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Participaciones del usuario Aprendiendo2

Aprendiendo2 22/05/12 20:58
Ha respondido al tema Responsabilidad Civil en seguro de hogar entre hermanos
Acrasol con todo el cariño del mundo, siendo como eres un compañero de foro, lamento decirte que se te ha ido la "pinza",... A ver lo que hablamos de terceros a efectos de determinadas coberturas de MAPFRE es en beneficio de su asegurado dado que cubre la RC de éste frente a sus familiares, por tanto, es un valor añadido de las pólizas de MAPFRE frente al resto. Es cierto, que en este post se habla de daños por agua y, evidente es, MAPFRE debe pagar la subsanación de esos daños y, en su caso, repetir contra el causante (Art.43LCS). Ahora bien, como bien apunta Assandreu, MAPFRE nunca va a reparar la pintura dañada hasta que no se repare el origen de los daños. Es solo por sentido común y lógica: no vas a pintar algo si mañana se va a volver a mojar. No se trata de aplicar lo que nos venga en gana sino de no tirar el dinero directamente a la basura. Tu en tu casa repararías la pintura dañada sabiendo que mañana vuelve a caer agua al mismo sitio???? Evidente es que no, por tanto, MAPFRE tampoco. MAPFRE no puede reparar la avería dado que se trata de una tubería de un tercero y no tiene legitimación para tocarla. Lo que sí tiene derecho nuestro compañero es a exigir a MAPFRE que, en virtud de la cobertura de defensa jdca. y reclamación de daños, plantee una reclamación al vecino llegando incluso a la vía judicial exigiendo la reparación del origen de la filtración. SalU2´s
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Aprendiendo2 20/05/12 13:34
Ha respondido al tema Problemas para una respuesta del seguro
El plazo para decirte algo son 40 días desde la fecha del siniestro: Artículo 18. Ley Contrato de Seguros: "El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por el conocidas". Coincido con Emmamani, te interesa que sea siniestro total y te den un coche nuevo al tener el tuyo menos de dos años (tienes póliza lider, no?). SalU2´s
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Aprendiendo2 18/05/12 20:31
Ha respondido al tema Cobro indemnizacion seguro hogar y seguro comunidad
Ten en cuenta que cuando cobres de tu seguro la aseguradora se subrogará en tus derechos para repetir contra el causante, es decir, reclamaran lo pagado al culpable (art.43 LCS). Por tanto, si el culpable ya te ha pagado, al menos parcialmente, lo alegará en su defensa y tu aseguradora podrá reclamarte a ti esa parte cobrada dos veces que, evidente es, a ella no le va a pagar el causante. No puedes cobrar dos veces por lo mismo. Lo que debes hacer es cobrar de tu seguro y comunicarle la oferta que te ha hecho el comunitario y que se apañen entre ellos. SalU2´s PD: TOTALMENTE DE ACUERDO CON EL COMPAÑERO DAGDA
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Aprendiendo2 18/05/12 20:24
Ha respondido al tema Responsabilidad Civil en seguro de hogar entre hermanos
Estamos liando al compañero del foro... NO SE PUEDE CONFUNDIR EL SEG. OBLIGATORIO DEL AUTOMÓVIL NI SU VOLUNTARIO CORRESPONDIENTE CON EL SEGURO DE RC DE HOGAR: no tienen comparación posible. Respecto a la condición de 3 en el de hogar (que es de lo que trata este foro) me remito a mi post 17 en cuanto a los seguros de MAPFRE: " los familiares antes mencionados se considerarán terceros respecto a la Cobertura de Responsabilidad Civil, cuando el siniestro se derive: • De Incendio o Daños causados por Agua y produzca daños a viviendas colindantes, cuyo propietario o inquilino sea el familiar del Asegurado. Para el caso de daños por agua, la causa del siniestro debe ser una de fuga de agua, desajustes de grifos y llaves de paso (sic)" Y respecto a el seguro obligatorio y su interrelación con el voluntario en automóviles no procede aquí su análisis a fin de evitar confundir a los compañeros. SalU2´s
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Aprendiendo2 18/05/12 15:22
Ha respondido al tema Responsabilidad Civil en seguro de hogar entre hermanos
Me baso en la praxis de las aseguradoras en estos casos, salvo que se reclamen disparates no ponen pegas (a pesar de la claridad del Art.5.2 LRCSO). Respecto a la calificación que haces del seguro voluntario de RC como "en exceso del obligatorio" este no es sitio ni el lugar tan solo te digo que esa es la interpretación que hacen las aseguradoras, sin embargo, el Tribunal Supremo lo califica de complementario que no es lo mismo, es decir, lo no cubierto por el obligatorio lo cubre el voluntario salvo pacto en contrario (pero insisto es una cuestión jdca. bastante compleja y este no es el lugar para su análisis). SalU2´s
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Aprendiendo2 18/05/12 15:16
Ha respondido al tema Cobertura de siniestro de rc de hogar dudosa
Efectivamente es raro, pero teniendo cobertura de reclamación de daños que dé parte a su seguro y le envíen un perito para que se pueda estudiar la viabilidad judicial de la reclamación. Esta garantía comprende no solo la reclamación amistosa sino todo lo necesario para estudiar la viabilidad judicial (peritaciones) y, en su caso, la presentación de demanda (todo esto depende de la póliza pero normalmente todas lo abarcan). SalU2´s
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Aprendiendo2 18/05/12 00:54
Ha respondido al tema Renta 2011. Hijo nacido en 2011 en pareja soltera y sin pareja de hecho
Requisitos para aplicar la deducción por vivienda habitual: requisitos: 1.-Que constituya su residencia durante un plazo continuado de al menos tres años desde su compra 2.-Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o la terminación de las obras. Se asimilan a la vivienda habitual a efectos de la deducción los anexos y plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda. Realmente crees que con esta afirmación, cito textualmente, "Viven en casa de ella, pero fiscalmente, insisto, es como si fuera otra cosa", cumplen los requisitos???. Si tan legal es dejame darles un consejo: ir a la agencia tributaria y se lo exponéis abiertamente así de claro a ver que pasa... Reitero lo dicho: Así nos va a los españoles!!!!
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