Acceder

Participaciones del usuario Bacalo - Seguros

Bacalo 28/02/07 13:01
Ha respondido al tema Cambio de seguro
Como bien te indican, el periodo para darse de baja es dos meses antes de la fecha de vencimiento de la póliza, por cualquiera de las partes. Igualmente, la aseguradora no puede subirte la póliza más que el incremento del IPC, salvo que lo notifique antes de ese plazo. Otra cosa es que luego sean más o menos rigurosos a la hora de respetar los plazos si te quieres dar de baja. Lo del mes posterior al vencimiento creo que es que, si no has pagado el recibo antes de la fecha de entrada en vigor del nuevo periodo, puedes abonarlo en ese mes siguiente; la aseguradora no puede aun darte de baja hasta que pase ese mes sin pagar. Por ejemplo, tu poliza acaba hoy 28 de febrero y no la has pagado ni les has comunicado tu baja. Y resulta que el día 5 de marzo tienes un siniestro; pues bien, pagas la póliza y estás cubierto. Ahora, también la aseguradora podría reclamarte el pago si pasa ese mes, no te has dado de baja previamente y no pagas.
Ir a respuesta
Bacalo 04/12/06 17:33
Ha respondido al tema Donde hacer una Reclamacion?
Lo que cuentas es muy raro, si tienes pagado un seguro multirriesgo, deberías tener un recibo en el que ponga el periodo de vigencia. Lo que es obligatorio a la hora de contratar un préstamo es un seguro de incendios, lo que pasa es que normalmente se contrata una contingencia más amplia con el multirriesgo. Además, el Banco es en este caso un mero agente de una compañía aseguradora, que normalmente es parte del mismo grupo financiero, pero son a efectos legales empresas distintas. No tiene sentido que por cancelar una operación -el préstamo- con una empresa, te den de baja un contrato con otra sin haber acabado el periodo pagado. Mira a ver si lo que te han comunicado es que no te van a renovar el seguro en febrero. Si tienes que reclamar, debes entregar un escrito por duplicado en cualquier sucursal del Banco dirigida al defensor del cliente. Te sellan una copia y tienen dos meses de plazo para contestarte. Si no te contestan o no te dan la razón, entonces puedes ir al Servicio de reclamaciones del Banco de España, aunque en tu caso, al tratarse de un seguro, a lo mejor la vía es la Dirección General de Seguros.
Ir a respuesta
Bacalo 11/07/06 13:03
Ha respondido al tema Ilegalidad de ocho cláusulas abusivas en contratos de seguros
Esta noticia ya la sacó la OCU hace varias semanas. Es previsible que las compañías afectadas lo recurran, con lo cual va para largo su anulación "efectiva" -y es previsible que se apruebe y entre en vigor por el camino la nueva ley de defensa de los consumidores, que creo, trata estos temas-. Además, no sé si afecta solo a las compañías denunciadas o a todas las que tengan cláusulas similares...
Ir a respuesta
Bacalo 07/03/05 16:16
Ha respondido al tema Hipoteca y obligación de tomar seguros
Eso es, solo es obligatorio un seguro de incendios, de acuerdo con lo que marca la ley. Cuando vas a pedir una hipoteca para una vivienda de 2ª mano, al tratarse de una negociacion libre, creo que pueden imponerte lo de los seguros, pues se supone que tienes libertad para elegir, pero nunca en vivienda nueva. En mi promoción había unas 100 viviendas, a los primeros que les llamaron al Banco a abrir la cuenta para el pago de la hipoteca les vinieron con esa historia de que habia que contratar un seguro multirriesgo, y el seguro de amortización por si fallecias, aparte de querer endiñarte la visa y 1000 cosas mas. Después de que alguien les armara un buen escándalo, cuando nos tocó ir a los demás, tuvieron mucho cuidado de señalar que sólo era necesario el seguro de incendios citado. Y puedes contratarlo con quien te de la gana. Hazles conocer que conoces tus derechos. Siempre es recomendable tener un seguro de la casa, pero escoge el que mejor te venga, y si no quieres contratarlo, toma el seguro de incendios que quieras.
Ir a respuesta