A mi me ha llegado esta información. saludos cordiales.
ASUNTO: LEY DEL IRPF. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO NOVENA
Aquellos Propietarios Que estén Interesados en La Certificación De Las Cantidades Abonadas A La Comunidad De Propietarios Desde El 14 De Abril Al 31 De Diciembre Del 2010 deberán solicitarlo a su Administración De Fincas.
Se introduce una nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual satisfechas y ejecutadas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012. -Disposición adicional vigésimo novena de la Ley IRPF introducida por el Real Decreto Ley 6/2010 de 9 de abril-.
Esta deducción, que minora únicamente la cuota íntegra estatal, se establece para contribuyentes con base imponible inferior a 53.007,20 euros que realicen determinadas obras en su vivienda habitual o edificio.
El importe de la deducción es el 10 % de las cantidades satisfechas mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas bancarias, a las personas o entidades que realicen tales obras, con determinados límites. El pago no puede realizarse en metálico y debe conservarse factura.
La nueva deducción es incompatible, para las mismas cantidades, con la deducción por inversión en vivienda habitual.