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¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)?

¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)?

Requisitos para solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)

Puedes solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013) si cumples los siguientes requisitos:

 Si únicamente has obtenido rentas de las siguientes clases, cualquiera que sea su cuantía:
  • Rentas del trabajo, incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.
  • Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
  • Rentas del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, la renta básica de emancipación así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y demás subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles
  • Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o participes
     
 Si has sido titular, como máximo, de dos inmuebles de uso propio, aunque hayan estado desocupados, distintos de la vivienda habitual y del suelo no edificado.
 

Procedimiento de solicitud del borrador de declaración de la renta (IRPF campaña 2013)

Para que la Agencia Tributaria confeccione y remita el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013), si no solicitaste el borrador del IRPF en la pasada declaración o no confirmaste tu borrador, es necesario que lo solicites desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2013 por cualquiera de las siguientes vías:
  • Solicitar el borrador por Internet: www.agenciatributaria.es
  • Solicitar el borrador por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) y en el 901 200 345  (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
  • Solicitar el borrador personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Para solicitar el borrador de declaración de la renta lo mejor es solicitar el borrador habiendo rellenado la casilla 110 en la declaración de la renta del año anterior.En  la campaña de Renta del próximo año se podrá visualizar la opción más favorable del borrador o los datos fiscales a través de Internet y desde el primer día de la campaña, sin necesidad de haberlo solicitado previamente. Por esta razón, el modelo 100 correspondiente al IRPF 2012 solo incluye, en relación con la obtención del  borrador de declaración o los datos fiscales, dos casillas. Una para que el contribuyente pueda indicar expresamente que desea recibirlos por correo ordinario y no visualizarlos por Internet (casilla 110) y otra para solicitar exclusivamente la opción de tributación individual aunque la misma pueda resultar menos favorable (casilla 111).

Si llamas por teléfono o solicitas el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF Campaña año 2013) a través de Internet deberás aportar, además de tu Número de Identificación Fiscal (NIF) y, en su caso, el de tu cónyuge, el importe de la casilla 620 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2012. Además, se puede obtener en la web de Hacienda con el DNI electrónico o el certificado digital.

Si ya solicitaste el borrador de la declaración de la renta mediante la cumplimentación de la casilla 110 de la declaración del ejercicio 2012 no es necesario reiterar la solicitud del borrador de declaración. Tampoco deberás reiterar la solicitud del borrador si en la pasada campaña confirmaste el borrador de declaración.Por último, no será necesario solicitar el borrador los que solicitaron la puesta a disposición del borrador a través de Internet, marcando la casilla 112 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2012.

Consulta del borrador de declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)

Del 2 de abril de 2012 hasta el 1 de julio de 2013 puedes consultar tu borrador de la declaración de la renta (siempre que el borrador haya sido confeccionado por la Agencia Tributaria)

 

Si ya tienes claro todo el proceso de solicitud y consulta del borrador de la declaración de la renta pasa al siguiente paso:
  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • guia declaracion de la renta
  1. en respuesta a Maerbale
    -
    #60
    26/04/13 16:49

    vale, al mismo tiempo que se quedaba pensando, salia una ventanita que hablaba de plug-in... le he dado, ha buscado actualizaciones, las ha cargado, y ha funcionado ha incorporado los datos ya... estoy hablando de un macbook.

  2. en respuesta a Atticus
    -
    #59
    26/04/13 16:29

    me pasa lo mismo... el antivirus no es el problema, voy a probar el tema Java... siempre es una historia, lo mejor que en rankia siempre encuentras respuesta.

  3. #58
    25/04/13 18:40

    Buenas tardes, Muchas gracias por vuestra ayuda. Tengo una duda: Hace 10 años compre unas acciones de BBVA, que estaban a 15 euros. El año pasado las vendi a 7,5 .De titulares aparecemos mi hermano y yo. Mi hermano no ha tenido ni ganancias ni perdidas este año, yo si he tenido ganancias por un importe algo mayor que el 100% de la perdidas de BBVA ¿puedo yo imputarme el total de esas perdidas? ¿O a mi me corresponde el 50% de las perdidas y a mi hermano el otro 50% de perdidas?

