Acceder

Donación o renuncia. - herencia

16 respuestas
Donación o renuncia. - herencia
1 suscriptores
Donación o renuncia. - herencia
Página
1 / 3
#1

Donación o renuncia. - herencia

Hola buenas tardes. Mi consulta es la siguiente:

Mi madre, ya fallecida, y tres hermanos más heredaron de sus padres una casa y unos terrenos. De los cuatro hermanos que eran falleció mi madre y mi hermano y yo ya aceptamos esa cuarta parte indivisa que nos correspondía. La cuestión es que otra hermana que también falleció en 2006 no tenia hijos ni testamento, pero estaba casada y creo que su marido viudo aún no ha hecho ninguna gestión. Mi pregunta es que si fallece les corresponderá también parte de la herencia a sus sobrinos aunque la casa viniese de la herencia de sus suegros. El dice que no quiere nada que venga de parte de sus suegros y que quiere que nos lo quedemos los sobrinos de su mujer. Pero no se decide a hacer ningún trámite. Quisiera saber si lo que tendría que hacer es renunciar o donar o no hacer nada.

gracias.

#2

Re: Donación o renuncia. - herencia

Tu tío tiene derecho a su legítima de cónyuge viudo sin ascendientes ni descendientes vivos, que es el usufructo de 2/3 de la herencia de su mujer, y el otro tercio mas la nuda propiedad de esos dos corresponden a los parientes mas cercanos del fallecido, en este caso parece ser los hermanos vivos a fecha de fallecimiento por partes iguales. Ellos podrían exigir el pronunciamiento de tu tío respecto a la aceptación o renuncia de la herencia de su mujer y proceder a la adjudicación. Cuando fallezca él, los hermanos consolidarán el pleno dominio de los 2/3 y recibirán si no lo han recibido antes, el otro tercio.
Por lo tanto, esa herencia se queda en tu parte de la familia, pero no en los sobrinos sino en los tíos, y no en la suya, que sólo heredará la parte proviniente de tu tío político, su mitad de gananciales y los bienes privativos que tuviera.

Renuncie ahora o no a su usufructo, el final es el mismo.

Un saludo

#3

Re: Donación o renuncia. - herencia

He encontrado esto en otro foroO sea, que sin ascendientes y descendientes, nos queda al cónyuge viudo.
Y como no hay testamento, que podría hacer otro reparto de la herencia, debemos aplicar el artículo 944 que dice: "En defecto de ascendientes y descendientes y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente".
Total; que si hubiera hecho testamento (que no lo hay), podría haber dejado parte de su herencia a hermanos, sobrinos, primos, o a amigos o vecinos o a una ONG, o a quien quisiera, ya que no tiene herederos forzosos más que el viudo.
Pero no habiendo testamento, el único con derecho es el viudo y como verá por el artículo 944, hereda todo.

o yo me estoy haciendo un lio, o esto no es lo mismo que me dices en tu respuesta.

#4

Re: Donación o renuncia. - herencia

Tienes razón, me he confundido, una cosa es la legítima del cónyuge (que se debe respetar en un testamento), y otra es el orden en la sucesión. Efectivamente, a falta de testamento lo hereda todo el cónyuge antes de que entren los colaterales. Para que se vea la diferencia entre estar casado o no, en el primer caso lo hereda todo y en el segundo, nada.
Mil perdones.

Un saludo

#5

Re: Donación o renuncia. - herencia

Para amitambien:

No tengo formación específica ni titulación sobre abogacía, así que no te aporto más que una opinión, más o menos razonable, según veas.

Por lo que comentas, y ratifica leopol72, tu tío colateral es heredero HOY del cuarto correspondiente a tu tía consanguínea. Si NO HACE ANDA, sus herederos, en partes alícuotas, entrarían a ser propietarios de esa cuarta parte que comentas. Un buen lío que se incrementa con el número de personas que pudieran ser.

A la espera que profesionales u opiniones mejor fundadas lo aclaren, no creo que sirva la renuncia a la herencia, pues si mal no recuerdo no se puede elegir esto sí y aquello no, o sea que o aceptas todo (deudas incluidas) o no aceptas nada.
Y claro, no parece de justicia que para evitar un problema a los hermanos renuncie, por ejemplo, a la mitad de su propia vivienda que le correspondería así como dinero líquido del matrimonio, otras propiedades gananciales, etc.

Así que, salvo opinión mejor fundada, si realmente no quiere transferir a sus consanguíneos derechos sobre la propiedad que citas, quedan las siguientes opciones:
- Venta (o donación) de esa parte a uno o varios de los hermanos (o sobrinos) de tu tía. Habría que calcular qué paga menos impuestos.
- Hacer testamento a favor de uno o varios de los hermanos (o sobrinos) de tu tía en relación a esa parte de la finca que traes a colación.

No se me ocurren, en este momento, otras alternativas.

#6

Re: Donación o renuncia. - herencia

Efectivamente, queda la venta, donación, o legado en testamento. Vistos los coeficientes multiplicadores por parentesco que se aplicarían en herencia o donación, lo mejor sería una venta por el precio mínimo que marcara la Comunidad Autónoma por el inmueble según sus coeficientes. Si renunciara al total, pasarían a los sobrinos bienes que quizás no querría que pasaran, y si renuncia parcialmente o en favor de, se considera una donación con lo que estariamos en el caso de donación.

Un saludo

#7

Re: Donación o renuncia. - herencia

#8

Re: Donación o renuncia. - herencia

Finalmente hemos optado por comprar a mi tío (en vida) y entre los otros tres herederos la cuarta parte que había heredado de su mujer y a su vez de mis abuelos. Eso ha supuesto pagar los gastos de notario y el 8% del total de la operación. Con esto hemos evitado que esa cuarta parte fuese a parar a sus muchos hermanos y muchísimos sobrinos. Pero ahora tengo otra preocupación.........

Guía Básica