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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a zaidcen
    -
    Top 100
    #140
    11/06/13 14:22

    Buenas tardes,

    En el caso que comentas si que puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, y podrás acogerte a la compatibilidad de deducciones ya que el traslado se debe a motivos laborales. En este comentario lo explico detalladamente: compatibilidades deducción por vivienda habitual. Espero que te ayude.

    Un saludo.

  2. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #139
    11/06/13 13:36

    Hola, buenos dias. Tengo una caso un poco particular. En Octubre del 2011 espezé a trabajar fuera de mi comunidad autónoma. Yo soy de Alicante y comenzé a trabajar en Barcelona. Este contrato se me prorrogó hasta agosto del 2012, y volví al paro hasta enero de este año que he vuelto a subir a barcelona a trabajar. Estoy en piso de alquiler de mi pareja sin tener el contrato de arrendamiento a mi nombre y sin empadronarme. Mi oficina del inem esta en Alicante.
    Tengo dudas porque Enero del 2012 estaba trabajando, y me quede en paro en Agosto. Pero me he tenido que desplazar igualmente aunque antes de Enero del 2012. Valdria??

    Por otra parte no creo que sea necesario probar que vivo fuera de mi vivienda habitual, ya que 500km es inviable hacer cada dia...., con las nóminas valdria, no??
    Una ultima cosa, podria poner la desgrabación por mi vivienda en Alicante? tengo un prestamo que estoy pagando con mi pareja (no estamos casados) al 50%. Si no puedo desgravarme, puede desgravarse ella el 100%??

    Muchas gracias. Un saludo

  3. Nuevo
    #138
    10/06/13 21:01

    Hola
    te comento en nuestra empresa hemos estado afectados por un ERE por cierre aunque nos han ofrecido el traslado a otra ciudad con lo cual hemos estado cobrando el paro mientras se ha hecho efectivo el traslado.Y hemos estado apuntados al inem y nos hemos trasladado con nuestro contrato de alquiler con lo cual supongo que si podemos marcar esta casilla.
    Pero mi duda es si estamos deduciendo por vivienda habitual con la hipoteca tenemos que dejar de declararla en estos dos años y meter el alquiler? y después seguir desgravando hipoteca? o son compatibles las dos cosas en estos dos años. Muchas gracias de antemano. Un saludo

  4. en respuesta a ajsm80
    -
    Top 100
    #137
    10/06/13 13:32

    Buenos días,

    Si no me equivoco, no cumples el requisito de haber estado inscrito en la oficina de empleo del municipio donde tenías la residencia habitual, ya que por lo que entiendo estabas inscrita en el municipio del nuevo domicilio. Por tanto, no se puede aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu caso, ya que lo que quiere beneficiar esta reducción es a aquellos contribuyentes que han cambiado de domicilio habitual por consecuencia de aceptar un nuevo puesto de trabajo en un municipio distinto, que le implica un traslado diario, y en tu caso no es así. Un saludo.

  5. #136
    06/06/13 21:20

    Hola, en septiembre del año 2011 mi pareja aprobó unos oposiciones y nos desplazamos de provincia. Yo estaba desempleada y para solicitar el colegio de mi hijo me empadrone en esta nuevo domicilio. En Enero del 2012 y Agosto de 2012 me llamaron de una bolsa de trabajo para cubrir dos meses y medio, el lugar de trabajo esta en esta nuevo localidad. Tengo firmado un contrato de alquiler, junto a mi pareja, en esta nueva localidad. Creo que reúno los tres requisitos para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, es así? puedo aplicarla?

    Gracias por la contestación.

  6. en respuesta a Destrer
    -
    Top 100
    #135
    06/06/13 17:30

    Buenas tardes,

    Por lo que comentas entiendo que si que podrías aplicar la Reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012, ya que, tal como indica la normativa cumples con los 3 requisitos necesarios. Como digo en el artículo, la normativa tampoco limita la aplicación de la reducción por movilidad geográfica a la duración del contrato de trabajo. De todos modos, consultalo con tu asesor fiscal o la Agencia Tributaria para ver si esto es correcto.

