Confirmado (a través de un registro de la propiedad) las hipotecas hay que levantarlas mediante escritura y llevarlo al registro de la propiedad, a diferencia de los embargos que a los 4 años si no hay prorroga se pueden cancelar pidiendo una certificación de cargas de la finca.
VIGILAD con que algunos bancos/cajas lo tienen centralizado en sus oficinas de la sede social, con lo cual ellos se van al notario que les da la gana, luego dan la gestión a la gestoría con la tienen acuerdos y el cliente a pagar y a callar, esto no es así si no queremos, si que podemos entender que para el registro correcto de sus derechos hipotecarios cuando nos hacen el préstamo sea necesario el concurso de su gestoría con la tienen acuerdos, y seguro que estos les suponen una garantía de la correcta inscripción de sus derechos hipotecarios, pero una vez han cobrado, yo entiendo que NO TIENEN DERECHO ALGUNO A IMPONERNOS NI SU NOTARIO (bueno esto no es relevante, porque las tarifas notariales son iguales) NI SU GESTORIA, PODEMOS CONVOCARLES A NUESTRO NOTARIO Y ENCARGAR LA GESTIÓN A QUIEN NOS DE LA REAL GANA , INCLUSO HACER LA GESTION AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NOSOTROS MISMOS, caso que de seamos capaces de “lidiar” con papeleo de este tipo, que por cierto tampoco es tan complicado. Recomendaría que pidamos por escrito la convocatoria a la firma poniendo el notario y que no deseamos que hagan la gestión, ello para evitar malos entendidos.
VIGILAD A LA VEZ, que últimamente algunos bancos y cajas cobran por la gestión de ir notario a cancelar entre 100 y 150 euros (supongo que es una comisión para el gasto de zapatos, y los que cobran 150 casi les da para unas Sebago nuevas, que creo que están sobre los 160 o 180 euros en cualquier tienda que tengan esta marca), y esta comisión no la pueden cobrar a no ser que figure en el contrato de hipoteca, y puede que la pongan en las hipotecas de hace poco (dos o tres años) pero en hipotecas antiguas no sale por ningún lado, con lo cual atención a esto ya que aunque tengan la comisión publicada en el Banco de España si no está en la hipoteca, yo entiendo que no es aplicable, a ver si los bancarios Jexs71, Peláez o Cajero Malencarado confirman esto, o si les suena que sus entidades aplican esta “comisión zapatil”.