    Mucahs gracias. Tened un buen dia.

  4. en respuesta a Carla Quinto
    -
    #57
    25/04/13 12:16

    Gracias!, he podido comprobar la presentación
    Ahora sólo falta esperar que incluyan la presentación dentro del expediente, para poderlo ver todo junto.
    Saludos,

  5. en respuesta a Mitucat
    -
    Carla Quinto
    #56
    25/04/13 10:37

    Buenos días Mitucat,

    En la web de la Agencia Tributaria, si hemos presentado documentos por vía telemática, se puede obtener una copia en el apartado “Consultar sus declaraciones presentadas”.

    Te adjunto un enlace para que te puedas descargar un copia de las presentaciones realizadas por Internet, de todos modos no te preocupes porque es posible que el programa tarde en procesar los datos.

    IRPF Impuesto sobre la renta de las personas físicas: Modelo 100. Copia Electrónica de presentaciones realizadas por Internet

    Saludos.

  6. #55
    25/04/13 10:02

    buenos días,

    Ayer presenté vía telemática tres declaraciones, generadas a partir del programa PADRE, y guardé el pdf de justificante de la presentación.
    A pesar de esto, entro con el código del borrador al expediente y no me aparece como presentada. ¿sabéis si esto es normal?
    GRACIAS!

  7. en respuesta a leticia1722
    -
    Carla Quinto
    #54
    24/04/13 09:57

    Buenos días leticia1722 y bienvenida a Rankia,

    Por lo que me comentas has recibido los siguiente ingresos por rendimientos del trabajo:
    - Pagador 1: 600 euros x 8 meses = 4.800 euros.
    - Pagador 2: 850 euros x 4 meses = 3.400 euros.

    TOTAL = 8.200 euros.

    Por tanto, no estarías obligada a presentar la declaración de la renta porque aunque tengas dos pagadores, tus ingresos no superan la cuantía de 11.200 euros anuales.

    Saludos.

  8. en respuesta a josemi9
    -
    Carla Quinto
    #53
    24/04/13 09:51

    Buenos días josemi9 y bienvenido a Rankia,

    No estarías obligado a declarar, ya que tus ingresos no superan los 22.000 euros, ni los 11.200 euros por recibir ingresos de distintos pagadores. Lo que habrás leído es que si recibes ingresos de varios pagadores, pero del segundo y siguientes pagadores recibes menos de 1500 euros, el límite a aplicar sube a 22.000 euros, en lugar de 11.200.

    Saludos.

  9. en respuesta a Whats up
    -
    Carla Quinto
    #52
    24/04/13 09:44

    Buenos días Whats up,

    Existen una serie de requisitos para poder solicitar el borrador de la declaración de la renta, que consisten en obtener exclusivamente rentas del trabajo, rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta... Por tanto, si has obtenido rentas de capital mobiliario, como intereses o dividendos, que no estén sujetas a retención no podrás solicitar el borrador, por lo que tendrás que realizar la declaración a través del programa padre.

    Saludos.

  10. en respuesta a pipaquinto
    -
    Carla Quinto
    #51
    24/04/13 09:31

    Buenos días pipaquinto,

    Cuando confirmas el borrador se considera presentada la declaración de la renta. No creo que pase nada, pero si luego aparecieran discrepancias el responsable de las mismas es el contribuyente, por lo que podrías ser sancionado por ello. Si te quedas más tranquilo puedes hacer la declaración complementaria. Te adjunto el enlace de un post que te explica el procedimiento:

    Declaración complementaria: cómo hacerla

    Saludos.

  11. Nuevo
    #50
    23/04/13 21:45

    El año pasado trabajé de Enero a Agosto como doméstica y percibía 600 euros mensuales de Setiembre a la fecha trabajo para una Empresa como Conserje y percibo alrededor de 850 euros brutos al mes, estoy obligada a presentar la declaración de la Renta?. Y en caso de no estar obligada pero quiero hacerla porque voy a tramitar la nacionalidad y solicito el borrador por internet a dónde me la envían ya que he cambiado de domicilio en tres ocasiones desde que resido en España. Gracias

  12. Nuevo
    #49
    22/04/13 18:40

    Buenas tardes, tengo un par de dudas.