    Un saludo.

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #134
    06/06/13 13:17

    Buenos días!!

    Quiero comentar mi caso. Me gustaria saber si me puedo desgravarme por movilidad geografica y mi situacion es la siguiente. Durante estos últimos cuatro años los meses de verano (4 meses) me llaman para trabajar en Santander, ciudad distinta a mi domilicio habitual; Albacete. Estoy incrito como demandante de empleo, tengo contrato de alquiler del piso de Santander (duración 4 meses Junio, Julio, Agosto y Septiembre, con lo cual podría demostrar que he tenido que cambiar de domicilio. Pero como son solo cuatro meses y luego vuelvo a mi domicilio habitual en Albacete en el mes de Octubre. Es decir solo vivo en Santarder los cuatro meses de duración de mi contrato , tanto laboral como el contrato de alquiler que es de cuatro meses. Por tanto puedo desgravarme por movilidad geografica??, o al pasar el resto de meses 8 en Albacete no puedo?. Gracias

  8. en respuesta a Spiral
    -
    Top 100
    #133
    04/06/13 13:13
    Buenos días, No lo cumplirías ya que antes de aceptar el contrato de trabajo que implica el cambio de domicilio habitual no estabas inscrito a la oficina de empleo, como tu dices
    Estuve los 10 primeros días de noviembre 2013 sin trabajar, justo cuando iba a puntarme de nuevo al desempleo, me ofricieron mi contrato actual de obra y servicio.
    Un saludo.
  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #132
    04/06/13 13:06

    Gracias por tu respuesta Amparo,

    Una puntualización. Justo antes de mi contrato anterior estaba apuntada en la oficina inem (2011).Mi contrato anterior fue por obra y servicio de junio 2012 hasta 31 de octubre 2013. Estuve los 10 primeros días de noviembre 2013 sin trabajar,justo cuando iba a puntarme de nuevo al desempleo, me ofricieron mi contrato actual de obra y servicio (12 noviembre 2013 hasta la actualidad)
    ¿Cumpliría entonces el primer requisito de estar inscrito en la oficina de empleo? LLevaba apuntada en la oficina de empleo varios meses...

    Gracias!
    Un saludo.

  10. en respuesta a pguben
    -
    Top 100
    #131
    03/06/13 14:04

    Buenos dias pguben,

    Por lo que comentas, tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, pero no puedes acreditar el cambio de domicilio habitual por lo que si la Agencia Tributaria te pide documentación que lo acredite no la tienes (empadronamiento o contrato de alquiler) y por tanto te haría que devolvieras la deducción aplicada en tu Declaración de la Renta 2012. ¿No tienes tampoco recibos de luz y agua que hayas pagado al compartir el piso? Un documento que acredite que cambiaste tu residencia habitual al nuevo municipio sería suficiente para poder aplica la reducción. De todos modos, acude a un asesor fiscal y comentale el caso a ver que te recomienda.

    Un saludo.

  11. Nuevo
    #130
    03/06/13 12:40

    Hola,
    comento brevemente mi caso personal: en dos etapas durante 2012 y tras un período inscrito como demandante de empleo conseguí trabajo en una ciudad diferente a la de mi residencia habitual. En ambas ocasiones cambié mi lugar de residencia aunque sin empadronarme y sin poseer contrato de alquiler ya que compartía vivienda con un amigo. En mis circunstancias, es posible acceder a la deducción por movilidad geográfica?

    Muchas gracias de antemano y un saludo

  12. en respuesta a Spiral
    -
    Top 100
    #129
    03/06/13 11:29

    Bienvenido a Rankia,

    En el caso que me comentas, entiendo que el traslado de oficina no implica haber estado desempleado e inscrito en la oficina del INEM con anterioridad al cambio de oficina en un nuevo municipio. Por tanto, no podrás aplicar la deducción por movilidad geográfica ya que no se cumple uno de los 3 requisitos necesarios:

    1. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
    2. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
    3. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

    Un saludo.

