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Clausula extincion contrato seguro hogar

15 respuestas
Clausula extincion contrato seguro hogar
Clausula extincion contrato seguro hogar
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#1

Clausula extincion contrato seguro hogar

Leyendo las condiciones del contrato de un seguro de hogar de una conocida compañia, en el apartado de EFECTO Y EXTINCION DEL CONTRATO me encuentro con esta clausula:

"Ambas partes, de común acuerdo, podrán resolver el contrato después de la declaración
de un siniestro. La Compañía devolverá al Tomador del seguro, en tal caso, la parte de la
prima total que corresponda al período comprendido entre la fecha de efecto de la rescisión
y la de vencimiento del período de seguro en curso."

Significa que en caso de un siniestro, solo podrá resolver el contrato la compañia después de la declaración del siniestro, que no la resolución del mismo, si AMBOS estamos de acuerdo? Si no estoy de acuerdo no lo podrán resolver?

#2

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

correcto

#3

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Es una clausula curiosa la verdad qu eme ha sorprendido al leerla.

#4

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

la consideras abusiva Eduard?

#5

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

normalmente las compañias resuelven al vencimiento por exceso de siniestralidad para no devolver prima al asegurado

#6

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Me suena a Ley de Contrato de Seguro y no a cláusula de tu compañía.... pero no significa que el siniestro declarado no te lo tengan que atender o cubrir siempre que tuvieses derecho a ello en base a lo contratado.

#8

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Esto estaba en la LCS 50/80, pero la verdad no lo encuentro.

No se si en posteriores modificaciones se ha quitado.

#10

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Lo curioso es cómo quedan ad secula seculorum algunos textos o no se si llamarles coletillas; cada vez que veo lo del efecto 2000 o la encefalopatía bovina espongiforme en pólizas actuales me da cierta risilla, por ejemplo.

#11

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Por cierto es obligación de la DGSFP dar el visto nuevo a todos los condicionados que sacan las cias y por lo que se vé el control es poco o ninguno.

#12

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Me temo que no, o al menos ya no lo es; Ley 20/2015, LOSSEAR para los amigos:

Artículo 95. Control de las pólizas, tarifas y documentación técnica de la actividad.

1. Las condiciones contractuales y modelos de pólizas, las tarifas de primas y las bases técnicas no estarán sujetas a autorización administrativa ni deberán ser objeto de remisión sistemática a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

No obstante, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones podrá requerir la presentación, siempre que lo entienda pertinente, de las condiciones contractuales, los modelos de pólizas, las tarifas de primas y las bases técnicas de las entidades aseguradoras, así como de los modelos de contratos, primas y cualquier otra documentación relacionada con la actividad reaseguradora, para controlar si respetan los principios actuariales, las disposiciones contenidas en esta Ley y sus normas de desarrollo y las reguladoras del contrato de seguro.

La exigencia contenida en el párrafo precedente no podrá constituir para la entidad aseguradora o reaseguradora condición previa para el ejercicio de su actividad.

2. Las entidades aseguradoras y reaseguradoras tendrán a disposición de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la documentación a que se refiere este artículo en su domicilio social.

#13

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

sta claro que me tengo que actualizar.

La Losear ni me la he leio. Mea Culpa.

#14

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Vamos que la administración cada vez quiere currar menos. En lugar de hacer una supervisión "proactiva" se queda en meramente "reactiva" ante una posible denuncia y punto.

#15

Re: Clausula extincion contrato seguro hogar

Hombre, leerse la LOSSEAR y alguna que otra cosa solo por puro gusto debe ser de las cosas que jamás se me ocurrirían, pero como ya han salido cientos de comentarios resumiendo lo mas significativo si que recordaba ese asunto, encontrar el artículo es cuestión de un momentico de googlear.

Sobre las bases técnicas y la supervisión mejor me doy mus.

Guía Básica