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Obligaciones de Eroski y Fagor

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Obligaciones de Eroski y Fagor
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Obligaciones de Eroski y Fagor
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#5729

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

esta en la pagina anterior el enlace a la audit...lei las 100 primeras hojas
echale un vistazo a la que colgo hace poco otro forero y la siguiente sobre 200 mill en prestamo a 7 años porfa
#5730

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

El acuerdo alcanzado divide el nominal de la deuda del Grupo Eroski en dos tramos. Por un lado, existe un tramo por importe aproximado de 1.003 millones de euros, con un tipo de interés de Euribor+2,5%, y por otro lado, un tramo por importe aproximado de 500 millones de euros a un tipo de interés fijo del 0,5% hasta 31 de julio de 2024. Eroski S.Coop es la deudora de ambos tramos. Del segundo de los tramos, y teniendo como una condición el cumplimiento de la amortización de diciembre 2021, un importe de 200 millones de euros devengará un 0% de interés desde la entrada en vigor de dicho tramo en diciembre de 2021, hasta su vencimiento final el 31 de julio de 2027, siendo la sociedad dependiente Cecogoico S.A. la deudora de este subtramo. Los intereses son pagaderos semestralmente.
#5731

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Asimismo, el acuerdo de refinanciación incluye las siguientes obligaciones de no hacer respecto a la distribución de intereses y resultados: - Distribuir intereses a las aportaciones sociales, o efectuar pagos o monetarizaciones a los socios de Eroski (quedando expresamente excluidos las remuneraciones de carácter laboral realizadas a los socios trabajadores y las remuneraciones a las aportaciones sociales voluntarias así como las liquidaciones a socios en el momento de la baja) - Abonar intereses a las Aportaciones Financieras Subordinadas por encima del importe mínimo que en su caso sea obligatorio según los folletos de emisión de dichas Aportaciones Financieras Subordinadas o abonarlos en efectivo cuando, conforme a las condiciones de la emisión, pudiera proceder su capitalización; en ambos casos, salvo que la Mayoría Reforzada de las Entidades Acreedoras lo autorice expresamente. De incumplir esta obligación, los Obligados deberán abonar en efectivo al Agente para su distribución entre las Entidades Financiadoras una cantidad indemnizatoria equivalente a (i) el exceso de intereses que se hubiera retribuido a las Aportaciones Financieras Subordinadas (por encima del mínimo obligatorio) o, en su caso, (ii) los intereses que se hubieran abonado en efectivo a las AFSES cuando hubiera sido posible su capitalización. A 31 de enero de 2020 la Sociedad ha cumplido con estas obligaciones.
#5732

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Préstamos y créditos bancarios no corrientes recoge principalmente un contrato de crédito subordinado firmado en enero del 2016 con varias entidades financieras y destinado a atender el pago al contado ofrecido en el canje de las AFSE. Dadas las particulares características de este crédito, entre las que se encuentran además de su carácter subordinado, su vencimiento a los 12 años y sus favorables tipos de interés, fue contabilizado por su valor razonable por un importe de 43 millones de euros (nota 16(f)). A 31 de enero de 2020 dicho crédito se encuentra registrado a coste amortizado por importe de 54 millones de euros (51 millones de euros a 31 de enero de 2019).
#5733

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Acontecimientos relevantes del ejercicio 2019 El grupo Eroski finalizó el proceso de refinanciación de su deuda bancaria en julio de 2019. Véase detalles sobre el proceso de refinanciación en nota 17. Para cumplir con las condiciones establecidas en el acuerdo marco de refinanciación, se ha producido la reorganización del Grupo, en función de su localización geográfica y tipo de actividad que contribuya a una más eficiente gestión de las distintas áreas geográficas en las que opera el Grupo.. En este sentido, durante el ejercicio 2019, se ha constituido la sociedad Cecogoico, S.A. en la que Eroski ostenta el 100% de la participación, así como la sociedad Newcobeco, S.A., dependiente directa de Cecogoico, S.A., para posteriormente realizar diferentes operaciones societarias, traspasando la mayoría de las participaciones a Newcobeco, S.A. (véase nota 8). Además, se han emitido a favor de las entidades financieras instrumentos convertibles (warrants) que, en determinados supuestos, permitan a las entidades financieras la capitalización de sus créditos derivados del contrato de financiación contra la recepción de acciones de Cecogoico, S.A. filial del Grupo y cabecera del negocio no cooperativista (véase nota 17).Asimismo, y también como cumplimiento de los acuerdos, la Sociedad ha enajenado su negocio de franquicias a la sociedad del grupo Sociedad Franquicias Eroski Contigo S.L. (véase nota 25).
#5734

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Gracias @roniet !

Leyendo estoy, cuanta info...

La probabilidad de no cobrar algún año los intereses de los ASF (capitalizarlos) es más probable que nunca o es similar a los acuerdos anteriores? Solo lo he leído una vez pero no me ha terminado de quedar del todo claro....
#5735

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Hola Zuaitz, yo creo que si la banca ve que cumple...les seguiran dejando pagarlos o eso espero
#5736

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

La posibilidad de no pagar en efectivo el cupón y pagarlo  "en especie" aumentando el nominal del bono; solo se puede dar en las Afse con Isin ES0231429038 que en el hilo conocemos como "las peores".  Este cupón se ha pagado siempre en efectivo, incluso en los peores momentos.

En las Afse con Isin ES0231429004 ("las buenas") y en las OS Isin ES0231429046 ("las mejores") el cupón se paga sí o sí; excepto situación concursal.

Es más, si no te pagasen el cupón en tus "buenas"  o en tus "mejores"; podrías ir a un juzgado de lo mercantil y solicitar tú mismo el concurso de Eroski.
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