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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

3,14K respuestas
Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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#2689

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

En la pagina de CNMV encuentras los pasos a seguir para presentarla. No es preciso un modelo oficial, pero también lo puedes ver ahí.

#2690

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Y una carta normal relatando los hechos y adjuntado copias de los documentos, en especial la respuesta previa de SAC o Defensor del Cliente de la entidad, o en caso de ausencia de respuesta, tras 2 meses de su petición copia del escrito de solicitud / reclamación.

#2691

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

¡¡Buenas tardes Petersen!! Primero, reconocer la gran labor que estás haciendo ayudando a tantas personas. Yo no tenía (ni tengo) idea de estas "historias" pero a la fuerza me "han metido" en este mundillo. Ahora tengo una curiosidad: ¿Cual es el motivo de que en el SEND las O.Convertibles de Caixabank al 6,50% cotizen más que las O.Convertibles Caixabank al 7% si las dos tienen las mismas características?
¡¡Gracias!!

#2692

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

No lo sé, tal vez Manolok o Jtorres te puedan responder, en estos de las cotizaciones es que ni me lo miro, me limito a opinar sobre esto en un plano técnico.

#2693

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

¡¡Gracias!! A ver si Manolok o Jtorres me contestan. Ya es por pura curiosidad porque debería ser al revés.... ¡¡¡pero como en esto nunca se sabe......!!!

#2694

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Para conocer las cotizaciones y su evolución uno debe estar consultando, viendo ..... y yo no lo hago, por ello no puedo darte opinión al no seguirlo.

Sin embargo no es tan extraño, si los plazos son distintos, es posible que haya mas interesados en algo que rinda a un plazo de 10 años, que otro que solo sea a 5, esto de las cotizaciones no solo tiene que ver con el tipo de interés, el plazo es también relevante, y luego otra cosa, que no si es el caso presente, es la garantía, mira hablo por hablar porque no sé cuales son las emisoras, Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona es la propietaria (accionista) de un banco y de otras empresas, el banco es Caixa Bank, S.A., esta banco forma parte del grupo financiero de La Caixa, pero si un estado o el propio Banco Central Europeo tiene que apoyar a un banco, lo hará, ello por la repercusión social que tendría la caída de una entidad financiera y sus consecuencias económicas de cara a la confianza en el sistema, sin embargo no va a apoyar de la misma forma a los accionistas de un banco (los propietarios del banco) la repercusión no es ni parecida, con lo cual si una emisión es de la propietaria del banco y la otra del banco en si, esto entiendo que también debería afectar a la percepción y valoración de los mercados.

#2695

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Hola colalla 24,

yo he recuperado el dinero de mis maravillosas preferentes gracias a la “Guía de Andar por casa” de J.torres, Manolok y W.Pertesen….. Seguí a rajatabla los pasos y las recomendaciones de estos y sobre todo de W.Petersen, que tiene una paciencia infinita y siempre está dispuesto a ayudar.

Gracias a la Guía y al foro de Rankia:

Descubrí la trampa que me habian puesto los de la Caixa

Descubrí que es un producto complejo y de alto riesgo

Me informé de cual era el código ISIN de mis preferentes, este dato es fundamental, es como el DNI de los productos complejos y de alto riesgo. Con el ISIN llegas hasta el Folleto de emisión, es donde te describen los riesgos que tienes tú como ahorrador y las prebendas que tiene la entidad siempre y en todos los casos. Los riesgos y pérdidas siempre para los pardillos (nosotros)

Descubrí el mercado AIAF y más tarde el SEND, un mercado más transparente y ágil pero para los inversores, a los ahorradores nos hizo un flaco favor porque la estrategía de la “Guía de Andar por Casa” dejó de sernos útil (por eso de la infracción del arts 37.5 y 6 del Reglamento de AIAF, “la venta a un precio inferior del valor nominal”, ). En el mercado SEND los precios se acercan tanto a la realidad que vender a un precio inferior te hace arruinarte un poquito más.

Descubrí que hay unos organismos reguladores, que dicen que protegen a los inversores y ¡¡¡¡¡¡¡faltaría más a los minoristas (nosotros)¡¡¡¡¡. Se supone que son la CNMV y el Banco de España, pero mira por donde hace mucho tiempo que hacen la vista gorda a favor de los bancos y a nosotros que nos den…….total, que no sirven para nada, -- serviles e hipócritas--.
Descubrí que hay una Directiva MIFID, ¡¡¡¡qué mira por donde por ahí me he salvado¡¡¡¡¡, entró en vigor en noviembre de 2007 y para todos los que adquirieron preferentes, deuda subordinada y demás mi*das, hay un poco más de protección. Digo un poco más de protección, porque incluso con esta Directiva han seguido engañando y parece ser que falsificando firmas y perdiendo la documentación.