  13. #128
    03/06/13 10:33

    Buenos días Amparo, mi consulta es la siguiente:
    Hasta octubre de 2012 trabajé para mi actual empresa y en mi comunidad autónoma. En noviembre 2012 firmé un contrato que impicaba desplazamiento de mi domicilio habitual y cambio de comunidad autónoma hasta la actualidad. Al marcar la opción de movilidad geográfica por nuevo contrato, a aumentado considerablemente la cantidad a mi favor. Tengo el contrato de alquiler correspondiente pero antes de confirmar el borrador me gustaría consultarle mi caso.
    ¿Estoy en lo cierto? ¿Me correspondería esa deducción? Por motivos de horario no me pueden atender en la oficina más cercana y la siguiente está a 1 hora en coche.
    Gracias.
    Un saludo.

  14. en respuesta a beatrizc
    -
    Top 100
    #127
    29/05/13 16:59

    Buenas tardes Beatriz,

    Si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica siempre que cumplas los 3 requisitos que se indican en el artículo. El requisito de haberlo señalado en el modelo 145 no se indica en la Ley del IRPF, así que no es obligatorio. Un saludo.

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #126
    29/05/13 13:58

    Buenas tardes Amparao!!

    Me gustaría hacerle una consulta y es si ¿puedo aplicarme la reducción por movilidad geográfica aunque no lo haya señalado en el modelo 145 que rellené cuando empecé a trabajar?

    Gracias, un saludo

  16. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #125
    27/05/13 13:21

    Muchas gracias,
    Juana

  17. en respuesta a juannita
    -
    Top 100
    #124
    27/05/13 09:51

    Bienvenida a Rankia,

    Deberás acudir a tu oficina de empleo y solicitar la documentación para ver si antes del 9 de Febrero de 2012, que es la fecha en la que inicias el nuevo contrato, estabas dada de alta como demandante de empleo. Si no es así, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012. Un saludo.

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #123
    26/05/13 22:19

    Muy buenas,

    Tengo una consulta sobre la Movilidad Geográfica. El 9 de febrero de 2012 empecé a trabajar de interina de secundaria en Sevilla. Yo estaba viviendo en Granada y desde inicio del año 2012 intercalaba 1 semana de trabajo en una escuela de español (3 horas al día)con una semana de cobro del subsidio de desempleo. El último subsidio lo cobré del 16 al 22 de enero. Y la última semana que trabajé en la escuela fue del 23 al 29 de enero. Tras el 29 de enero no pedí el subsidio inmediatamente por si volvía a trabajar esa semana y en ese lapsus me llamaron para empezar a trabajar en Sevilla el 9 de febrero. ¿Puedo solicitar la movilidad geográfica en el ejercicio del 2012? El mismo día que empecé a trabajar la última semana en la escuela, el 23 de enero, solicité la Tarjeta de Demanda de Mejora en la oficina de empleo, entonces no sé si se considera que a partir del 29 (cuando terminó mi trabajo)estaba inscrita en la oficina o no. ¿Puedes ayudarme con esta duda? Muchas gracias y un saludo,
    Juana

  19. en respuesta a omar4588
    -
    Top 100
    #122
    24/05/13 13:44

    Bienvenido a Rankia,

    No puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica porque no cumples los 3 requisitos que comento en el artículo. Deberías de haberla aplicado en la pasada Declaración de la Renta de 2009 y 2010. Un saludo

  20. Nuevo
    #121
    24/05/13 12:55

    Hola, buenos dias.

    Mi caso es el siguiente:
    Desde el 26/11/09 tengo contrato en una empresa situada fuera de mi municipio, desde que empeze a trabajar aqui iva y venia desde mi domicilio a ella. El año pasado adquiri una vivienda de vpo en el municipio de mi trabajo (diferente al que tenia anteriormente) fue entonces cuando me empadrone en el nuevo municipio.
    Mi pregunta es la siguiente. -¿me puedo beneficiar de esta ayuda en la renta del 2013 aunque llevase ya tiempo trabajando en esta empresa?

    Muchas gracias, saludos