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Participaciones del usuario Pachi74 - Fiscalidad

Pachi74 03/03/14 16:57
Ha respondido al tema Quieren pagar trabajos profesionales en acciones
Si casi nadie quiere meterse en este tipo de operaciones, pero o cobramos en acciones o no cobramos. Este cliente hoy en día no dispone de liquidez alguna, "solamente" tiene una finca urbanizable a su nombre. Que hacemos? demandarlo? es una opción pero buscando la mejor solución para todas las partes, esta finca era y puede ser muy buena algún día, por tanto, tener acciones de una sociedad con este inmovilizado puede ser interesante. Por supuesto, tengo las dudas fiscales de adquisición de participaciones porque entiendo que tengo que tener liquidez para pagar los cargas fiscales.
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Pachi74 03/03/14 15:56
Ha respondido al tema Quieren pagar trabajos profesionales en acciones
Por lo que comentas, o bien, tenemos que liquidar IVA o ITP. El asunto es claro, se constituye una sociedad cuyo capital social son terrenos urbanizables. La sociedad X tiene una deuda por trabajos técnicos. Forma de pago? Te doy acciones de la Sociedad X como contraprestación de tus trabajos. Y las dudas son lógicas, que tendré que liquidar respecto hacienda. La otra parte comenta que el adquirir participaciones de las sociedad tiene una baja imposición fiscal (2%) y poco mas. Yo no lo tengo del todo claro. Observo que no podremos escapar del IVA o ITP..., pero tengo las dudas razonables. Saludos
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Pachi74 03/03/14 13:39
Ha respondido al tema Quieren pagar trabajos profesionales en acciones
El tema es que si yo cobro en billetes, emitiendo una factura con su IVA, ese 21% yo tengo que pagarlo a hacienda. En este caso no tengo claro si al percibir los honorarios en acciones, que cantidad debo abonar y en concepto de que a hacienda. Debería desglosar la parte que corresponde a Base imponible y la que corresponde al 21%... entiendo que al percibir acciones por valor del 21% debería sacar liquidez para pagar hacienda. Mi duda está en si existe algún impuesto como el ITP o similar.
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Pachi74 07/02/14 12:12
Ha respondido al tema Declaración de Renta y Pago Intereses
Gracias, efectivamente tengo conocimiento que al final te pone los recursos y plazos. Mirare de darle un ayuda. Ahora si, primero que pague y luego ya recurriremos. Aquí hay que demostrar el limite del consumo, si legalmente estas obligado a consumir x Kw. saludos
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Pachi74 07/02/14 11:22
Ha respondido al tema Declaración de Renta y Pago Intereses
Gracias por la aclaración. Creo que es así, es ahora en enero cuando le han mandado la liquidación y con intereses desde julio-13. Hasta la fecha no se había requerido ningún pago. Ellos en su borrador les salía a pagar a la administración unos 70 €. Que esta es mi gran duda, si hubiera aceptado el borrador, esta gente no hubiera preguntado nada sobre la vivienda?. Y por último, hablas de recurrir, supongo que ahora el recurso será ya en el juzgado, o queda otro de revisión en la propia AEAT (creo que es perder el tiempo). En fin, uno se queja porque si este amigo no hubiera ido personalmente a preguntar por su renta, todo estaría igual, pasando el tiempo y ahora, pagar intereses desde julio..., y si, el tema de la vivienda, no aceptan ni certificado de empadronamiento ni nada parecido, solamente consumo de luz y agua, dicen que son insuficientes.... saludos
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Pachi74 07/02/14 09:10
Ha respondido al tema Declaración de Renta y Pago Intereses
Gracias por la respuesta. Conozco algo el funcionamiento de hacienda, primero disparan y luego preguntan. En su primer borrador ellos señalan a pagar 70 €, no incluyen la vivienda. Modifica declaración y pone vivienda, lo que significa devolución de 450. En septiembre se acerca a preguntar, sino estaría todo igual, por contestar. En nov-13, presenta contestación al requerimiento del mismo mes, y resuelven ahora en enero. Y tiene que pagar intereses desde julio?? si son ellos quienes han retrasado el proceso, esto decís que es legal??? y ahora revisar anteriores años? claro que saldremos de la crisis pero ahogando a los ciudadanos. Porqué cuando notifican el requerimiento no le dicen, paga y luego recurres??? tiene derecho a recurrir pero el plazo de intereses ya corre desde julio. En el caso contrario creo que te pagan solo desde enero del año siguiente, no desde julio que termina el plazo de presentación. Saludos
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