Presenté la reclamación al Defensor del Cliente de las Cajas de Ahorros Catalanas, éste archivó el expediente porque la Caixa no presentó las alegaciones requeridas. Será por eso de la estadistica, así el porcentaje de reclamaciones favorables al cliente es bajísimo. Ellos siempre tienen la razón y trabajan conforme a la legalidad…..????????.

Transcurridos dos meses sin resolver el Defensor del Cliente, presenté reclamación a la CNMV y ya se encargó la Caixa de decirles que había llegado a un acuerdo con la reclamante (que soy yo)

En ese intervalo de tiempo, entre la reclamación al Defensor y a la CNMV, me ofrecieron un compromiso de devolverme el nominal invertido. Todo esto es porque no me hicieron el test MIFID, ni me entregarón el Resumen o Folleto Informativo, por lo que tampoco estaba firmado, todo esto es obligatorio desde noviembre de 2007, a mí me las endosaron en 2009.

Me entregaron por escrito el compromiso de devolverme mi dinero, pero hasta 2 meses y medio después no me lo han abonado. Tuve que reclamarlo a través de burofax a la sucursal y carta certificada al Director General, ESTA RECOMENDACIÓN FUE INFALIBLE, en 24 horas tenía el dinero en mi cuenta…., me la hizo W.Petersen aparte de otras recomendaciones.

Mucha suerte y aprovecha los sabios consejos y recomendaciones que desinteresadamente se dan por aquí, aparte de los crack antes mencionados, hay otros crack pero afectados que se están implicando al máximo, como Kajaman, Guantesdeblanco y otros muchos, yo misma seguiré colaborando en lo que pueda. Cuando descubrí lo que tenía me cayó una losa encima y gracias al foro de Rankia no decaí en ningún momento, al contrario, más rabia sentía y más fuerza para seguir luchando.

Suerte y un saludo

#2696

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Ángeles, Ángeles, Ángeles ….. vale es tu caso y relatado con todos los detalles, pero si generalizamos muchas de las afirmaciones que para ti fueron válidas, no son generalizables, lo siento, pero me voy a permitir tirarte un poco de las orejas …..

“Descubrí que hay unos organismos reguladores, que dicen que protegen a los inversores…..”

Te aseguro que he visto mas de una resolución indicando que “el banco …. Incumplió … tal y cual”, y para ello no hace falta que hagamos una investigación a todo el barrio a ver quien tiene respuestas de la CNMV o del Banco de España, basta con leerse los informes del servicio de reclamación de los reguladores, dónde hay ejemplos y datos de reclamaciones reales, y en especial cuando relatan temas de órdenes de valores, te aseguro que dejan a algunas entidades al nivel del betún, y esto por ejemplo a los que van a juicio, caso de los swaps, o inversores con temas de Lemhan o Madoff les ayuda muchísimo, a los jueces esto de que el regulador ya determine deficiencias les indica el camino, hay que entender que un juez por listo que sea, no puede entender de todo, y debe apoyarse en los técnicos ¿Quién es el técnico en estas cosas? Pues como bien sabes, los organismos reguladores.

A veces confundimos los conceptos, y disculpa Ángeles, porque una cosa es lo que se puede demostrar y otra muy distinta la percepción del afectado. Los organismos reguladores carecen de la facultad de informar sobre conversaciones, declaraciones, su cometido se basa en lo que pueden comprobar, que no los documentos, y si los mismos hubieran sido firmados sin leer, o si el cliente no entendío lo que contrataba, fiándose de las manifestaciones del comercial, pues tampoco, por mas que conozcan que la costumbre del gremio bancario es el “firme aquí”, y esto ha funcionado sin problemas relevantes durante décadas, esta facultad (contraste de declaraciones verbales) está reservada a los jueces.

