#391
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Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos días, alguien sabría decirme si tras los cambios regulatorios que se van incorporando al cálculo de rentas del subsidio de mayores de 52 años, se computa a la hora de realizar el DAR el valor presunto de:
1. Dinero acumulado en un Plan de Pensiones (algo había leído en el foro de que este capital estaba exento, pero no no tengo claro del todo).
2. Dinero acumulado en un plan de jubilación que no de pensión (éste genera unos intereses que se incorporan anualmente a dicho plan hasta el momento en el que se solicite el rescate).
3. Dinero recibido por becas para estudios universitarios, ya que nuestro hijo esta en edad de comenzar universidad y estamos cerca de superar el limite y no sabemos si éstas ayudas están exentas. Gracias.
1. Dinero acumulado en un Plan de Pensiones (algo había leído en el foro de que este capital estaba exento, pero no no tengo claro del todo).
2. Dinero acumulado en un plan de jubilación que no de pensión (éste genera unos intereses que se incorporan anualmente a dicho plan hasta el momento en el que se solicite el rescate).
3. Dinero recibido por becas para estudios universitarios, ya que nuestro hijo esta en edad de comenzar universidad y estamos cerca de superar el limite y no sabemos si éstas ayudas están exentas. Gracias.
#393
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No hay, ni ha habido en los últimos años ningún cambio regulatorio en este sentido, más allá de la subida del interés legal del dinero al 3,25%
El importe del dinero en un plan de pensiones no se cuenta, en otros productos si.
No conozco ningún criterio que excluya de su consideración como rentas las becas de estudio, pero en esto no tengo la seguridad total.
El importe del dinero en un plan de pensiones no se cuenta, en otros productos si.
No conozco ningún criterio que excluya de su consideración como rentas las becas de estudio, pero en esto no tengo la seguridad total.
#394
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#395
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#396
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#397
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#398
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#399
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#400
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#401
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenas tardes, me han dicho en la Aseguradora que los trabajos de reparación no los hacen ellos. Me indemnizarían con 8000 € y que yo me encargue. Entonces a ver si estoy en lo cierto: Comunico al SEPE ese ingreso que al dividirlo por 12 meses salen 666,66 € Al mes siguiente lo que computaría sería el valor presunto de los 8000 € (8000 X 3,25/100 = 260.
260/12= 21,66 €. Es así? Me suspenderían un mes? Saludos. Gracias
260/12= 21,66 €. Es así? Me suspenderían un mes? Saludos. Gracias
#402
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si finalmente se lo computan, que en mi opinión es muy discutible en este caso, para que sea causa de suspensión debe superar los 810 euros, junto con la suma de otras rentas.
Al mes siguiente, si esos 8000 se los ha gastado, justifíquelos, y si los tiene en una cuenta corriente, no deberían de computarle nada teniendo justificantes del producto donde los tiene depositados.
Las cantidades depositadas en cuentas corrientes NO deben de computar.
Al mes siguiente, si esos 8000 se los ha gastado, justifíquelos, y si los tiene en una cuenta corriente, no deberían de computarle nada teniendo justificantes del producto donde los tiene depositados.
Las cantidades depositadas en cuentas corrientes NO deben de computar.
#403
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#404
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#405
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenas a todos.
Acabo de recibir una transferencia de 950 euros que corresponde a los intereses de un depósito que tengo por 6 meses y finaliza en junio.
Pagan interés cada 3 meses, que es a lo que corresponde esta transferencia.
Tengo que comunicar al SEPE la misma? Yo entiendo que esta cantidad se divide entre 3 y no supero rentas (no tengo más ingresos) y no hay que comunicar, pero quiero estar seguro.
Decir también que el SEPE no sabe de la existencia de este depósito pues en la renta no apareceran esos intereses hasta que haga la declaración en 2024. Hay que incluirlo en la DAR cuando me toque el próximo junio o no hace falta???
Mil gracias y un saludo.
Acabo de recibir una transferencia de 950 euros que corresponde a los intereses de un depósito que tengo por 6 meses y finaliza en junio.
Pagan interés cada 3 meses, que es a lo que corresponde esta transferencia.
Tengo que comunicar al SEPE la misma? Yo entiendo que esta cantidad se divide entre 3 y no supero rentas (no tengo más ingresos) y no hay que comunicar, pero quiero estar seguro.
Decir también que el SEPE no sabe de la existencia de este depósito pues en la renta no apareceran esos intereses hasta que haga la declaración en 2024. Hay que incluirlo en la DAR cuando me toque el próximo junio o no hace falta???
Mil gracias y un saludo.