    Hace unos tres años que no trabajo, el año pasado obtuve ingreso a traves de unos depositos bancarios, 64 euros mensuales, ( los cuales me quitaban irpf 21%, ya en los 64 euros esta descontado)
    También vendí bastantes cosas de segunda mano, como piezas de informatica, algunos temarios, etc, eso lo hice desde junio a diciembre de 2012, los ingresos eran menores de 200 euros mensuales en total,(no me hice autonomo por eso) siempre por transferencia, salvo el mes de noviembre que obtuve 313 euros, En total, 1313 euros en esos 6 meses.
    Estaría obligado a declarar? debo pedir el borrador? He leido el enlace, en el que aparece algo de 1500-1600 euros anuales, pero no me queda claro, y estoy bastante preocupado.
    Muchas gracias por todo

  13. #48
    21/04/13 19:24

    Hola, intentando obtener el borrador, solamente me aparece un documento "Comunicación de DATOS FISCALES" en el que me dice lo siguiente:

    "...no es posible elaborar el borrador de declaración por obtener rendimientos de capital mobiliario no sujeto a retención o ingreso a cuenta"

    sin más. no me dice los pasos a seguir para poder solventar el problema y obtener el borrador. Alguien puede aportar alguna pista?

    Gracias de antemano

  14. Nuevo
    #47
    19/04/13 14:09

    hola,el otro dia confirme el borrador,y luego me di cuenta que habia cometido un error,pero ese error no modifica el importe que me tienen que devolver,que hago?

    gracias de antemano

  15. en respuesta a javier67
    -
    Enrique Valls Grau
    #46
    18/04/13 09:28

    En la Declaración de la Renta, existe una casilla denominada Deducción por doble imposición internacional. En el caso en que el contribuyente se pueda acoger a esta casilla, podrá deducirse la menor de las dos cantidades siguientes:

    -Impuesto pagado en el extranjero (retención practicada en el extranjero).
    -Resultado de aplicar el tipo medio efectivo a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero.

    Para ello, tienes que rellenar antes el Formulario W-8BEN

    Un saludo,

  16. en respuesta a Marai Jose Vazquez g
    -
    Enrique Valls Grau
    #45
    18/04/13 08:58

    Hola Marai,

    quien te tiene que enviar el borrador de la renta es la Agencia tributaria. Puedes solicitar el borrador de la renta mediante estos enlaces:

    • Solicitar el borrador por Internet: www.agenciatributaria.es

    • Solicitar el borrador por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) y en el 901 200 345 (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).

    • Solicitar el borrador personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

    Un saludo,

  17. en respuesta a Josep granota
    -
    Enrique Valls Grau
    #44
    18/04/13 08:55

    En la Agencia Tributaria te pueden dar copia de la declaración del año pasado si te identificas o bien accedes a tu declaración y al borrador en la web de la Agencia Tributaria con DNI-e o certificado digital.

    ¿Hiciste la declaración de la renta con el programa Padre del año pasado? Si es así, tendrá guardado posiblemente la declaración del año pasado.

    Un saludo,

  18. Nuevo
    #43
    16/04/13 17:47

    Buenos días:
    el ejercicio 2012 me han abonado un bono que compré en el 2010. Lo compré por encima de su valor ya que estaba a falta de un mes de que se abonara el dividendo en el momento de su compra. Lo compré al 105% y se me ha abonado el 100% de su valor en el 2012. ¿Puedo deducir esa diferencia en la declaración?
    La siguiente pregunta es la siguiente: el bono estaba depositado en el extranjero y ya me dedujeron el 21% del valor del cupón en Alemania, ¿cómo evito la doble imposición para no volver a pagar el 21%?

  19. Nuevo
    #42
    16/04/13 17:32

    Buenas tardes,

    no encuentro la declaración del pasado año, por lo tanto no puedo obtener la casilla 620
    ¿Cómo lo podría solucionar?

    En caso de no poderlo obtener, me llegaría por correo?????
    ¿Cuáles serían los pasos a seguir ahora?

  20. Nuevo
    #41
    16/04/13 15:55

    deseo que me mandeis el borrador lo antes posible por favor, muchas gracias.