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Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

8 respuestas
Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca
Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca
#1

Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

Buenas noches, agradecería vuestra atención a esta consulta.
Resulta que en 2008 contraté hipoteca. Me "obligaron" a firmar una adhesión a un seguro de vida que cubre sólo fallecimiento y cuya subida anual ha supuesto pasar de 190€ a 320€ de este mes de enero pasado.
El banco siempre me ha dicho que no podía anularlo. Pero gracias a la información de otros compañeros de un portal, caí en la cuenta de que no sólo podía anularlo sino que además podía cambiarlo de compañía para ser así yo el beneficiario y mejorar las coberturas.


Tengo varias dudas. ¿Esta solicitud de adhesión es el contrato en sí mismo? No recuerdo haber firmado nada más que eso ni haber recibido nunca nada (banco popular mediador y beneficiario).
Me recomiendan enviar a la aseguradora una solicitud certificada y con acuse para que me envíen el contrato del mismo.
En caso de que lo único que constase fuese la solicitud de adhesión firmada por mí el día de la firma (con sorpresa porque me lo colaron sin previo aviso), ¿he estado cubierto durante todo este tiempo? ¿Puedo reclamar algo?
El seguro se renovó este enero pasado. ¿Podría devolverlo aún ante la no notificación de la subida de la prima durante estos últimos años?

Gracias.

#2

Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

Buenas

Estás en lo cierto , no es obligatorio y te puedes cambiar. Por pasos.

1- ¿solicitud de adhesión? en el contrato hipotecario es una clausula (a veces abusiva) en la que te comprometes a contratar la póliza con ellos y a parte firmas la "cesión de derechos". Es su obligación que te entreguen una póliza con este documento firmado.Copias para todos.

2- Si has pagado estás cubierto, si existe número de póliza.

3- No es posible reclamar ni lo no consumido ni con efecto retroactivo. Para darla de baja se debe avisar con dos meses de antelación al efecto próximo, con carta certificada a la compañía. No hace falta cesión de derechos, es más no la recomiendo.

4- Podrías reclamar si la subida es por motivos extraordinarios no firmados en póliza, o sea, la renovación anual por defecto NO. Pide los motivos de la subida ya que esta si es extraordinaria deben haberte mandado una carta alertándote e informándote del porque del aumento extraordinario. Las renovaciones anuales no están obligadas a avisarse.

Pienso que el aumento venga de un par de cosas acumuladas, el aumento de tu edad y que hayas perdido algún descuento de promoción o algo más, es una posibilidad. Si no te han enviado carta informativa, llama que te den explicaciones aunque todo apuntaría a que es una subida regular. Muy cara.

Un saludo

#3

Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

Para que te hagas una idea. ¿Esas "obligaciones" están por escrito en algún sitio, o fueron verbales?
No tienes ninguna obligación con el seguro de vida, y cesión de derechos mediante, tampoco con el seguro de incendio (no digo hogar, digo incendio, porque también lo puedes hacer por un seguro de comunidad).
Y de devolver el seguro, nada. Preaviso para cancelarlo a vencimiento, conforme a lo dispuesto en el Art. 22º de la Ley de Contrato de Seguro.
Saludos,

#4

Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

1- ¿solicitud de adhesión? en el contrato hipotecario es una clausula (a veces abusiva) en la que te comprometes a contratar la póliza con ellos y a parte firmas la "cesión de derechos". Es su obligación que te entreguen una póliza con este documento firmado.Copias para todos.

Tengo copia de dicha adhesión y del seguro de hogar con número de póliza incluida. En las escrituras no veo nada que me obligue a mantener con ellos ningún seguro (por mucho que me diga el director), pero sí veo bonificación en el diferencial por tenerlos con ellos..

2- Si has pagado estás cubierto, si existe número de póliza.

Pagado religiosamente siempre. Ningún parte ni enfermedad (vida, hogar)

3- No es posible reclamar ni lo no consumido ni con efecto retroactivo. Para darla de baja se debe avisar con dos meses de antelación al efecto próximo, con carta certificada a la compañía. No hace falta cesión de derechos, es más no la recomiendo.

Entendido. Aunque mi duda es que como ellos no avisan de la subida, imagino tendrán sus obligaciones también, yo puedo presionar de alguna manera?

4- Podrías reclamar si la subida es por motivos extraordinarios no firmados en póliza, o sea, la renovación anual por defecto NO. Pide los motivos de la subida ya que esta si es extraordinaria deben haberte mandado una carta alertándote e informándote del porque del aumento extraordinario. Las renovaciones anuales no están obligadas a avisarse.

El seguro de vida me sube a razón de 20€ anuales (de 190€ a 320€ este año desde 2008). El seguro de hogar (incendios) me sube entre 7 y 10€ al año (de 111€ a 118€ este año. En 2008 pagué 78€).
En las pólizas no veo nada sobre subidas especificado. ¿Entran estas subidas en lo normal o extraordinario?
Insisto, nunca me avisaron de subidas oficialmente.

Gracias

#5

Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

delabotaempinar escibrió:
Para que te hagas una idea. ¿Esas "obligaciones" están por escrito en algún sitio, o fueron verbales?
No tienes ninguna obligación con el seguro de vida , y cesión de derechos mediante, tampoco con el seguro de incendio (no digo hogar, digo incendio, porque también lo puedes hacer por un seguro de comunidad).

deismael responde:
Efectivamente no hay nada por escrito si no interpreto mal las escrituras, pólizas; Pone anual renovable.
Mandaré en este mes carta certificada para dar de baja los seguros contratados citados (el diferencial no me lo abonan porque dicen que la transferencia que hacía con el concepto de nómina no les valía y es requisito previo).
Haré mis cuentas para ver qué es lo que más me conviene.
Como soy totalmente neófito en estos aspectos, si hay profesionales que puedan hacerme alguna propuesta/estudio interesante, estoy abierto a sugerencias. Eso sí, hasta el año que viene no cumplen. :-)
Gracias.

#6

Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

Hola, a la subida que se refire AlfredoRoldan es la que está en las condiciones generales de la póliza "el librito" Es la subida del IPC, con aumento de capitales y en consecuencia del precio que está estipulado en la LCS 50/80 de contrato de seguro.

Claro que si no tienes la póliza entera es lógico que no lo veas. Y la subidas que describes son debidas a eso y son bastante normales. Aunque puede que encuentres algo más barato, pero no son desproporcionadas como para ser por otros motivos.

slds

#7

Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

Muchas gracias. EL asunto es que parece ser que las pólizas cubren muy poco en relación al precio que pago, todo ello según un amigo. Será cuestión de estudiar otras propuestas y decidir si continuar con ellas o no el año que viene.
Saludos.

#8

Re: Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

No es pagar un poco más. Es un seguro que el banco hace a su favor, no el adecuado a lo que tú necesitas como persona, porque no estudian tus riesgos. Y eso te puede dejar desprotegido y mal atendido. Saludos,

#9

Re: Seguros "contratados/obligados" para concesión hipoteca

También, yo hace años que no veía una póliza tan "tirillas" con tan pocas coberturas, no es normal, y si lo calculas , la cobertura te sale cara.