“Presenté la reclamación al Defensor del Cliente de las Cajas de Ahorros Catalanas, ……” Es obvio, lo siento de nuevo, si la entidad no responde, el Defensor no puede opinar, siempre hay tres verdades, él tenía “tu verdad” pero no “su verdad”, con lo cual no puede arbitrar, mira el problema no es la opinión del árbitro en tu caso, el asunto es que la legislación o reglamentación en esto se está demostrando que está hecha con el culo, y el culo de vacaciones, la solución sería muy simple y esto es una función del Banco de España, con obligar por normativa a las entidades financieras a responder, bajo amenaza de sanciones relevantes a cualquier conflicto con sus clientes, sea a su propio servicio de atención al cliente o a los defensores, tendríamos el problema resuelto, y si por ejemplo es una reclamación de documentos, y lo se localizan, pues a responder de este modo “no los localizamos / no los tenemos”. Bajo imposiciones de sanción, se acabarían estas tonterías, piensa que la estrategia del desgaste es una mas, yo lo reconozco en la empresa cuando hay un conflicto con un cliente, que suelen ser por impagos, lo del desgaste, el obligarle a contratar abogado, es una estrategia que puede funcionar .

Deja por un momento tu indignación aparte, tu eres una empresa y sabes que por la crisis, unos productos que funcionaron durante décadas sin el menor problema, han dejado de funcionar, y calculas multitud de reclamaciones ¿Qué harás pagar a todo el mundo, si sabes que con ello tu empresa se va a la quiebra? Sabes que no, intentarás salir lo mas airoso posible, aún sabiendo que con ello perderás muchos clientes, pero es que lo otro no es perder clientes, es simplemente perder la empresa, sin empresa obviamente no hay clientes ¿cuál es el mal menor?

No estoy justificando éticamente este tipo de determinaciones, lo único que pretendo es indicar el porque, y la razón que les obliga a ellos a tomar estas actuaciones, y riesgo reputacional pasa a un segundo término.

El quid de tu cuestión es que había deficiencias legales en la comercialización, porque si los expedientes de los reclamantes están correctos, en términos globales y ante la perspectiva de mandar a la empresa al cuerno, se trata de provocar que los reclamantes demanden legalmente, porque solo con la palabra el 60 ó 70% del problema se resulelve solo, la gente no va al juzgado como al supermercado, con lo cual aunque pierdan todos los juicios, cosa que no va a ocurrir, en la globalidad supone solo pagar una pequeña parte del problema, ahora bien si un clientes ó 100 pueden demostrar deficiencias gordas y una posibilidad muy alta de perder la demanda, con estos tendrán que pactar, porque en otro caso acabarán pagando el problema mas todos los gastos suyos, y del abogado del demandante.

En tu caso alguien la cagó (y lo sabes), de otro modo te hubiera sido muy complicado conseguir el resarcimiento por la vía administrativa, probablemente te hubieras visto obligada a acudir a un juzgado, pagar a un abogado, y esperar tener el temple suficiente en la declaración ante el juez, para convencerle que los hechos que tu relatabas eran la verdad, y no el relato de tu contraparte, y esto a veces es un problema, no porque fueras a mentir, estoy convencido de que no, sin embargo los documentos hubieran estado ahí y si los hubieras firmado sin leer (por ejemplo) el juez bien podría decretar que la dejadez es del cliente, y no se pueden pedir responsabilidades al vendedor por los errores de uno, repito es un ejemplo general, no hablo de tu caso concretamente.

Finalmente, no des tanta importancia a “tus asesores” en este conflicto, nos hemos limitado, a veces sin querer a una máxima ¿verdad que la entidad hace uso de los contratos y sus clausulas o pactos? Pues porque el cliente no va a hacer lo mismo, si tu contraparte busca en que apoyarse legalmente y en los contratos, es solo cuestión de que el cliente utilice la misma estrategia, es así de simple, eso …. No le des tanta importancia, es una mera cuestión de encontrar gentes que se muevan bien con los papeles, todos tenemos nuestras virtudes, yo para montar el primer mueble del Ikea para la casa donde vive mi hija (es estudiante) precisé de un “asesor” en bricolaje, sin él te aseguro que comería al estilo japonés, sentada en el suelo sobre un cojín, … fijo….. supongo que debo parte de la salud (la espalda) de mi hija a mi “asesor” en bricolaje, un amigo desde la infancia, si, claro …. visto así …..

Saludos.-

P.D.: Me he tomado la libertad de mandarte a un afectado en una situación similar a la tuya, ello porque has comentado tu caso, creo que lo podrías ayudar mejor que nadie, disculpa por no pedirte conformidad a ello, el asunto es este:

https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1047209-que-pasara-participaciones-preferentes-caja-madrid-7-tae?page=206#respuesta_1215878 respuesta 1644

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