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Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda

20 respuestas
Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda
Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda
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#16

Re: Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda

Las tablas existen y son una referencia que utiliza la administración del estado, que en función de la valoración indicada en el IBI, se puede localizar en la web de la comunidad autonóma, la Agencia Tributara la multiplica con un coeficiente, el cual depende de cuando se hizo la revisión de los valores catastrales de una ciudad o de una zona de la misma.

Por ejemplo, tuve un tema empresarial hace poco y el coeficiente era 3,  supongo porque aquella localidad llevaba muchos años sin actualizar los valores de catastro / IBI, sin embargo, el valor por tres, da una barbaridad que no cuadra con los precios de la zona, es que ni se le parece.

Al final esto lo obtienen por medias, con lo cual en algunos casos cuadra bastante y en otros ni se le parece. Porque no tiene en cuenta la particularidades de cada finca, de hecho en disputas por herencias, los juzgados tiene ya una doctrina muy consolidada en que estos valores referenciales no son prueba de ninguna realidad, porque como media de una zona o localidad pueden ser una buena herramienta, cuando se va al detalle de cada finca concreta no es lo mismo.

En todo caso, una pericial toma en cuenta los valores de compra venta realizadas, insisto, realizadas, que tampoco tiene porque coincidir con los precios que se anuncian, supongo que se obtienen estas referencias de otras fuentes y no deben ser difíciles de obtener, porque las tasadoras hipotecarias las utilizan en sus valoraciones.
#17

Re: Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda

Y además, al final indicas:

.... Depende de la valoración que haga pagará más o menos impuestos, pero si valoro muy bajo cantará de cara a Hacienda, por ello la cliente me insiste en tenga muy en cuenta cómo lo hace Hacienda para ajustarme a su precio y así pagar menos impuestos sin dar el cante. 

Soy un convencido de que no siempre hay malas respuestas, lo más habitual son las preguntas mal planteadas, por tanto te pongo lo que a mi entender sería una pregunta adecuada:

¿Vas a prestar tu título, tus estudios y capacitación para, hablando mal "salvar el culo" a un tercero, comprometiéndote tu, llegando tal actuación a poder tipificarse como delito (*)?

No soy abogado, pero tengo algunos conocimientos legales, que formaron parte de mis estudios y cierta experiencia en ello, por mi trabajo. Tal como comenté en respuestas anteriores, no es fácil de demostrar que en un informe pericial se esté cometiendo un delito, porque parte de estos informes son opiniones técnicas, y por tanto susceptibles de diferentes criterios, ahora bien, del mismo modo indico de nuevo y detallo: 

(*) La falsedad en documento mercantil, y esto lo es, es un delito, te marco en negrita lo que afecta a personas que no sean funcionarios públicos.  

  

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

 
Artículo 390.

1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:
1) Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
2) Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
3)Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
4) Faltando a la verdad en la narración de los hechos.

2. Será castigado con las mismas penas a las señaladas en el apartado anterior el responsable de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de las conductas descritas en los números anteriores, respecto de actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil.

Artículo 391.-La autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurriere en alguna de las falsedades previstas en el artículo anterior o diere lugar a que otro las cometa, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.
Artículo 392.-El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Artículo 393.-El que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o, para perjudicar a otro, hiciere uso de un documento falso de los comprendidos en los artículos precedentes, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores.
Artículo 394.- 
1. La autoridad o funcionario público encargado de los servicios de telecomunicación que supusiere o falsificare un despacho telegráfico u otro propio de dichos servicios, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años.
2. El que, a sabiendas de su falsedad, hiciere uso del despacho falso para perjudicar a otro, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores. 

Al margen de las otras frases marcadas en negrita, remarco el 393, concretamente "presentare en juicio", ya que para "debatir" con la Agencia Tributaria (Estatal o Autonómica), una vez agotados los recursos administrativos, hay que poner un "contencioso administrativo", y esto es una demanda judicial, que es especial, porque básicamente se debaten papeles, pero sigue siendo un juicio, aunque no comparezcan testigos, y todo se haga mediante escritos !!!!

#18

Re: Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda

Gracias por las respuestas! 

Por cierto aprovecho para preguntar sobre este tema y no abrir otro hilo, sobre si hay algun centro o universidad que de curso online para aprender bien sobre tasaciones y valoraciones, así como todo lo relacionado con la seguridad y salud. Estudié Arquitectura Técnica y estoy iniciándome como autónomo, y aunque hay mucha variedad de cursos y másters online de empresa privadas o universidades creo que hay una disparidad de precios y tiempos de realización en todos ellos que seguramente no concuerde con la calidad de la enseñanza recibida. Por eso pregunto, por si ustedes tienen alguna experiencia previa, para hacer cursos online cuyas enseñanzas me permitan:

- Hacer bien tasaciones y valoraciones
- Poder redactar, firmar y hacer todo lo relacionado con la seguridad y salud (coordinador de seguridad y salud, informes, estudios, etc...)

La verdad es que me interesan muchísimo, y aunque puedo buscar multitud de cursos quisiera preguntarles primero por si tienen referencia de algún sitio bueno y de calidad que enseñe a distancia.

Saludos!
#19

Re: Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda

Hola,

Cursos, pregunta en tu colegio, eso es lo primero.

Seguridad y salud, especialización prevención de riesgos laborales, entiendo que va junto a la titulación, hasta hace unos años los jefes de bomberos eran todos arquitectos.

Saludos 
#20

Re: Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda

Hay varias universidades que tienen máster de valoración.

#21

Re: Ayuda, nuevo tasador, cómo tasar a la baja pero sin estar por debajo de Hacienda - Tasación de vivienda

Gracias, ya he valorado diversos cursos o masters y me he decidido por un curso online.

Felices fiestas para todos!