03/04/13 12:01

    No se puede saber la cantidad a devolver por la omisión de la reducción por movilidad geográfica, depende de muchos factores.

    Un saludo.

  28. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #41
    03/04/13 11:32

    Buenas Amparo, gracias por responder tan rapido. La deducción del alquiler la tengo hecha en todos los años.

    Sobre la reducción de la movilidad geografica, ¿cuanto puede ser lo que me devuelva hacienda? Puedes poner un ejemplo, para un trabajador que gane 15.000euros, 20.000 euros por ejemplo, otro 30.000 . Para hacerme mas o menos una idea, claro que si es poco la dejo tal como esta.

    He visto que se peude modificar la declaración de Hacienda hasta 4 años atras, este sería mi ultimo año para modificarla.

    Muchas gracias, ¡VIVA RANKIA! ten un buen dia.

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