#28411
#28412
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#28413
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
No es habitual pero sí, puede pasar que te revisen y cambien de una Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) a una Incapacidad Permanente Parcial (IPP) si consideran que has mejorado lo suficiente como para realizar algunas actividades laborales.
Cuando ocurre esta revisión, es probable que ajusten la cantidad que recibes como prestación económica. La IPP generalmente implica una reducción en la cuantía de la prestación, ya que implica que tienes una capacidad residual para el trabajo.
En cuanto a lo que has cobrado durante el tiempo en que tenías IPA, la normativa puede variar. Esto depende de las reglas establecidas por la Seguridad Social o el organismo correspondiente. Tendrías que contactar con el INSS.
Cada caso es único y se evalúa individualmente, considerando tu situación médica y laboral. Si te enfrentas a una revisión de tu incapacidad, te recomendaría hablar con un experto en derecho de la seguridad social. Ellos podrán darte un asesoramiento más detallado y personalizado sobre tu situación específica. Saludos!
#28414
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#28415
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#28416
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#28417
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ostras Benavente, si me acuerdo que estabas esperando ya hace tiempo y te dije que erais de las comunidades con más atraso por lo que veía por aquí. Creía que ya habías pasado revisión y todavía estás a la espera, que desesperación, por dios.....
#28418
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Silver, yo he visto casos al contrario, que les dan una IPP y después una total o absoluta y entonces al ir con efecto retroactivo desde la IPP han tenido que devolver ese dinero. Pero no he visto ningún caso en el sentido que cuentas, sorry
#28419
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#28420
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Perdona, puse IPP y pensaba en IPT. En ese caso, si estás recibiendo pagos por Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) y luego te conceden una Incapacidad Permanente Parcial (IPP), existe posibilidad que se ajuste el pago único para tener en cuenta lo que ya has recibido por IPA. Pero me resultaría extraño, si antes tenías una IPA porque la necesitabas y te bajan a una IPP (no recuerdo ningún caso, si acaso a IPT), bajo mi punto de vista no se tendría que descontar absolutamente nada del pago único. Sin embargo, te recomendaría confirmar esta información con el INSS para obtener una respuesta precisa según tu situación específica. Saludos y perdón por la confusión!
#28421
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Silver, estoy de acuerdo con Emilio y añado, todo depende de la fecha de efectos económicos con la que te den la IPP, si la retrotraen a la fecha de cuando te dieron la IPA entonces lo descuentan. Si tiene fecha de efectos económicos actual entonces descuentan a partir de esa fecha que significaría devolver muy poco dinero.
Pero digo lo mismo, no he visto ningún caso en ese sentido, al revés si.
Pero digo lo mismo, no he visto ningún caso en ese sentido, al revés si.
#28422
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Las revisiones de discapacidad están tardando lo más grande. Aquí en Sevilla están más o menos igual, 18 meses de media para el reconocimiento de discapacidad por primera vez y 24 meses o más por revisión... lo único que puedo decirte es mucha paciencia y ve preguntando en el centro base correspondiente, poco más. Mucho ánimo!
#28423
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#28424
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Sí creo que ya lo había mandado pero lo que nos ha pasado no tiene nada que ver con el número de cuenta. Para una enfermedad común salvo raras excepciones (que necesiten un cálculo manual de pensión o a una forera que se lo denegaron en el 7) lo de los puntos funciona así:
1- Apertura de expediente
2- informe de síntesis
3- Dictamen propuesta: aquí se dan tres supuestos:
a) si te dan una demora de calificación porque estás con un tratamiento) intervención reciente y quieren esperar a evaluar las secuelas al terminar vuelven a poner el punto 2 pendiente.
b) propuesta de alta. No te proponen para IP y te desaparece el punto 5 ya que no te van a dar pensión.
c) propuesta de IT. Sigue hacia delante el expediente.
4 - Estudio cotizaciones. Lo normal es que no haya problema, pero si no tienes los años suficientes cotizados pues no te dan la pensión y te desaparece el 5 aunque te hubieran propuesto para IT. Aunque te vayan a denegar la IT también se estudian para tener calculada la base reguladora por si reclamas.
5- cálculo pensión, si has concluido satisfactoriamente los puntos 3 y 4
6 y 7- revisiones y firmas. Lo normal es que no haya problema, aunque a una forera se lo denegaron aquí
8 - cierre del expediente. Nunca lo llegas a ver concluido.
Así que ya ves que el hecho de que vuelva al punto 2 no tiene nada que ver con mandar los papeles, es simplemente que no te pueden dar el alta pero no se les pone en las narices dar ya la IP, aunque sea una con revisión temprana
1- Apertura de expediente
2- informe de síntesis
3- Dictamen propuesta: aquí se dan tres supuestos:
a) si te dan una demora de calificación porque estás con un tratamiento) intervención reciente y quieren esperar a evaluar las secuelas al terminar vuelven a poner el punto 2 pendiente.
b) propuesta de alta. No te proponen para IP y te desaparece el punto 5 ya que no te van a dar pensión.
c) propuesta de IT. Sigue hacia delante el expediente.
4 - Estudio cotizaciones. Lo normal es que no haya problema, pero si no tienes los años suficientes cotizados pues no te dan la pensión y te desaparece el 5 aunque te hubieran propuesto para IT. Aunque te vayan a denegar la IT también se estudian para tener calculada la base reguladora por si reclamas.
5- cálculo pensión, si has concluido satisfactoriamente los puntos 3 y 4
6 y 7- revisiones y firmas. Lo normal es que no haya problema, aunque a una forera se lo denegaron aquí
8 - cierre del expediente. Nunca lo llegas a ver concluido.
Así que ya ves que el hecho de que vuelva al punto 2 no tiene nada que ver con mandar los papeles, es simplemente que no te pueden dar el alta pero no se les pone en las narices dar ya la IP, aunque sea una con revisión temprana
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