Re: Problemas Plan de Pensiones La Caixa
Estimado Locus,
Te adjunto abajo un extracto del Reglamento de los Planes de Pensiones (Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero):
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Artículo 11. Incompatibilidades entre aportaciones y prestaciones.
1. Con carácter general, no se podrá simultanear la condición de partícipe y la de beneficiario por una misma contingencia en un plan de pensiones o en razón de la pertenencia a varios planes de pensiones, siendo incompatible la realización de aportaciones y el cobro de prestaciones por la misma contingencia simultáneamente.
A partir del acceso a la jubilación, el partícipe podrá seguir realizando aportaciones al plan de pensiones. No obstante, una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia.
Si en el momento de acceder a la jubilación el participe continua de alta en otro régimen de la Seguridad Social por ejercicio de una segunda actividad, podrá igualmente seguir realizando aportaciones al plan de pensiones, si bien, una vez que inicie el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia. También será aplicable el mismo régimen a los partícipes que accedan a la situación de jubilación parcial.
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Así pues, si el titular no ha cobrado nunca ninguna prestación relativa a este plan de pensiones ni a ningún otro y se ha limitado solo a hacer aportaciones, puede rescatarlo cuando quiera si ya está jubilado, y el susodicho director del banco o es un inepto o actúa con mala fe. Cualquiera de las dos razones es suficiente para huir de la entidad cuando esté solucionado el embrollo.