#25711
#25712
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#25713
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#25714
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#25715
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
pero entonces si yo me espero a la notificaccion por correo ese tiempo no lo estoy cobrando? se supone que si yo no lo recibo.. no?
Yo digo de no abrirla puesto que mañana tengo cita presencial en el inss para que me den el informe de sintesis, entonces mi cosa es si lo abro me empieza a contar, pero si no lo abro puedo tener todo lo que necesito y una vez q lo tenga abrirlo y realizar la reclamacion.. estoy en lo cierto?
Yo digo de no abrirla puesto que mañana tengo cita presencial en el inss para que me den el informe de sintesis, entonces mi cosa es si lo abro me empieza a contar, pero si no lo abro puedo tener todo lo que necesito y una vez q lo tenga abrirlo y realizar la reclamacion.. estoy en lo cierto?
#25716
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#25717
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenos días, mucha suerte para mañana y espero que te toque un inspector médio decente que te haga un informe de síntesis justo.
Ánimo 😊😊
Ánimo 😊😊
#25718
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Ana, eso es, si el INSS te ha dado el alta por ejemplo el pasado viernes y tú no abres la notificación hasta 5 días más tarde y te reincorporas al trabajo al día siguiente, esos días quedan en el limbo, el INSS ya no los va a pagar, es la empresa la que decide desde que día te paga. Por eso si estás trabajando es mejor hablar con la empresa.
Y si, lo único que ganas es tiempo para poner la reclamación, 30 días hábiles a partir del día siguiente que recibes la carta
Y si, lo único que ganas es tiempo para poner la reclamación, 30 días hábiles a partir del día siguiente que recibes la carta
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Tonito, normalmente no suelen poner nada de cuando sería la revisión en una sentencia judicial con lo cual no cambiaría la posible fecha de revisión.
De todas las maneras cuando una sentencia es firme por la vía judicial no suelen llamar a revisión, aquí se han visto algún caso donde si le han llamado pero no es lo normal.
Un saludo
De todas las maneras cuando una sentencia es firme por la vía judicial no suelen llamar a revisión, aquí se han visto algún caso donde si le han llamado pero no es lo normal.
Un saludo
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
ah vale perfecto, entonces me voy a esperar hasta mañana que tengo la cita, en el trabajo no me preocupa puesto que me deben vacaciones, asique a unas malas que me lo descuenten de ahi... por otro lado, el otro dia solicite el informe de sintesis como me dijisteis por aqui pero aun no he tenido respuesta, ahora he llamado al inss por telefono y me han vuelto a decir que no pueden hacerlo por telefono, que lo tengo que solicitar presencial en la oficina y que puede tardar hasta 20 dias..
#25722
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Ana, pues si tienes vacaciones entonces perfecto, el INSS te pagará hasta el día de la resolución y la empresa desde el día siguiente que han empezado tus vacaciones.
A ver si mañana te dan el informe impreso y te van con el en la mano.
Ojo, también te pueden dar la resolución impresa y se da como recibida también.
Un saludo
A ver si mañana te dan el informe impreso y te van con el en la mano.
Ojo, también te pueden dar la resolución impresa y se da como recibida también.
Un saludo
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#25724
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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